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La privatización de Canal Sur exigiría modificar el Estatuto de Autonomía

Al contrario que las otras 16 comunidades autónomas, Andalucía tiene blindado el carácter público de Canal Sur.

Los estatutos de las comunidades autónomas establecen, sin excepciones, la competencia de los gobiernos regionales para la gestión de las licencias audiovisuales incluyendo la posibilidad de crear y mantener uno o varios medios de titularidad pública. No se trata de un mandato obligatorio, sino de la atribución de esa competencia para ejercerla en el caso de que el gobierno regional decida tener una televisión oficial, cosa que ocurre en todas las comunidades autónomas excepto Cantabria, Navarra y La Rioja, que hasta el momento no cuentan con emisoras autonómicas de televisión.

Andalucía sin embargo presenta una particularidad, por cuanto la existencia de una corporación pública de medios audiovisuales, que han de ser gestionada de forma directa por el gobierno autonómico, no es una opción del ejecutivo sino un mandato establecido así en el vigente estatuto de autonomía.

En concreto, el artículo 210 del vigente Estatuto de Autonomía de Andalucía establece expresamente que "el servicio y la gestión de la radiotelevisión de Andalucía tienen carácter público y se prestarán mediante gestión directa". Y para que no quede ninguna duda, el apartado final de ese mismo artículo insiste nuevamente de forma expresa en que "la Junta de Andalucía gestionará directamente un servicio de radiotelevisión pública".

Así pues, el cambio de modelo de gestión de los tres canales de televisión autonómicos propiedad de la Junta (Canal Sur 1, Canal Sur 2 y Canal Sur HD), en cumplimiento de lo establecido en el Proyecto de Ley elaborado por el Gobierno que otorga vía libre a la privatización o cierre de las televisiones autonómicas, implicaría la modificación de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Modificación legal que, tratándose de una Ley Orgánica, tendría que pasar los correspondientes trámites parlamentarios tanto en la asamblea regional andaluza como en las Cortes Generales.

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