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Dar de alta a la asistenta, un infierno burocrático

Miles de empleadas del hogar permanecen sin ser dadas de alta, pese a que el plazo dado por el Gobierno acaba este domingo.

Todos los empleados del hogar españoles deberían ser legales a partir de este mismo domingo. El 30 de junio termina el plazo dado por el Gobierno para dar de alta a las asistentas, un proceso que inició el anterior Gobierno para, en palabras de José Blanco, "dignificar" a un colectivo al que la sociedad debe un reconocimiento.

Hasta ahora, existía un régimen específico en la Seguridad Social para los empleados del hogar. Lo que cambió desde el 1 de enero es que se incluye a estos trabajadores dentro del régimen general (aunque en una categoría especial del hogar). En esa fecha se inició un período transitorio de seis meses. Desde su finalización, el que no haya cumplido las nuevas obligaciones estará fuera de la ley.

El problema es que con esta regulación se introduce una relación laboral en un ámbito extraño. Miles de familias españolas tendrán que pagar cotizaciones a la Seguridad Social, dar de alta a sus empleados, rellenar impresos y avisar de los despidos por escrito y con antelación. Obligaciones que eran sólo competencia de las empresas serán a partir de este momento parte de la vida diaria de los hogares españoles. De hecho, muchos temen que el sobrecoste que imponen las cotizaciones, el miedo a las multas o el rechazo a la burocracia puedan llegar a tener el efecto contrario al buscado: es decir, que muchas familias decidan prescindir de sus empleadas domésticas precisamente por una legislación demasiado intrusiva en un sector que siempre se ha caracterizado por su extrema flexibilidad.

Régimen general – régimen especial

Aunque pueda parecer un cambio puramente administrativo, el nuevo régimen otorga mucha más protección al trabajador, al mismo tiempo que mejora sus condiciones de cotización. Para empezar, entrar a forma parte del Régimen General les garantiza que se puedan acoger a la misma legislación que el resto de los trabajadores. La normativa anterior databa de 1985 y dejaba a estas personas en un escalón intermedio, entre la economía sumergida y la plena equiparación con el resto de trabajadores.

Ahora, se pretende salvar esa distancia. Por ejemplo, en términos de bajas por enfermedad, de vacaciones o de pensiones de jubilación, las empleadas del hogar se equiparan al resto de trabajadores. En el siguiente enlace, del Ministerio de Empleo, podrán ver todas las implicaciones de esta nueva regulación. Sin embargo, más allá de las cuestiones legales (siempre muy farragosas) y del nuevo catálogo de derechos de estos trabajadores, muchas familias españolas se hacen decenas de preguntas a las que no han recibido respuesta.

¿A cuántas personas afecta?

En un sector como éste es casi imposible hacer una estimación correcta. A finales de 2011, había casi 300.000 trabajadores afiliados al régimen del hogar. Desde ese momento, algunos empleadores comenzaron a pasarse al nuevo régimen mientras que otros remoloneaban aprovechando los seis meses de transición. En mayo, aún quedaban 169.256 en el antiguo sistema y ya había 151.934 en el nuevo. Por lo tanto, se habían incorporado unas 20.000 personas que antes trabajaban al margen del sistema.

Las asociaciones de empleadas del hogar calculan que unas 700.000 personas ocupan el sector en estos momentos. Si estos cálculos son correctos, quedarían por regularizar unas 400.000 personas.

Eso sí, en el caso de que una familia tenga a una persona contratada a tiempo completo y dada de alta en el anterior régimen, aunque no haga nada, el día 1 de julio pasará a cotizar bajo el nuevo supuesto. Serán las empleadas del hogar que trabajan por horas y no se hayan regularizado las que se quedarán sin cobertura.

¿Será necesario mucho papeleo?

Demasiado. Algunos de los trámites pueden llegar a convertirse en un auténtico infierno para muchas familias. En términos prácticos, lo que se ha hecho ha sido equiparar a las asistentas con los trabajadores por cuenta ajena. Por lo tanto, su empleador pasa ahora a tener las mismas obligaciones que el departamento de Recursos Humanos de cualquier empresa: contrato por escrito con condiciones, alta en la Seguridad Social, bajas...

En estos meses, se han sucedido historias sobre los farragosos trámites exigidos para dar el alta. Sin embargo, más mal que bien, la mayoría de los que han querido dar de alta a su empleada del hogar lo ha conseguido. Lo que ocurre es que el trabajo no acaba aquí. Cualquier cambio tendrá aparejado un papeleo similar. Si el trabajador sufre una baja, si es despedido, si hay variaciones en el sueldo y la cotización... Todo esto lo tendrá que realizar cada familia y algunos de estos pasos no son nada sencillos.

¿Cuánto costará?

Hasta ahora había una cuota única de 157 euros al mes, independientemente de la jornada laboral que tuviera la empleada. Desde este momento, existe un cuadro de bases de cotización, en función del sueldo que cobre. Luego, cada empleador pagará el 18,3% de esta base y el empleado el 3,7% para un total del 22%. Eso sí, desde 2013 a 2018 el tipo de cotización subirá a un ritmo del 0,9% anual.

En resumen, cada año hasta 2018 costará un poco más tener contratada a una persona en el servicio doméstico, incluso aunque no se le suba el sueldo.

Las asistentas por horas

En realidad, este tipo de trabajadoras son las más afectadas por la reforma. Un porcentaje alto de las internas o de aquellos empleados del hogar que sólo trabajan para una familia a tiempo completo ya estaban dados de alta. No ocurría así con la persona que acudía unas pocas horas a la semana a varios hogares.

Desde ahora, cada una de esas familias tiene la obligación de darle de alta. De esta manera, un mismo trabajador puede tener 3-4 altas en la Seguridad Social, una por empleador. Lo que ocurre es que esto puede generar problemas:

  • Para empezar, el sobrecoste por la cotización. Imaginemos una persona que acude 3 horas todos los martes a un domicilio a cambio de 10 euros la hora. Si el empleador le da de alta, en teoría le costará 10*1,183 = 11,83 euros, de los que 9,63 euros irán a la asistenta, 0,37 euros irán a la cotización del empleado y 1,83 euros serán la cotización del empleador. Como decíamos antes, puede que algunas familias decidan que no pueden hacer frente a esta subida, prescindiendo así de su empleado del hogar.
  • La otra opción es cargar todo el coste en el trabajador y decirle: "Desde ahora, te pago 8 euros y el resto a la Seguridad Social". En este caso, el perjudicado sería el empleado que, posiblemente, pediría seguir en negro antes que ver cómo su sueldo efectivo se reduce.

Otra pregunta sin resolver es qué pasa con las empleadas por horas en caso de vacaciones, fiestas, etc... Está claro que para una empleada a tiempo completo, el régimen es el mismo que en una empresa convencional. Pero en el caso de una empleada por horas con 4-5 casas, la cosa no es tan sencilla. En teoría, las vacaciones no habría que pagarlas y tampoco habría que desembolsar nada por los días no trabajados (por ejemplo, si cae en festivo). Sólo hay que abonar los días y horas efectivamente trabajados. Pero el tema no está claro, incluso para algunos expertos en la materia. Puestos al habla con una oficina de la Seguridad Social, nos recomiendan que incluyamos todas las cláusulas posibles en el contrato, especificando qué pasará en cada situación, con el objetivo de cubrir el máximo posible de supuestos.

¿La policía en casa?

Ésta es la pregunta que se hacen muchos españoles desde que se supo que habría un régimen sancionador, con multas de hasta 12.000 euros. También es cierto que no será sencillo que este tipo de situaciones proliferen. Para empezar, un inspector laboral no puede acudir a un domicilio particular. Sólo si hay denuncia por parte del trabajador se pondrá en marcha la inspección de trabajo. Y en ese caso, la primera multa sería mucho más baja de esa cantidad.

Por otro lado, al empleado tampoco le interesa mucho (en teoría) enemistarse así con su jefe. Por eso, no se prevé que haya una avalancha de sanciones. Pero sí hay que recordar que el riesgo existe desde ya. Especialmente en el caso de las personas que trabajan unas horas, esto es un gran cambio. Hasta ahora no había ninguna obligación de declarar esta situación. Ahora sí y será el empleador el responsable si no lo hace.

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