Menú

El Supremo avala la limitación del cobro de primas en las centrales fotovoltaicas

Según el alto tribunal, la limitación de los años con derecho a prima, no vulnera los principios de confianza legítima y de seguridad jurídica.

El Tribunal Supremo ha avalado el real decreto aprobado en noviembre de 2010 en virtud del cual se limitó a 25 años el cobro de primas por parte de instalaciones fotovoltaicas, que, hasta la entrada en vigor de esa normativa, podían cobrar subvenciones durante toda su vida útil.

El Supremo rechaza el recurso contencioso administrativo presentado por la Asociación Nacional de Productores e Inversores de Energías Renovables contra el citado decreto.

Según el alto tribunal, la limitación de los años con derecho a prima (que tras ulteriores modificaciones se fijaron en 30), no vulnera los principios de confianza legítima y de seguridad jurídica, como aseguraban los demandantes, según recoge Efe.

Como en anteriores fallos, el Supremo entiende también que no se puede aseverar que los recortes hayan situado la rentabilidad de las plantas fotovoltaicas por debajo de la "rentabilidad razonable", en contra de lo que sostienen los productores.

Temas

0
comentarios
Acceda a los 2 comentarios guardados