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La Audiencia Nacional archiva la causa contra Caja Duero y Caja España por las preferentes

El jeuz Velasco no aprecia indicios de delito en la actuación de los ocho exdirectivos de ambas entidades.

El jeuz Velasco no aprecia indicios de delito en la actuación de los ocho exdirectivos de ambas entidades.

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha archivado este viernes la causa donde se investigan las preferentes de Caja Duero y Caja España al considerar que no se ha podido acreditar a lo largo de la instrucción que los ex directivos de dichas entidades idearan un plan para ocultar a través de las preferentes la verdadera situación financiera de las entidades.

El procedimiento se inició a raíz de una querella que presentó la Unidad de Consumidores de Castilla y León (UCE) contra las cúpulas de ambas entidades.

En la causa se encontraban imputados Santos Llamas y Julio Fermoso, ex presidentes de Caja España y Caja Duero, así como a los ex directores generales de ambas, Javier Ajenjo y Lucas Hernández, los ex directores financieros Antonio Fernández y Arturo Jiménez, junto con los ex directores comerciales de ambas entidades.

Todos ellos estaban acusados en la querella de delitos de estafa, publicidad engañosa, administración fraudulenta o desleal y maquinación para alterar el precio de las cosas.

Velasco ha adoptado este viernes esta decisión a instancias del fiscal Anticorrupción Conrado Saiz que solicitó el pasado martes el archivo provisional del procedimiento, tal y como adelantó Libertad Digital.

En el auto, el instructor sostiene que "del análisis de la documental aportada a la causa y las declaraciones a los imputados los pasados días 22 y 24 de octubre de este año, se desprende que la querella construye imputaciones basadas sobre inexactitudes que deben conllevar al archivo de esta causa".

El juez añade que tras haber recabado los dictámenes del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores "no aparece debidamente justificada la perpetración de los delitos que han dado motivo a la formación de esta causa en lo que se refiere a actuaciones bancarias entendidas como sistémicas que podría haber afectado al conjunto de la economía nacional generando un perjuicio patrimonial a una generalidad de personas".

Contra este auto cabe interponer recurso ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el plazo de tres días.

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