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Manuel Llamas

El inicio del fin de las cajas

Si la caja se convierte en fundación, cediendo el control mayoritario al capital privado (banco), el panorama cambiaría por completo, ya que facilitaría enormemente la captación de fondos.

El hecho de que La Caixa se limite a señalar que está "abierta a todas las posibilidades" que ofrece la nueva Ley de Cajas bien podría marcar el antes y el después que realmente precisa el sistema financiero español. Y es que, con esta declaración se deja una puerta abierta a la privatización total de la entidad, saltando así una espita que hasta ahora permanecía cerrada.

Cuando PP y PSOE acordaron el pasado verano la reforma de la Ley de Órganos Rectores de Cajas de Ahorro (LORCA), la mayoría de analistas y medios de comunicación centraron su atención en las grandes líneas básicas que contenía la norma, tales como la posibilidad de emitir cuotas participativas de hasta el 50% del capital con "derechos políticos" similares a las acciones de una compañía privada, la posibilidad de integrarse en un Sistema Institucional de Protección (SIP) para facilitar la financiación en los mercados o la tan manida profesionalización de las directivas.

Sin duda, medidas todas ellas relevantes en comparación con la regulación de cajas de ahorro existente hasta entonces. Sin embargo, muy pocos destacaron el cambio más trascendental y revolucionario contenido en la reforma: la privatización total de las cajas.

La Ley permite a las cajas optar entre un abanico de cuatro figuras jurídicas, según convenga o decida cada una, con el fin de adaptarse del mejor modo posible a la crisis financiera que azota a España. Las citadas vías son: mantenerse como caja de ahorros; integrarse en un Sistema Institucional de Protección (SIP) que, en realidad, no es otra cosa que una unión de cajas; ceder su negocio financiero a un banco, pero manteniendo su condición de caja (conservando el 50% del capital); y, finalmente, transformarse en fundación.

Esta última opción es, precisamente, la que permite la privatización total de la entidad. En ese caso, la caja (que ya no sería tal) cedería todo su negocio financiero a un banco en el que participa de forma minoritaria (menos del 50% del capital). Y, según la ley, al perder el control mayoritario, la entidad estaría obligada a convertirse en una mera fundación dedicada exclusivamente a obras sociales, sin posibilidad de gestionar tan siquiera su cartera industrial.

Así pues, transformarse en fundación permite la privatización total de las cajas y su reconversión en bancos, ya que el capital privado pasaría a controlar la entidad. Hasta ahora, la necesaria reestructuración financiera se ha iniciado mediante la fusión de cajas y configuración de SIPs, de modo que el número de entidades pasará de 45 a 18. Sin embargo, esta primera ronda no ha solventado el principal problema de las cajas: la acumulación y concentración de créditos inmobiliarios de alto riesgo que, en muchos casos, nunca serán devueltos. La cuestión es que las cajas precisan captar nuevo capital para tapar tales agujeros o bien fortalecer sus balances de cara a las nuevas exigencias que impone Basilea III.

El ejercicio resultará imposible para muchas de ellas si se empeñan en mantener su estatus de caja de ahorros o SIP ya que, en tal caso, el control de la entidad seguirá en manos de los políticos, lo cual desincentivará la entrada de nuevos inversores mediante la emisión de cuotas participativas. Pero si la caja se convierte en fundación, cediendo el control mayoritario al capital privado (banco), el panorama cambiaría por completo, ya que facilitaría enormemente la captación de fondos. La primera caja que opte por esta vía no sólo sentará un valioso precedente sino que, muy posiblemente, saldrá fortalecida de la crisis, marcando de paso el camino correcto al resto.

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