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Planes de pensiones: claves para sacar más partido a las aportaciones

Las aportaciones realizadas al plan reducen la base imponible del IRPF dentro de unos límites anuales.

Las aportaciones realizadas al plan reducen la base imponible del IRPF dentro de unos límites anuales.

Las aportaciones están pensadas para ir ahorrando de manera cómoda con el tiempo, de cara a ir forjándose un capital del que se podrá disponer en el momento de la jubilación, incapacidad o, en caso de fallecimiento, para que puedan disponer de él los beneficiarios. Tener claro qué tipo de aportaciones se pueden hacer y cómo pueden realizarse permitirá sacar más provecho a un producto de ahorro a largo plazo indispensable para el inversor más tradicional.

Una de las principales ventajas de los planes de pensiones son las ventajas fiscales. Las aportaciones realizadas al plan reducen la base imponible del IRPF dentro de unos límites anuales. Aunque ninguna gestora suele permitir que las aportaciones excedan las límites financieros, si el partícipe cuenta con varios planes de pensiones, es posible que se produzcan estos excesos.

Los excesos pueden ser retirados antes del 30 de junio del año siguiente, sin aplicación de sanción alguna. Trascurrida esa fecha, el incumplimiento de los límites financieros, es sancionable con una multa del 50% aplicado sobre el exceso.

Límites y deducciones en el IRPF

El límite general está marcado en 10.000 euros, o el 30% de los rendimientos del trabajo o actividades económicas. Para los mayores de 50 años, el límite se establece en 12.500 euros, o el 50% de los rendimientos del trabajo o actividades económicas.

En todos los casos, los cálculos de los límites se tendrán en cuenta en función de la edad, la renta, el importe deducible en concepto de gastos de la actividad profesional y también dependerá de la Comunidad Autónoma de residencia del partícipe, que podrá variar el tipo marginal variable.

El cómputo de estos límites será el conjunto para todas aquellas aportaciones que el partícipe haya realizado a todos los planes de pensiones, planes de previsión asegurado (PPA), mutualidades profesionales, así como, a planes de previsión social profesional o seguros de dependencia.

Siempre será muy positivo que se hagan aportaciones a los planes de pensiones de cara a una jubilación, por un lado, pensando en mantener un nivel de vida cuando llegue ese momento y, por otro, teniendo en cuenta el ahorro que supone el hacer estas aportaciones a la hora de liquidar el IRPF. En la práctica, este beneficio fiscal será mayor cuanto más elevado sea el nivel de renta del partícipe y el importe de la aportación realizada.

Jubilado y aportando al planes de pensiones

Existen ciertas dudas acerca de los planes de pensiones cuando el partícipe ha llegado a la edad de jubilación. Llegado el momento, siempre y cuando no se haya iniciado el cobro de la prestación por jubilación, el partícipe puede seguir realizando aportaciones a su plan de pensiones.

Aun estando jubilado, se podría seguir haciendo aportaciones y beneficiándose de la ventaja fiscal, siempre y cuando se obtengan rendimientos del trabajo o actividades económicas en el importe necesario para respetar el límite porcentual.

Lo que resultaría incompatible sería simultanear la condición de partícipes con la de beneficiarios de la jubilación en un plan de pensiones. Sería imposible estar cobrando prestaciones por la misma contingencia, a la vez que se realizan aportaciones en un plan de pensiones. Si se ha iniciado la prestación de jubilación, las futuras aportaciones se destinarán en caso de fallecimiento o dependencia del partícipe.

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