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Mas sancionará a quienes muevan sus depósitos fuera de Cataluña

Tras crear una nueva tasa sobre los depósitos, la Generalidad multará la "deslocalización" de estos ahorros hacia otras regiones.

Tras crear una nueva tasa sobre los depósitos, la Generalidad multará la "deslocalización" de estos ahorros hacia otras regiones.

El decreto ley que aprobó el martes la Generalidad para crear un nueva tasa sobre los depósitos bancarios prevé sanciones "por deslocalización de depósitos" y deducciones vinculadas al arraigo de las diferentes entidades financieras con Cataluña.

Según este decreto, que consta de doce artículos, el impuesto se aplicará a los depósitos a la vista y a plazo captados en Cataluña por entidades financieras cuya sede está en esta comunidad o que tienen oficinas en este territorio. Si una entidad financiera ha captado depósitos por valor de 150 millones de euros en Cataluña, se le aplicará un gravamen del 0,3%; de esta cantidad, hasta los 600 millones, se aplicará el tipo del 0,4%, y de los 600 millones en adelante el gravamen será del 0,5%.

Según el texto, son las entidades financieras las que tendrán que abonar esta tasa. En concreto, las cajas o bancos que "capten, en el ámbito territorial de Cataluña, ya sea por medio de su sede central o de sus sucursales y oficinas situadas en el referido ámbito territorial, fondos de terceros con obligación de restituirlos [depósitos]". De hecho, la Generalidad prohíbe de forma explícita que las entidades repercutan el pago de esta tasa a terceros, es decir, a los depositantes. Algo que, sin embargo, es casi imposible de evitar en la práctica, según los expertos, ya que basta con que la entidad eleve sus comisiones para trasladar este nuevo coste a sus clientes.

Para evitar fuga de depósitos

La medida es casi idéntica al impuesto aprobado previamente por Andalucía, Extremadura y Canarias, con una salvedad, la relativa al régimen sancionador. Y es que, una de las medidas más sorprendentes del decreto catalán se refiere a las sanciones. La norma establece que se considerará "infracción muy grave la deslocalización de depósitos que, provenientes de oficinas situadas en el territorio de Cataluña, se contabilicen en oficinas situadas fuera de dicho territorio".

Según fuentes de la Generalidad consultadas por Libre Mercado, esto significa que las entidades serán castigadas en caso de que capten y constituyan depósitos en Cataluña y los trasladen a oficinas situadas fuera de dicha autonomía. Es decir, la norma sanciona el mero traspaso de depósitos desde Cataluña a otros territorios, lo cual supondría limitar la libre circulación de capitales dentro del país. En principio, un futuro reglamento detallará el funcionamiento de esta disposición.

"La sanción tributaria correspondiente a la infracción por deslocalización de depósitos será igual al 50 por 100 de la cuota dejada de ingresar por este concepto", aclara el texto del real decreto aprobado el martes. "En caso de reincidencia, la sanción podrá llegar al100 por 100 de la cuota dejada de ingresar", añade.

Deducciones por arraigo

Asimismo, habrá deducciones de la cuota resultante en 200.000 euros para aquellas entidades de crédito cuya sede esté en Cataluña, y de 5.000 euros por cada sucursal u oficina que tengan en Cataluña, una cantidad que será de 5.500 euros si éstas están situadas en municipios con un padrón inferior a 2.000 habitantes.

Además, también habrá deducciones por aquellos créditos, préstamos e inversiones destinados a finalidades de interés social, utilidad pública y, en general, promoción económica en Cataluña, o bien por aquellos fondos invertidos en Cataluña por la obra social de las diferentes entidades.

La 'jugada' de Mas

Aunque la Generalidad prevé recaudar unos 500 millones de euros al año con esta nueva tasa, lo cierto es que difícilmente podrá aplicarla, ya que Hacienda anunció la semana pasada la creación de una tasa estatal sobre los depósitos (en principio, a tipo cero) para anular la de las CCAA, y evitar así la fragmentación del mercado bancario.

El Tribunal Constitucional (TC) dictaminó recientemente que las CCAA tenían potestad para crear este tipo de tributos propios. Ante este fallo, el Gobierno anunció que implantaría una tasa a nivel nacional, ya que la ley impide a dos administraciones gravar el mismo hecho imponible. Pero la Generalidad se ha adelantado a su aprobación, aun sabiendo que no podrá aplicar su propio impuesto.

El motivo es que, de este modo, la Generalidad podrá reclamar posteriormente al Estado una compensación -como sucede en el euro por receta- por los 500 millones de euros al año que estimaba ingresar, al igual que sucederá en el caso de Andalucía, Extremadura y Canarias. Es decir, aprovechando la ley sobre financiación autonómica, Artur Mas crea este impuesto, pero no lo aplicará, para captar dinero extra del Estado.

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