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También suben Sociedades, el tabaco y cotizaciones sociales

Junto al incremento del IVA, el Consejo de Ministros aprueba una serie de medidas destinadas a aumentar la recaudación.

No sólo subirá el IVA. El incremento del Impuesto sobre el Valor Añadido ha sido la medida que más comentarios ha generado en los últimos días, desde que Mariano Rajoy la presentó en el Congreso el pasado miércoles.

Pero el Gobierno nos tenía preparada varias sorpresas. En la referencia del Consejo de Ministros de este viernes hay una serie de subidas impositivas que se añadirán a la ya pesada carga que soportan los contribuyentes españoles. No son cuantitativamente muy importantes, pero vienen a sumarse a todos los incrementos tributarios de los últimos meses. Y hay algunas que podrían tener su relevancia, como el incremento de la base máxima de cotización en cinco puntos, que hará más caros a los profesionales de ingresos medio-altos.

IVA: el tipo general pasa del 18 por 100 al 21 por 100, y el gravamen reducido, del 8 por 100 al 10 por 100. Se mantiene el tipo superreducido del 4 por 100. Algunos bienes y servicios se reclasifican y pasan al nuevo tipo general. Los cambios en el impuesto estarán vigentes desde septiembre.

Comerciantes autónomos: la modificación de los tipos del IVA implica cambios en el régimen especial de recargo de equivalencia, obligatorio para comerciantes autónomos, que venden a un cliente final. Los tipos del 1% y 4% pasan al 1,4% y 5,2%, respectivamente. Los del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca pasan del 8,5% al 10,5%, y del 10% al 12%

Impuesto de Sociedades: las empresas españolas sufrirán una serie de cambios, tanto en los tributos como en los adelantos que deben abonar a las administraciones públicas.

  • "Se limita durante 2012 y 2013 la compensación de bases imponibles negativas para entidades con una cifra de negocios superior a veinte millones de euros". Esto quiere decir que las grandes empresas que hayan conseguido beneficios no podrán compensar el pago del impuesto a costa de las pérdidas de ejercicios anteriores. El Gobierno dirá que no es una subida del impuesto, pero lo cierto es que para muchas empresas el resultado será que pagarán más Impuesto de Sociedades.
  • "Se produce un incremento transitorio de los pagos fraccionados. El importe mínimo se eleva del 8% al 12%". Esto no es exactamente una subida de impuestos pero apretará un poco más la soga sobre la liquidez y la caja de unas empresas ya asfixiadas.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: incluso en lo que tiene que ver con el IRPF ha habido un ligero cambio que, a aquellos a los que afecte, no sentará nada bien. De esta manera, se eleva temporalmente, del 15% al 21%, la retención por rendimientos de actividades profesionales y el ingreso a cuenta por rentas del trabajo derivados de impartir cursos, seminarios o conferencias, obtenidos desde el 1 de agosto de este año hasta el 31 de diciembre de 2013.

Tabaco: se introduce un tipo mínimo para cigarros y cigarritos, de 32 euros por 1.000 unidades. En el caso de los cigarrillos se eleva su fiscalidad mínima, fijando un tipo único de 119,1 euros por cada 1.000 unidades (tras la última subida, el impuesto era de 116 euros por 1.000 unidades). No obstante, se reduce el tipo proporcional. En el caso de la picadura de liar, su impuesto mínimo se eleva y queda fijado en 80 euros por kilo (desde los 75 euros).

Vivienda: en el caso de la vivienda, a la supresión de la deducción por vivienda en el IRPF, se une la retirada de varias ayudas.

  • Deducción por vivienda: en el IRPF, se suprime la deducción por compra de vivienda habitual a partir del 1 de enero de 2013 para nuevas adquisiciones.
  • Renta Básica de Emancipación: en el Consejo de Ministros del 31 de diciembre de 2011 se acordó la no renovación de la Renta Básica de Emancipación, manteniendo la cobertura a quienes ya tenían el derecho adquirido. La nueva medida a implantar supone la reducción del 30% del importe a beneficiarios que siguen teniendo reconocida la ayuda (pasa de 210 euros al mes a 147 euros).
  • Subvención de préstamos para vivienda protegida: se mantiene la cobertura para los beneficiarios que tienen reconocida la ayuda. No obstante, no entrarán nuevos beneficiarios.

Cotizaciones sociales: se asimilan los rendimientos del trabajo a efectos de cotización a la Seguridad Social con respecto al tratamiento que se les otorga en la tributación a efectos del IRPF.

  • Más multas: "se homogeneizan los recargos por retraso en el abono de cuotas a la Seguridad Social, en el tipo del 20%, con independencia de cuál sea el tiempo de retraso en el pago". Esto quiere decir que, por ejemplo, un autónomo que se retrase un día, tendrá una multa del 20% de su cuota.
  • Cotización más cara: "se incrementa la base máxima de cotización en cinco puntos porcentuales en 2013 y 2014, aumentando consecuentemente la pensión máxima un punto adicional a la variación del IPC como compensación". Esto sí podría ser importante para algunas empresas. Los trabajadores que más cobran verán incrementada en cinco puntos porcentuales su base de cotización. El coste laboral de los empleados más caros se incrementa. No es una cuestión baladí.

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