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El Gobierno quiere prohibir en 2018 las bolsas de plástico gratis en los comercios

Los comerciantes tendrán que cobrar desde un mínimo de 5 céntimos hasta un máximo de 30 en función del tipo de bolsa. 

Los comerciantes tendrán que cobrar desde un mínimo de 5 céntimos hasta un máximo de 30 en función del tipo de bolsa. 
Tendrán que cobrar entre 5 y 30 céntimos | Europa Press

El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) quiere adelantar al 1 de enero de 2018 la prohibición de que los comercios distribuyan bolsas gratuitamente. Además, incrementará el precio que algunos comercios ya cobran para aquellos consumidores que las solicitan. Así consta en un proyecto de Real Decreto que prepara este departamento para adaptar una directiva europea sobre reducción del consumo de consumo de bolsas de plástico ligeras.

El documento puede consultarse públicamente en la página web del MAPAMA desde el pasado 23 de diciembre, cuando lo abrió a participación pública, un proceso que finalizó el pasado 23 de enero.

Según la directiva europea, los Estados miembros deberán adoptar, al menos, una de las siguientes medidas: a) la adopción de medidas que garanticen que el nivel de consumo anual no supera las 90 bolsas de plástico ligeras por persona a más tardar el 31 de diciembre de 2019, y 40 bolsas de plástico ligeras por persona a más tardar el 31 de diciembre de 2025, o un objetivo equivalente expresado en peso; b) la adopción de instrumentos que garanticen que, a más tardar el 31 de diciembre de 2018, no se entreguen gratuitamente bolsas de plástico ligeras en los puntos de venta de mercancías o productos, a menos que se apliquen instrumentos igualmente eficaces.

El proyecto de Real Decreto recoge que a partir del 1 de enero de 2018, queda prohibida la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos. Asimismo, establece que los comerciantes cobrarán una cantidad (desde un mínimo de 5 céntimos hasta un máximo de 30 en función de las características y usos), por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor.

En todo caso, quedan excluidas de esta prohibición, y podrán entregarse de manera gratuita las bolsas de plástico muy ligeras que sean necesarias por razones de higiene o que se utilicen como envase primario para contener alimentos a granel a efectos de prevenir el desperdicio alimentario.

Además, el texto recoge que también a partir del 1 de enero de 2018, queda prohibida la comercialización de bolsas de plástico ligeras oxodegradables. El texto también recoge que las medidas contenidas en este real decreto no podrán generar un incremento del gasto público.

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