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La venta de Nueva Rumasa no beneficiará a los acreedores

El despacho advierte que la venta del grupo se encuentra rodeada de "confusión" y plantea "muchas dudas".

La venta del grupo Nueva Rumasa por parte de la familia Ruiz-Mateos al empresario experto en quiebras Ángel del Cabo no beneficiará a los acreedores ni modifica su situación dentro de los concursos de acreedores de las distintas sociedades, según informa Iure Abogados en un comunicado.

El despacho advierte de que la venta del grupo a la sociedad Back in Business se encuentra rodeada de "confusión" y plantea "muchas dudas" jurídicas respecto al número de sociedades del grupo involucradas en la operación, así como al importe.

Respecto a las consecuencias para los acreedores, los abogados recuerdan que el grupo carece de una estructura holding con una empresa matriz de la que dependan las restantes sociedades, lo que dificulta la gestión, informa Europa Press.

Así, las sociedades implicadas que pertenezcan a otra de las mercantiles del grupo (como fue el caso de la compraventa de los pagarés de Quesería Menorquina, propiedad de Carcesa) se requerirá para su venta la autorización de la administración concursal, dando igualmente un trámite de alegaciones a los acreedores para que se pronuncien sobre la operación.

En la medida que las sociedades implicadas pertenezcan directa o indirectamente a la familia Ruiz-Mateos, o sean titularidad de sociedades que no se encuentran en procedimiento concursal, no requerirán autorización alguna, ni afectará, ni modificará las obligaciones jurídicas previamente asumidas.

Por otro lado, Iure Abogados advierte de que el comprador, Ángel del Cabo, que adquirió el Grupo Marsans a través de la sociedad Posibilitum, "acusa un largo historial de intervención en empresas en crisis, si bien, con resultados negativos para los acreedores, como es el caso de Marsans".

Además, el despacho considera que en la operación de compraventa están incluidas tanto sociedades en procedimiento concursal como empresas en funcionamiento. Éstas últimas podrían contar con activos del que el nuevo titular podrá disponer en perjuicio de los acreedores.

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