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El Banco de España estudia elevar las provisiones por pisos embargados

Planea exigir a partir de este año unas provisiones máximas del 40% para sufragar eventuales pérdidas derivadas de la adjudicación de inmuebles.

El Banco de España planea exigir a la banca a partir de este año unas provisiones máximas del 40% para sufragar eventuales pérdidas derivadas de la adjudicación de inmuebles que permanezcan en balance más de tres años, lo que supondría sumar un 10% a la cobertura que exigía hasta ahora.

Así figura en el proyecto de la entidad presidida por Miguel Ángel Fernández Ordóñez para modificar la circular 4/2004 de 22 de diciembre sobre normas de información financiera y adaptarla a la reforma financiera aprobada por el Gobierno.

En concreto, se mantienen las provisiones del 20% y del 30% que actualmente exige el Banco de España para activos inmobiliarios adjudicados que permanecen en balance durante 12 meses y 24 meses, respectivamente. La novedad será que las entidades deberán cubrir el 40% de eventuales pérdidas de aquellos adjudicados que no han podido dar salida en tres años.

El supervisor pretende determinar el deterioro "mínimo" posterior de los inmuebles que han recibido como consecuencia del impago de créditos, y esgrime que la antigüedad supone un indicio "inequívoco" de esta pérdida de valor.

Además, la nueva circular eleva al 50%, tal y como recoge el decreto ley aprobado por el Gobierno, las provisiones necesarias para las viviendas adjudicadas que no eran residencia habitual de los prestatarios y que acumulen más de tres años en el balance de la entidad.

El Banco de España ha remitido esta propuesta a la Asociación Española de la Banca (AEB) y a la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA) para que las entidades que lo estimen oportuno remitan a través de estas asociaciones sus comentarios sobre la nueva normativa que se pretende implantar.

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