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Los alquileres firmados antes de 2015 también perderán la deducción

La reforma fiscal establece "un régimen transitorio" por el que los contratos anteriores a 2015 perderán esta ventaja según vayan renovándose.

Ha pasado casi un mes desde que el Gobierno aprobara el anteproyecto de la reforma fiscal. Las líneas generales de la medida estrella de Cristóbal Montoro se centran en una bajada del IRPF y Sociedades, lo que invita a pensar que se producirá un descenso generalizado de la presión fiscal en España. Pero no todos todos los contribuyentes van a recibir la normativa de Hacienda como una buena noticia.

Entre los damnificados de Montoro se encuentran caseros e inquilinos. Ambas categorías, verán reducidas, o incluso, eliminadas, las desgravaciones en la declaración de la renta de las que hasta ahora se beneficiaban por el alquiler. Según el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, el objetivo del Gobierno con esta medida es "homogeneizar el tratamiento fiscal de la vivienda habitual entre alquiler y propiedad". Esta supresión se suma así a la de la deducción por compra de vivienda para las operaciones posteriores al 1 de enero de 2013.

Para el secretario de Estado de Hacienda el mercado del alquiler en España "ha cambiado", ya que se ha "se ha producido una mejora", por lo que se debe revertir el "tratamiento no neutral" que tiene el alquiler. Con esta normativa, el Ejecutivo da un giro a las políticas de fomento del alquiler que venía aplicando en los últimos años.

Así, a partir del 1 de enero de 2015, los propietarios de viviendas alquiladas verán disminuida la exención de tributación de sus rentas del 60% actual, al 50%. Además, mientras que hasta ahora, si tenían como arrendatario a un menor de 35 años gozaban de una exención del 100%, con la nueva normativa esa cuantía bajará también al 50%.

Los inquilinos también se quedarán sin deducciones. Según la nueva normativa, queda suprimida la deducción por alquiler de vivienda para aquellos nuevos contratos que se firmen a partir del 1 de enero de 2015. La reforma fiscal hace referencia sólo a la deducción estatal del 10,05% de lo pagado por el alquiler en el caso de las rentas inferiores a los 24.107 euros anuales, pero no hay que olvidar que cada región mantiene su autonomía para aplicar reducciones en esta materia.

Alquileres anteriores a 2014

Cuando el Gobierno anunció la reforma fiscal, los inquilinos que ya tenían su contrato de arrendamiento firmado respiraron tranquilos porque entendían que la medida no tenía carácter retroactivo. Pero una vez revisado el texto, su alegría no será tan grande. Y es que la norma establece un límite para que los que residen en una vivienda en alquiler puedan desgravárselo en su declaración de la renta. Según establece el texto de la reforma fiscal:

Se articula un régimen transitorio para los alquileres de vivienda efectuados con anterioridad a 2015 de manera que la supresión sólo afectará a nuevos alquileres.

Es en la parte del régimen transitorio para los alquileres de vivienda donde está el matiz. La intención del Gobierno es que progresivamente los antiguos inquilinos vayan perdiendo la deducción mientras van venciendo sus contratos de arrendamiento. Tal y como está redactado en el borrador de la ley:

Para los restantes contratos, se mantiene en las mismas condiciones actuales hasta el vencimiento de las prórrogas legales, con un régimen transitorio que respeta los derechos adquiridos.

Ésas las prórrogas legales dependen de los plazos de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Con la última LAU aprobada en 2013, la duración del arrendamiento será libremente pactada por ambas partes, pero la primera firma del contrato se establecerá por un periodo mínimo de tres años. Esto significa que todos los inquilinos que firmaron un contrato de arrendamiento en 2013 y que cumplan los requisitos establecidos para deducirse el alquiler, podrán hacerlo sólo hasta 2016, fecha en la cuál vence su contrato automáticamente.

"A o ser que las partes implicadas hayan establecido una cláusula específica, muy poco habitual, por la que alarguen más tiempo el contrato, el alquiler a los 3 años tiene que renovarse y los inquilinos perderían la deducción estatal por vivienda", asegura la Abogada Fiscalista, fundadora del despacho Eslawyer, Elena Serrano Morte, a Libre Mercado. Fuentes de Hacienda han confirmado a este periódico la explicación de la experta, pero han matizado que la reforma fiscal todavía está en fase de anteproyecto "por lo que el texto puede sufrir diversas modificaciones".

Si por el contrario, el alquiler se firmó antes de 2013, el contrato estaría bajo el mandato de la antigua Ley de Arrendamientos Urbanos, que establecía una prórroga obligatoria de los contratos de cinco años. En este caso, un inquilino que hubiera firmado un alquiler en el año 2012, podría mantener la deducción por vivienda hasta 2017. "Dentro de tres años perdería la deducción", añade Serrano.

"La única manera que tienen los inquilinos de alargar un poco más el derecho a acogerse a la desgravación estatal es actualizar sus contratos en 2014", recomienda la experta. "Así tendrán otros tres años más para desgravarse el alquiler", añade Serrano.

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