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Dar de alta a la asistenta, un infierno burocrático

Miles de empleadas del hogar permanecen sin ser dadas de alta, pese a que el plazo dado por el Gobierno acaba este domingo.

feko1 dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 14:25:

Para las que ya estuvieran dadas de alta no ha cambiado tanto la cosa. Y la obligacion de dar de alta es la misma ahora que hace tres o siete años.

El plazo del 1 de enero al 30 de junio es para convertir las altas ya existentes al nuevo sistema, y es un sólo impreso, nada difícil de rellenar. La no dada de alta está igual de fuera de la ley ahora, que la semana que viene, que el año pasado.

Otra cosa es lo que me parezca personalmente la norma, y si va a ayudar a meter más gente en el sistema o la va a sacar. Pero no se me ahoguen en un vaso de agua con que si es un "infierno burocrático", por favor.

asomar dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 14:17:

Las que harán negocio son las empresas de servicios. Pides los servicios de una persona para que haga las tareas domésticas que antes hacia la propia y no tienes más que preocuparte de pagarle a la empresa contratada, ella se encarga de mandarte a la persona adecuada a tu solicitud. Y encima sin tener que pagar Seguridad Social, vacaciones, días libres, pagas extras o que se ponga enferma, porque en este caso seria la empresa de servicios quien te mandara a otra persona a reemplazarla. Las que pierden son muchas mujeres que no podan trabajar, tal como lo estaban haciendo hasta ahora. Y si no que se declaren como autónomas, aunque eso no les interesará por no salur rentable.

Tolena dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 13:53:

La mia no vuelve mas a partir de mañana.Lo siento por ella,pero si yo como autonomo no tengo quien me pague bajas y vacaciones,ella tampoco.Que le de las gracias al listo que se le ocurrió la idea.Venia una mañana a la semana cuatro horas y se llevaba 50 euros.Los dos contentos.Ahora tendré que hacerlo yo y ella al paro.

samuro dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 13:24:

Pues yo tengo mis dudas sobre y la inspección de trabajo puede o no entrar en un domicilio. Veamos, si la empleada del hogar está trabajando....¿eso qué es, un centro de trabajo o un domicilio? Porque si es lo primero la inspección podría entrar y caso de negativa, levantar la correspondiente sanción al empleador. Si es lo segundo, evidentemente que no. Seguro que alguien que sabe mucho más que yo se acabará pronunciando al respecto. En cuanto a las empleadas del hogar, la norma es poco práctica, invita al fraude (tanto por empleador como por empleado) y omite que hablamos de personas de baja cualificación profesional que difícilmente podrían obtener ingresos de otra forma, con sueldos estandarizados (muy apropiado eso de los 10.-€ la hora) que se van a ver incrementados exponencialmente y el hecho notorio de que la función de limpiadora del hogar es perfectamente prescindible (siempre que uno decida ponerse a planchar y pasar la mopa) de forma que lo que parece un lujo acabe por desaparecer y quedar acotado a casos de necesidad (personas mayores, familias numerosas, etc...). El afán recaudatorio del estado volverá a generar que las listas del paro aumenten hasta extremos insoportables.

anbifa dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 13:11:

Intentaban con esto dar naturalidad de empresas a unidades familiares. Esto es una cagada que echará a la calle y sin ingresos a multitud de asistentas que solo trabajan ocho horas a la semana en un hogar. El problema otra vez para un gobierno que sin comerlo ni beberlo tiene que apechugar con ello.

Rafa_Alb dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 12:54:

No está claro. Una persona que presta servicios en una vivienda es una autónoma. Darse de alta en el régimen de autónomos cuesta un mínimo de 254€ al mes, ¿a partir de qué cantidad es obligatorio darse de alta en autónomos?


El Decreto 2530/1970 de 20 de agosto, por el que se regula el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos, en su capítulo II, indica que siempre que se realice una actividad por cuenta propia es obligatorio estar incluido en el régimen especial de trabajadores autónomos, independientemente de la duración del trabajo; se entiende por trabajador autónomo o por cuenta propia a las personas que realizan de forma habitual, personal y directa, una actividad lucrativa sin hallarse sujeto a un contrato de trabajo (artículo 2)

La habitualidad no es confundible con la periodicidad, sino que el trabajo personal y directo debe ser cotidianamente la principal actividad productiva que el trabajador desempeñe (STS de 21 de diciembre de 1987)

El Tribunal Supremo, en Sentencias de 29 de octubre de 1997, 17 de Junio de 2002 y 23 de septiembre de 2002, ha considerado como indicador de habitualidad el hecho de superar el umbral del SMI en el año natural. Según lo expuesto, no hay habitualidad cuando no se percibe una remuneración superior al Salario Mínimo Interprofesional, por lo que todas las personas que no alcancen ese umbral NO ESTÁN OBLIGADAS A DARSE DE ALTA EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (RETA)

Otra cuestión sería facturar los servicios prestados sin estar dado de alta, lo que se puede hacer mediante otras fórmulas, como emplear sociedades mercantiles o cumplimentar los formularios de Hacienda que hay a tal efecto (036, 037, es posible darse de alta en Hacienda para pagar y deducir el IVA por los servicios prestados sin estar dado de alta como autónomo)

En definitiva, no está clara la normativa, ni que se pueda sancionar al empleador ni al empleado

celestin dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 12:36:

Los socialistas hasta el ultimo momento dejan las cagadas al PP, toda esa burocracia odiosa hace que tengamos mas de 5 millones de parados.
Les encanta enmerdar todo lo que tocan.Hasta las empleadas del hogar
estan atrapadas.Y pensar que volveran a votarlos.Asco de país.

jflp dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 12:00:

Buen artículo.
Respecto al último párrafo, una pequeña acotación.
Obviametne no pueden entrar los inspectores de trabajo en una casa a sancionar, pero el problema se puede producir si hay un accidente de trabajo. La asistenta se lesiona, vienen los servicios de emergencia y certifican que estaba trabajando. Antes no era importante, pero ahora con la quiebra de la sanidad, en el Hospital dirán que pague la Mutua correspondiente... no hay Mutua... y al final el coste de la atención sanitaria recaerá sobre el contratante y terminará por entrar Inspección de Trabajo por falta de alta.

CostaDor dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 11:49:

El modelo de Estado marxista es el que ha promovido la social-democracia en toda Europa desde el fin de la Segunda Guerra Mundial.

Ahora Papá Estado se ocupa de todo y se sitúa en el centro de la vida del Hombre (aunque muchos no lo queramos).

Me sabe mal por las miles de mujeres que perderán los únicos ingresos -que no renta- que podían tener cada mes para poder sobrevivir.

Demóstenes, desde la Costa Dorada (Reino de España).

Montesin dijo el día 29 de Junio de 2012 a las 11:45:

Para rellenar impresos, gestionar documentos, informar de las mejores opciones y aclarar dudas legales DE SIEMPRE ha habido gestorías, asesorías, consultorías y un larguisimo etc.

No sé porqué actualmente parece que el "hagalo usted mismo" es casi obligatorio.... Por mi parte, veo muy a menudo a personas que tienen que dejar sus ocupaciones, desplazarse a 40 o 50 km para informarse (no todos vivimos en capitales), volver al día siguiente con documentos, justificantes y firmas para finalmente gastarse en horas improductivas y viajes más del doble o triple de lo que le hubiera costado ir a un despacho profesional y ahorrarse quebraderos de cabeza.

Y hombre....YO NO TENGO asistenta en casa porque no puedo permitirmelo económicamente, así que hacer el papeleo de la asistenta por 60 o 70 euros no creo que sea un descalabro al que puede permitirse tener una empleada de hogar....vamos, digo yo.

Y encima después...lamentaciones. Que si me llegó una paralela porque hice mal la Renta, que si calculé mal las horas de la asistenta y me han levantado un acta, que si el seguro que hice por teléfono ahora no me cubre mi problema, que si el piso que compré puenteando a la agencia inmobiliaria ahora resulta que tiene cargas ocultas.... Y ahí SÍ. Ahí queremos que la asesoría nos obre un "milagro" y remedie lo irremediable...

Spain...es asina, que vamos a hacer.