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El Supremo ordena derruir el complejo turístico de Isla de Valdecañas

La Junta de Extremadura debe asumir la demolición de este complejo.

La Junta de Extremadura debe asumir la demolición de este complejo.

El Tribunal Supremo ha confirmado este jueves la ilegalidad del complejo turístico extremeño "Marina Isla de Valdecañas" en sendos fallos que confirman la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura y ordenan la "reposición de los terrenos" a la situación anterior al proyecto.

De esta forma, el tribunal ordena, literalmente, la "reposición de los terrenos" a la situación en que estaban antes de la aprobación del proyecto y anula el decreto por el que la Junta de Extremadura autorizó el complejo turístico. Es decir, que habrá que derruir todo el complejo.

El Supremo desestima los recursos presentados por la Junta de Extremadura, la entidad Marina de Valdecañas S.A. y los ayuntamientos cacereños de El Gordo y Berrocalejo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que ya consideró ilegal el complejo turístico.

Terrenos protegidos

Los terrenos en los que se ubicó la Marina Isla de Valdecañas están incluidos en la Red Natura 2000 de protección ambiental y el Supremo señala que "cuando unos terrenos" se incluyen en un régimen de protección ambiental como el citado "resulta preceptiva su exclusión del desarrollo urbano".

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dio la razón a la Asociación para la Protección de los Recursos Naturales de Extremadura y a Ecologistas en Acción-CODA, que habían impugnado el decreto que aprobó dicho plan de interés regional.

En ese sentido destacó la falta de motivación en lo relativo a su incidencia socioeconómica y al cambio de clasificación de terrenos que son suelo no urbanizable especialmente protegido incluidos en la Red Natura 2000.

El Supremo recuerda que la jurisprudencia, puesta en relación con la normativa comunitaria europea sobre protección ambiental, establece que cuando unos terrenos están sujetos a algún régimen especial de protección sectorial resulta preceptiva su exclusión del desarrollo urbano y su clasificación como suelo no urbanizable.

El decreto impugnado fue aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el 10 de abril de 2007.

Supuso su aprobación definitiva y dio lugar a la reclasificación y ordenación de terrenos situados en el embalse de Valdepeñas, en los términos municipales de El Gordo y Berrocalejo, en la provincia de Cáceres. El destino era la construcción del Complejo Turístico, de Salud, Paisajístico y de Servicios Marina Isla de Valdecañas.

La Junta recurrirá al Constitucional

El Gobierno de Extremadura ha asegurado en un nota de prensa que estudia impugnar ante el Tribunal Constitucional la sentencia del Supremo, "con el fin de agotar todas las vías de impugnación que el ordenamiento jurídico ofrece".

El Ejecutivo extremeño informa de que la Ley del Suelo de Extremadura, que se modificó con el apoyo unánime de la Cámara regional (PP Y PSOE). Con el recurso el gobierno extremeño "pretende evitar la posible quiebra del principio de legalidad" que dicha sentencia pudiera ocasionar así como defender los intereses económicos y sociales de Extremadura.

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