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Limita 10 años a los auditores

El Gobierno aprueba la Ley de Auditoría y eleva la protección al inversor

Limita a diez años el contrato por el que los auditores supervisan las cuentas de bancos, aseguradoras o cualquier empresa cotizada.

El Gobierno ha aprobado este viernes un proyecto de ley que busca aumentar la confianza en el trabajo de los auditores, así como un decreto ley que mejora la protección al inversor, especialmente en aquellos casos en los que el gestor de un fondo se considere relevante.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a estas dos medidas y ha servido también para adaptar la normativa española de solvencia financiera y confirmar el nombramiento del subdirector general de Legislación y Política Financiera, Jaime Ponce, como nuevo director general del FROB, en sustitución de Antonio Carrascosa.

En rueda de prensa, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha destacado que la nueva ley de auditoría tiene como objetivos reforzar los servicios de auditoría, aumentar su calidad e incrementar la confianza e independencia de estos profesionales, aspectos que también ha destacado el ministro de Economía, Luis de Guindos.

El proyecto de ley de auditoría, que a partir de ahora seguirá el proceso de tramitación parlamentaria, sale adelante después de que el último Consejo de Ministros de 2014 aprobara un anteproyecto que quedó pendiente del dictamen favorable del Consejo de Estado.

La principal novedad de ese texto es el límite a diez años del contrato por el que los auditores supervisan las cuentas de bancos, aseguradoras o cualquier empresa cotizada, incluidas las pequeñas que están en el MAB -el mercado alternativo bursátil-.

Un límite temporal que se aplica a otras entidades consideradas de interés público, como sociedades recíprocas, fondos de pensiones o instituciones de inversión colectiva (IIC).

Sobre estas últimas, el Gobierno ha decidido en un decreto ley que, en el caso de que el gestor de un fondo de inversión tenga la consideración de relevante, su sustitución sea comunicada a los partícipes, puesto que se considera como un cambio en la política de inversión del fondo.

De este modo los partícipes podrán desembolsar sus fondos sin pagar comisión en caso de la marcha de un gestor, algo que se produjo recientemente, tras la salida de Francisco García Paramés de Bestinver.

Pero el real decreto que modifica el vigente reglamento que regula las instituciones de inversión colectiva servirá, según De Guindos, para fomentar esta modalidad de inversión como fuente de financiación directa para las empresas y reducir de esta forma "la alta dependencia" respecto al crédito bancario.

Con esta finalidad, se permite que las IIC de inversión libre puedan invertir en facturas, préstamos y efectos comerciales de uso habitual en el ámbito mercantil, y se permite que puedan otorgar préstamos. Para estos casos se refuerza el control de riesgos y se restringe su comercialización a inversores profesionales.

Se permite la comercialización activa de IIC de inversión libre a minoristas cualificados, siempre y cuando se realice un desembolso mínimo de 100.000 euros y dejen constancia por escrito de que conocen los riesgos inherentes a la inversión.

Entre las novedades también está la incorporación de los denominados "pasaportes" para gestionar y comercializar fondos de inversión extranjeros, o el incremento de las obligaciones de información de las sociedades gestoras a la CNMV y a los inversores.
Por otro lado, la adaptación de la normativa europea de supervisión y solvencia financiera diseña el régimen de colchones de capital que van a tener que cumplir las entidades de crédito en España, ya sea porque así lo fije el Banco de España o el BCE, como supervisor del grueso de instituciones.

Adicionalmente, se establece el reparto de representantes en la comisión gestora del Fondo de Garantía de Depósitos, que hará que cada asociación tengan un número de asientos en proporción al volumen de depósitos que representen.

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