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EL DELITO NO PRESCRIBIRÁ

Hacienda perseguirá de por vida a los que oculten rentas en el exterior

El Consejo de Ministros aprueba el plan contra el fraude fiscal, que limita los pagos en efectivo a 2.500 euros.

El Plan Antifraude del Gobierno ya está en marcha. Este viernes, Cristóbal Montoro, el ministro de Hacienda, lo ha anunciado en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. La medida entrará en vigor de forma inmediata aunque también ha avanzado que otras iniciativas incluidas en el mismo texto empezarán a funcionar en 2013 porque es mejor que coincidan con el inicio de un año natural.

Los apartados más llamativos del Plan presentado por el Ejecutivo son la limitación de 2.500 euros en el pago en efectivo en las operaciones donde participen empresarios o profesionales; tanto el pagador como el receptor se enfrentan a multas del 25%; todos los contribuyentes deberán informar de las cuentas en el extranjero; y la no prescripción de estos delitos tributarios.

El ministro de Hacienda ha asegurado que los grandes objetivos de este proyecto de ley son ganar equidad tributaria y aumentar los ingresos, y ha detallado que no existe una previsión cuantitativa sobre los objetivos de ingresos del plan. "No queremos incluir cifras de ingresos que no tengan garantía para ganar en credibilidad", afirmó.

Pagos hasta 2.500 euros: afectará a las operaciones realizadas en las que intervenga una empresa o un profesional (no se aplica a las operaciones entre particulares). Serán sujetos infractores tanto el pagador como el receptor del pago, aunque quedará exento aquel que comunique el pago a la Administración en un período de tres meses.

Cuentas en el extranjero: obligación de informar sobre cuentas y valores situados en el extranjero. Lo más novedoso es que se declara la imprescriptibilidad de las rentas no declaradas. Es decir, que Hacienda se arroga la potestad de perseguir de por vida a los defraudadores. Además, el Gobierno recuerda que en el IRPF la tributación de las rentas descubiertas conllevará la aplicación de los tipos marginales (en muchos casos superiores al 50%), la liquidación de intereses de demora correspondientes a cuatro años y la exigibilidad de las sanciones tributarias correspondientes.

Amnistía fiscal: la advertencia sobre las cuentas en el extranjero, está claramente ligada a la amnistía fiscal (con una multa del 10% aprobada el pasado viernes). El Gobierno advierte a aquellos que no se acojan a su plan de regularización de que les perseguirá para siempre y con más determinación que hasta ahora. De hecho, el texto presentado por Hacienda avisa claramente de que "en muchos casos la cuantía de la cuota defraudada conllevará que el incumplimiento sea constitutivo de delito fiscal".

Autónomos y módulos: aquellos empresarios que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares y con rendimientos superiores a 50.000 euros quedan excluidos del régimen de módulos. Las actividades susceptibles de exclusión son: carpintería, fabricación de artículos de ferretería o de carpintería, confección, industria del mueble de madera, impresión de textos o imágenes, albañilería, instalaciones y montajes, revestimientos, cerrajería, fontanería, pintura, trabajos en yeso y escayola, transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanzas.

Sociedades: Hacienda también ha endurecido el régimen aplicable en esta cuestión, a través de tres medidas.

  • Sucesores de sociedades: para evitar el vaciamiento patrimonial de las sociedades que vayan a ser liquidadas, se amplía la responsabilidad de sus sucesores a las percepciones patrimoniales recibidas con anterioridad a la liquidación formal.
  • Patrimonio de los administradores: también se ha aprobado que se podrá perseguir el patrimonio personal de los administradores de sociedades que no paguen a Hacienda de modo reiterado y se considere que no existe intención real de pagar.
  • Prohibición de disponer de inmuebles: en estos momentos, existen deudores de Hacienda que tienen sus inmuebles adscritos a su sociedad. Ahora, el Gobierno ha aprobado la prohibición de disponer de estos bienes para evitar "la despatrimonialización fraudulenta producida por la transmisión de inmuebles ostentados indirectamente, a través de una sociedad controlada por el obligado tributario".

IVA en operaciones inmobiliarias (para terrenos rústicos y segundas ventas): el comprador solo podrá deducirse el IVA soportado si acredita ante Hacienda que ha ingresado el IVA repercutido.

Endurecimiento de las sanciones: la última pata del Plan de Montoro está en un endurecimiento para los defraudadores tributarios. De esta manera, se amplían las sanciones por "resistencia, obstrucción, excusa o negativa a las actuaciones inspectoras". La cuantía de esta sanción irá de los 1.000 a los 100.000 euros cuando el sujeto no desarrolle actividades económicas (es decir, sea un particular) y de 3.000 a 600.000 euros en caso de profesionales y empresas. El único alivio que prevé la norma es que permite una reducción del 50% de la sanción en caso "de rectificación de la conducta".

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