L. D. / EP.-
El Real Decreto, que entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), regula tanto las particularidades a que debe someterse la contratación de servicios en la fase previa a la adjudicación (licitación, ámbito de aplicación, objeto, características especiales del contrato), como aspectos relativos a la ejecución (calidad, dirección del contrato, adaptaciones de seguridad) y al pago del precio. Así, se aplicarán las reducciones por incumplimiento que proceda en cada caso.
La Dirección General del Patrimonio del Estado, a la vista de la evolución del mercado de telecomunicaciones, elevará al Ministro de Hacienda una propuesta de declaración de contratación centralizada de determinados servicios. Asimismo, cada Ministerio elaborará un Plan Director de Telecomunicaciones que integre a todos los organismos del Departamento.
Esta plan se inscribe en el marco de las actuaciones del Gobierno encaminadas a adaptar las compras de la Administración General del Estado y sus organismos a la nueva situación generada como consecuencia de la liberalización en mercados como el eléctrico, las telecomunicaciones o los combustibles.
La Dirección General del Patrimonio del Estado, a la vista de la evolución del mercado de telecomunicaciones, elevará al Ministro de Hacienda una propuesta de declaración de contratación centralizada de determinados servicios. Asimismo, cada Ministerio elaborará un Plan Director de Telecomunicaciones que integre a todos los organismos del Departamento.
Esta plan se inscribe en el marco de las actuaciones del Gobierno encaminadas a adaptar las compras de la Administración General del Estado y sus organismos a la nueva situación generada como consecuencia de la liberalización en mercados como el eléctrico, las telecomunicaciones o los combustibles.