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Las empresas que suspendan empleos por causa mayor no pagarán cuotas sociales

Las empresas que suspendan contratos o reducir jornadas por razones de fuerza mayor no pagarán cuotas sociales.

Las empresas que, como en el caso de la central incendiada de Campofrío en Burgos, se vean obligadas a suspender contratos o reducir jornadas por razones de fuerza mayor y que tengan comprometidos planes de reactivación y de mantenimiento del empleo, podrán solicitar a la Seguridad Social una exoneración de hasta el 100% en el pago de sus cuotas. Así lo contempla el Real Decreto Ley que regula el Programa de Activación para el Empleo, aprobado este viernes por el Consejo de Ministros.

En rueda de prensa, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha concretado que esta exoneración está pensada para casos en los que se produce un suceso "catastrófico, imprevisible e inevitable", como el del incendio en la fábrica burgalesa de Campofrío. Por otro lado, esta exención tendrá una vigencia de hasta un año, prorrogable otro más en caso de que se mantengan los compromisos de reinversión y empleo. Todo ello habrá de tener el visto bueno de la Inspección de Trabajo.

Por su parte, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado que este precepto viene a cubrir un "vacío legal" que se ha puesto de manifiesto tras el suceso en Burgos. Según ha señalado Sáenz de Santamaría, se trata del "compromiso del Gobierno con quienes se comprometen a su vez con el mantenimiento de sus plantillas, que por causas de fuerza mayor son objeto de expedientes de suspensión o de reducción de jornada".

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