L D (Agencias) El juicio se reanudará el próximo 9 de septiembre con el interrogatorio de los tres acusados que han quedado en el procedimiento tras la fase de cuestiones previas: el ex vicepresidente de Torras Javier de la Rosa, el ex consejero delegado del Grupo, Jorge Núñez Lasso de la Vega, y el diplomático Manuel Prado y Colón de Carvajal, quienes, según el fiscal, sustrajeron 1.900 millones de pesetas (11.419.229 euros) del Grupo Torras en su propio beneficio.
El abogado Folchi y los ex empleados de Torras José María Sot, Soler y Parker, apartados este miércoles del procedimiento, sólo eran acusados por la acusación particular, en nombre del Grupo Torras, pero no por el fiscal Anticorrupción Salvador Viada. Este último pide 10 años de cárcel para De la Rosa y Núñez por delitos de falsedad y apropiación indebida, y cuatro años y dos meses por el segundo de los delitos para Manuel Prado. Por su parte, Torras reclama nueve años de prisión para De la Rosa, Núñez y Prado. La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia, encargada de juzgar el caso, ha rechazado la prescripción de los delitos en el caso de estos tres últimos acusados, al considerar que el plazo prescriptivo es de cinco años, y no transcurrieron entre la comisión de los hechos, en 1992, y un escrito del fiscal, de 18 de noviembre de 1996, que dirigía la acción penal contra los tres.
La Sala entiende que ese escrito del fiscal constituyó una auténtica ampliación de la querella inicial del "caso KIO", y la fecha de su presentación fue el momento en que debe considerarse interrumpido el cómputo del plazo de prescripción, aunque los imputados no declarasen en el Juzgado hasta después. Respecto a la petición de varias defensas, incluida la de De la Rosa, para que se reunificasen todas las piezas separadas del “caso KIO”, el tribunal afirma que la división de la causa no tiene por qué suponer un perjuicio para los acusados, ya que la Ley prevé la acumulación de penas en condenas por hechos conexos. Además, entiende que reunificar el caso retrasaría el procedimiento.
El abogado Folchi y los ex empleados de Torras José María Sot, Soler y Parker, apartados este miércoles del procedimiento, sólo eran acusados por la acusación particular, en nombre del Grupo Torras, pero no por el fiscal Anticorrupción Salvador Viada. Este último pide 10 años de cárcel para De la Rosa y Núñez por delitos de falsedad y apropiación indebida, y cuatro años y dos meses por el segundo de los delitos para Manuel Prado. Por su parte, Torras reclama nueve años de prisión para De la Rosa, Núñez y Prado. La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia, encargada de juzgar el caso, ha rechazado la prescripción de los delitos en el caso de estos tres últimos acusados, al considerar que el plazo prescriptivo es de cinco años, y no transcurrieron entre la comisión de los hechos, en 1992, y un escrito del fiscal, de 18 de noviembre de 1996, que dirigía la acción penal contra los tres.
La Sala entiende que ese escrito del fiscal constituyó una auténtica ampliación de la querella inicial del "caso KIO", y la fecha de su presentación fue el momento en que debe considerarse interrumpido el cómputo del plazo de prescripción, aunque los imputados no declarasen en el Juzgado hasta después. Respecto a la petición de varias defensas, incluida la de De la Rosa, para que se reunificasen todas las piezas separadas del “caso KIO”, el tribunal afirma que la división de la causa no tiene por qué suponer un perjuicio para los acusados, ya que la Ley prevé la acumulación de penas en condenas por hechos conexos. Además, entiende que reunificar el caso retrasaría el procedimiento.