L D (EFE) Así figura en las enmiendas presentadas por el PP a la Ley de Medidas de Reforma del Sistema Financiero, más conocida por Ley Financiera y que se encuentra en debate en el Senado, en concreto en la nueva redacción que se hace del artículo 46 de proyecto, que hace referencia a la organización y funciones del organismo supervisor. Según la nueva redacción, que cambia la del artículo 18 de la Ley del Mercado de Valores de 1988, la constitución del Comité Ejecutivo es competencia del Consejo, el encargado de regir la Comisión.
El Comité Ejecutivo tendrá como misiones el preparar y estudiar los asuntos que vayan a ser sometidos al Consejo, estudiar, informar y deliberar sobre los asuntos que someta a consideración el presidente y coordinar las actuaciones de los diferentes órganos directivos de CNMV, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al máximo responsable.
También serán atribuciones del Comité Ejecutivo aprobar, en la esfera del derecho privado, las adquisiciones patrimoniales de la Comisión y disponer de sus bienes, además de resolver las autorizaciones administrativas que hayan sido atribuidas por delegación del Consejo y ejercer aquellas facultades que el Consejo le delegue. El Consejo Ejecutivo estará compuesto por el presidente, el vicepresidente y los consejeros, además de por el secretario, que no tendrá voz ni voto, y el secretario del Consejo.
El Comité Ejecutivo tendrá como misiones el preparar y estudiar los asuntos que vayan a ser sometidos al Consejo, estudiar, informar y deliberar sobre los asuntos que someta a consideración el presidente y coordinar las actuaciones de los diferentes órganos directivos de CNMV, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al máximo responsable.
También serán atribuciones del Comité Ejecutivo aprobar, en la esfera del derecho privado, las adquisiciones patrimoniales de la Comisión y disponer de sus bienes, además de resolver las autorizaciones administrativas que hayan sido atribuidas por delegación del Consejo y ejercer aquellas facultades que el Consejo le delegue. El Consejo Ejecutivo estará compuesto por el presidente, el vicepresidente y los consejeros, además de por el secretario, que no tendrá voz ni voto, y el secretario del Consejo.