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Cuatro preguntas clave sobre las tarjetas 'black'

Ni los auditores ni Hacienda detectaron irregularidades en las cuentas de Caja Madrid. La defensa culpa a la contabilidad de la entidad.

Ni los auditores ni Hacienda detectaron irregularidades en las cuentas de Caja Madrid. La defensa culpa a la contabilidad de la entidad.

Todos sabían que existían, pero ahora se asombran de su existencia. Nadie dijo nada durante quince años, pero ahora es un escándalo. No tuvieron ninguna influencia en la quiebra de Bankia, pero todo el mundo lo asocia a la salida a Bolsa, las preferentes o el rescate. Las tarjetas black son corrosivas. Si se hiciera una encuesta sobre qué caso de corrupción ejemplifica mejor lo ocurrido en estos años, éste sería uno de los más nombrados. Pero ¿cuál era la realidad de estas tarjetas?

Este jueves, en Libre Mercado, explicábamos qué eran exactamente estas tarjetas, cuándo fueron creadas y cómo se contabilizaban en las cuentas de Caja Madrid. Como apuntamos, hablamos de las VISA que usaron los consejeros no ejecutivos de esta entidad antes del nacimiento de Bankia. Esto es importante porque el propio banco ha diferenciado claramente entre unas y otras, tanto a efectos de su uso como en lo que tiene que ver con la posible responsabilidad de los implicados.

A partir de aquí, la clave está en saber si eran legales, si se habían comunicado a Hacienda, si auditores y organismos de control eran conscientes de su existencia y si su contabilidad (tanto en lo que tiene que ver con la entidad como con los usuarios) era la correcta. Para analizarlo, nos ceñiremos al informe pericial que la defensa de los acusados ha aportado al juicio y que está firmado por Jesús F. Santos Peñalver, auditor-censor jurado y catedrático de Economía Financiera y Contabilidad de la Universidad de Castilla-La Mancha.

¿Parte de la remuneración?

La pregunta que todo el mundo se hace es si eran parte de la remuneración y en concepto de qué eran cobradas. Como explicamos el jueves, a los consejeros no ejecutivos se les entregaba una tarjeta y se les informaba de que podían hacer uso de la misma hasta el límite marcado por el presidente de la entidad. Y estaban incluidas en la contabilidad oficial de la caja.

La cuestión es si estaban incluidas en el resumen dedicado a las remuneraciones de los consejeros. Esto no está tan claro. El informe pericial analiza las memorias de 2003 y 2004, las cuentas anuales 2003-11, los informes anuales de gobierno corporativo en esos mismos años y un informe específico que re realizó en 2011 sobre remuneraciones de los miembros del Consejo de Administración y comisionados de la Comisión de Control de Caja Madrid.

El perito informa de que en estos documentos aparecen las remuneraciones de los consejeros divididas "en concepto de dietas por asistencia, sueldos y por otros conceptos". ¿Estaban incluidas aquí las que conocemos como black? Pues con la información disponible, el experto dice que no es posible saberlo.

Esto no quiere decir que el dinero fuera negro (como puede dar a entender el nombre) o que se estuviera sacando de forma oculta de la caja. Como veremos a continuación, la cuenta era conocida por auditores, organismos reguladores e, incluso, Hacienda. Lo que no está claro es si se contabilizó bien y de quién fue la responsabilidad en el caso de una respuesta negativa. Ésta es la opinión del perito:

La formulación de las Cuentas Anuales corresponde al Consejo de Administración, a partir de la información disponible, es decir, de la información que les ha sido facilitada por los responsables de confeccionar la contabilidad, bajo presunción de veracidad, en el formato establecido por la normativa contable. Como es obvio, no son los consejeros quienes confeccionan la contabilidad ni los datos, sino los servicios contables, que son quienes poseen toda la información original y detallada.

Según se desprende de la documentación analizada, los consejeros dieron por válida en todo momento la información contable que recibieron, puesto que no consta que hubieran tenido conocimiento de ningún informe de los órganos de control interno o de los auditores externos que pudiera hacerles pensar que la información contenida en las cuentas anuales y, entre ella, la de sus remuneraciones, pudiera estar incompleta, o no reflejar la realidad o no estar ajustada a la normativa aplicable.

¿Fiscalizadas?

Una de las cosas que más sorprende de este caso es que pudiera darse ese supuesto fraude en una caja de ahorros. Las entidades financieras (y más las cajas) estaban entre las compañías más controladas de España. Otra cosa es si la gestión era ineficiente y se dieron créditos a quien no debía tenerlos (provocando el ulterior agujero en el balance) o si las remuneraciones eran excesivas. Pero no hablamos de eso, sino de la posibilidad de llevar a cabo un fraude masivo, que ocupaba a decenas de personas, durante más de una década, sin que nadie dijera nada al respecto. El perito lo duda.

- Auditores: como explica el experto, "la contabilidad de Caja Madrid fue auditada, durante 24 años (1988-2012), mediante revisión y verificación por parte de los auditores externos, los cuales deberían haber detectado la existencia de irregularidades, en el caso de que hubiesen existido (…) y no me consta la existencia de ningún informe de recomendación, ni salvedad alguna, elaborado por la auditoría externa sobre las consecuencias económicas de las operaciones realizadas con las tarjetas".

- Bankia: "No hay constancia de que Bankia pusiera ninguna objeción a lo reflejado en la contabilidad de Caja Madrid, y en el Impuesto sobre Sociedades de esos ejercicios, en relación con la cuenta 6192.02 [la que recogía los gastos de las tarjetas]".

- Banco de España (BdE): "Tampoco consta en los documentos analizados, que, en alguna ocasión y en el ejercicio de sus funciones, los servicios de Inspección del Banco de España, al revisar la contabilidad de Caja Madrid, hubieran puesto de manifiesto alguna salvedad o irregularidad sobre los cargos registrados y justificantes acreditativos empleados en la cuenta contable 6192.02 ‘Gastos Órganos de Gobierno Mayo 88’, en algún informe, recomendación o advertencia".

- Agencia Tributaria: "La subcuenta contable ‘6192.02’ estaba en el libro Mayor, en los balances de sumas y saldos de la contabilidad de Caja Madrid, y fue sometida a revisión por parte de la Inspección de Hacienda, por lo que se puede aseverar que no pudo ser objeto de ocultación ni ante la auditoría interna, ni la externa, ni ante las autoridades competentes, ni públicas ni privadas. La cuenta 6192.02 ‘Gastos Órganos de Gobierno Mayo 88’ era una cuenta transparente, cuyo título identificaba su contenido y fue sometida de manera efectiva y real a inspección y supervisión".

En relación con Hacienda, el perito aporta una información que añade aún más claridad. La inspección general de la Agencia Tributaria realizó una inspección respecto de los ejercicios 2004-06 en relación a los conceptos deducidos en materia de Impuesto de Sociedades. Según el acta de dicha inspección, la cuenta 6192.02 "Gastos Órganos de Gobierno Mayo 88" fue analizada específicamente. Y la Agencia Tributaria "aceptó la deducibilidad de esta cuenta en el Impuesto sobre Sociedades, salvo las cantidades reseñadas en las actas, sin que conste en la documentación examinada que se iniciaran actuaciones frente a los consejeros no ejecutivos por una posible incorrecta consideración en sus declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de las remuneraciones percibidas de Caja Madrid por medio de las tarjetas de crédito".

Es decir, Hacienda sabía que existía esa cuenta, la analizó, hizo los correspondientes apuntes en lo que respecta al Impuesto de Sociedades y no hizo ningún añadido que se refiriese al posible uso indebido por parte de los consejeros.

¿De las 'black' a la quiebra?

Las black y la quiebra de Bankia van unidas. Se asocian las tarjetas de los consejeros y el agujero en el balance o la salida a Bolsa. De todos los equívocos, éste es el más extraño, no sólo porque las cantidades afectadas por las black suponen una parte mínima del desequilibrio del balance de Bankia, sino porque (al menos en el caso del que hablamos aquí, los consejeros no ejecutivos de Caja Madrid) los hechos fueron anteriores a la fusión de las cajas y no tuvieron ningún impacto en la misma.

Simplificando un poco las cosas, podríamos decir que cuando las siete cajas se fusionaron pasaron a la entidad resultante sus activos y pasivos. Se valoraron unos y otros y a cada una de las siete cajas (las fundaciones que eran propietarias de las mismas) se le dio una participación en la nueva sociedad. La cuenta 6192.02 no era ni de pasivo ni de activo (era una cuenta de gasto) y por tanto no se segregó con la sociedad. Por eso, el perito recuerda que "las operaciones realizadas con las tarjetas no fueron satisfechas ni por BFA ni por Bankia, como también confirma el informe de auditoría interna de Bankia, de 25 de junio de 2014".

Podría decirse que si alguien se debería sentir agraviado es la Fundación Caja Madrid, entidad sucesora de Caja Madrid. Pero no hubo ningún tipo de quebranto, ni grande ni pequeño, para Bankia. En julio de 2015, El País publicaba el artículo Un informe de Bankia desinfla el caso 'tarjetas black'. En aquel momento, el periódico explicaba que "un total de 65 de los 85 consejeros y directivos imputados por uso indebido de las denominadas tarjetas black, con las que gastaron 15,25 millones entre 2003 y 2012, no perjudicaron a Bankia, según sostiene la entidad en un escrito dirigido al juez Fernando Andreu, instructor de la causa. El banco solo reclama 250.000 euros gastados desde que se creó. La Fundación Caja Madrid sería la perjudicada por el uso fraudulento del resto del dinero, pero no está personada en el juicio".

Todo ello es confirmado en el informe del perito: "Sólo se segregaron activos y pasivos (como balances de segregación, se contemplaron los de las siete Cajas al 31 de diciembre de 2010, con las excepciones ya expuestas), y no fueron objeto de segregación las cuentas de ingresos y gastos de años anteriores. Por tratarse de una segregación exclusivamente de activos y pasivos, no se incluyó ninguna cuenta de ingresos, y tampoco ninguna cuenta de gastos".

¿Alguien pagó impuestos por esta remuneración?

Ésta es la pregunta más complicada de responder y la que puede generar más problemas a los implicados. Como decíamos anteriormente, el principal problema con las black es que no está nada claro si los gastos incurridos se contabilizaron como remuneraciones de los consejeros y pagaron IRPF.

En las cuentas anuales y en los informes sobre remuneraciones sólo había la referencia genérica de la que hablábamos antes, que no desglosaba todos los conceptos. El perito confirma que "en la documentación analizada no hay información suficiente que permita comprobar si en los datos facilitados en el informe anual de remuneraciones de 2011 estaban incorporados todos los importes y conceptos remunerativos, es decir, si se incluían, o no, la totalidad de las dietas de asistencia, el importe anual de las disposiciones de la remuneración satisfecha por medio de las tarjetas de crédito corporativas de los 'consejeros no ejecutivos' y pagos por seguros".

Aquí entramos en terreno pantanoso. ¿Quién era el responsable de declarar las remuneraciones? Pues en teoría cada uno de los consejeros, pero tampoco se lo pusieron fácil desde la entidad. Como explicábamos antes, lo que ocurrió, según el perito, fue que "los consejeros dieron por válida en todo momento la información contable que recibieron, puesto que no consta que hubieran tenido conocimiento de ningún informe de los órganos de control interno o de los auditores externos que pudiera hacerles pensar que la información contenida en las cuentas anuales y, entre ella, la de sus remuneraciones, pudiera estar incompleta, o no reflejar la realidad o no estar ajustada a la normativa aplicable".

Vamos, que les dieron una tarjeta para gastos discrecionales (una práctica muy habitual en el sector), les dijeron que Hacienda estaba al corriente y luego al final del año les informaron de cuáles habían sido sus ingresos por su trabajo como consejeros y sus retenciones de IRPF. Y nadie comprobó si lo gastado con las famosas VISA también estaba incluido en ese desglose, ni si se había pagado el impuesto correspondiente. A partir de ahí, que cada uno saque sus conclusiones o piense qué habría hecho en el lugar de estos consejeros.

El lunes comienza el juicio y será el tribunal el que tendrá que decidir hasta dónde llega su responsabilidad, si fue culpa suya o de los directivos que crearon aquel esquema de remuneración y si hay algún perjudicado más allá de la Fundación Caja Madrid.

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