Este proceso tiene su origen en enero de 1988, cuando la sociedad Urbanor vendió los terrenos de Plaza Castilla, de Madrid, al grupo kuwaití KIO, operación de la que salieron beneficiados algunos de los accionistas. En concreto, las acusaciones argumentaban que los Albertos --que participaban en Urbanor a título personal y a través de Construcciones y Contratas (la actual FCC)-- y la sociedad Horwitz, engañaron al resto de los accionistas para obtener una contrapartida mayor.
En concreto, por la venta de los terrenos cobraron por metro cuadrado 230.000 pesetas, mientras que los querellantes sólo percibieron 150.000 pesetas. En el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 24 de noviembre, el fiscal solicitó a la Sala que se condenara a los cuatro imputados por falsedad en documento mercantil para cometer apropiación indebida. Finalmente el Tribunal, tal y como solicitaron las defensas, ha decidido declarar la prescripción de los delitos y la absolución de los dos principales acusados, Alberto Cortina y Alberto Alcocer, mientras que a los representantes de Horwitz les ha absuelto también por entender que no participaron directamente en la operación.
La absolución de los Albertos --que actualmente presiden el Banco Zaragozano-- también se extendería a la constructora FCC, que en este proceso figuraba como responsable civil subsidiaria. Los financieros basaron su petición de prescripción en el hecho de que la primera actuación judicial en esta causa se produjo más de cinco años después de la venta de los terrenos.
Los Albertos explicaron en el juicio que obtuvieron una mayor contraprestación por sus acciones en Urbanor porque cobraron en acciones del Banco Central, que estaban "muy sobrevaloradas", mientras que los socios minoritarios recibieron dinero en efectivo.
Además, alegaron que en las sociedades no existe obligación de que todos los accionistas vendan al mismo precio.
Las acusaciones intentaron durante todo el juicio demostrar que los "Albertos" ocultaron los detalles de la operación a los socios minoritarios, mientras que las acusaciones sostuvieron que los aspectos de la venta que les concernían fueron públicos en todo momento y que, incluso, aparecieron en los medios de comunicación.
La sentencia también absuelve a Rafael Montes y Alvaro Alvarez, que actuaron como representantes de la sociedad Horwitz, otro de los accionistas de Urbanor que salieron beneficiados de la venta de estos terrenos al grupo kuwaiti KIO, por entender que no "fueron autores de los delitos que se juzgan en este caso".

CASO URBANOR
Absuelven a los "Albertos” por considerar que el delito ha prescrito
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a los financieros Alberto Cortina y Alberto Alcocer de un delito de apropiación indebida en la venta de los solares de las llamadas Torres Kio, de Madrid, por considerarlo prescrito, declarando, además, que los costes del proceso se pagarán de oficio. No obstante, la Audiencia considera probado que el "engaño" de los financieros a los socios minoritarios les provocó un "perjuicio económico notable" en la venta de los terrenos, ya que ellos cobraron un precio muy superior al que percibió el resto.
-Lea aquí la sentencia completa (PDF)
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