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Nuevo "Código de Buenas Prácticas"

El Gobierno limitará el sueldo de los grandes directivos

La reforma del Gobierno Corporativo pretende cambiar por ley la política de retribución de los directivos y consejeros de las empresas cotizadas.

Hasta ahora, el Ministerio de Economía ha puesto coto a la retribución que percibían las cúpulas directivas de las entidades financieras nacionalizadas y el sector público empresarial. Asimismo, Hacienda prevé reducir el sueldo de los cargos electos de la Administración Local para eliminar ciertos excesos, como el hecho de que un alcalde cobre más que un ministro o el presidente del Gobierno.

Sin embargo, el Ejecutivo de Mariano Rajoy parece no contentarse con introducir ciertos límites a los salarios que se perciben en el ámbito público, ya que también pretende extenderlos al sector privado. Al menos, éste es uno de los principales objetivos del nuevo Código de Buenas Prácticas que incluye el Programa Nacional de Reformas 2013-2016 aprobado en el Consejo de Ministros del pasado viernes.

El ministro de Economía, Luis de Guindos, ya avanzó el pasado año que vigilaría de cerca los beneficios y remuneraciones de las grandes empresas del Ibex. De hecho, pidió a estas compañías que moderaran los sueldos de sus altos directivos y consejos de administración para que, de alguna forma, compartieran "la carga de los ajustes". El pasado marzo, limitó a 12 años el cargo de los consejeros independientes en las cotizadas y, en esta misma línea, Hacienda incluso ha barajado la posibilidad de penalizar fiscalmente los blindajes de los altos directivos.

Pero el Gobierno quiere ir más allá, pasando de las meras recomendaciones a la imposición legal. Según el Plan de Reformas, se impulsará "inmediatamente la constitución de una Comisión de expertos" para que elabore un estudio sobre los mejores estándares internacionales de Gobierno Corporativo con el fin de aplicarlos en España "en el plazo de un año".

Entre otros objetivos, dicha reforma pretende potenciar el papel que juegan los accionistas para fijar la retribución de los órganos de gestión y alta dirección de las empresas cotizadas, de modo que "puedan participar activamente en el ajuste de las retribuciones al desempeño profesional y la óptima evolución de las sociedades".

En concreto, según el texto, "no se perderá de vista que la función de los administradores tiene por finalidad el incremento del valor de la compañía y la adecuada retribución del accionista, ya sea por vía del dividendo o del aumento de valor de su inversión". Por tanto, "las retribuciones de los administradores deberán quedar supeditadas al logro de estos objetivos". Asimismo, "se analizará especialmente la relación existente entre retribuciones fijas y variables y la correlación de éstas con el beneficio real de la empresa". Por último, la nueva norma tendrá en cuenta la diferencia que existe entre los sueldos de los directivos y los trabajadores para influir o determinar la política de retribuciones.

Es decir, el Ejecutivo pretende limitar, directamente, los sueldos directivos de las grandes empresas, como si éstos no dependieran ya de sus accionistas, traspasando así una vez más la línea que delimita lo público de lo privado. Y es que, el Gobierno no descarta "introducir medidas adicionales de obligado cumplimiento" en este ámbito, advierte el citado Plan de Reformas, siguiendo las directrices que marquen la UE y la OCDE.

En este sentido, cabe recordar que la Comisión Europea presentará este año una propuesta para limitar el salario de los directivos en las empresas cotizadas, reforzando el papel de los accionistas en la política de remuneración, de forma muy similar a lo que plantea Economía en su reforma del Gobierno Corporativo. Por otro lado, la nueva norma también incidirá en los siguientes aspectos:

- Se estudiarán nuevos mecanismos para que los trabajadores reciban información relevante sobre la gestión de la empresa, y sean tenidos en cuenta en las decisiones que les afecten especialmente.

- Se reforzarán los mecanismos de exigencia de responsabilidad de los administradores, en caso de actuaciones dolosas o negligentes que perjudiquen a la empresa, a sus acreedores, a sus socios o a los trabajadores.

- Se analizarán con detalle los distintos mecanismos por virtud de los cuales los administradores pueden influir en las juntas de socios (apoderamientos, participaciones mayoritarias, etc.) con el fin de introducir reglas que eviten conflictos de interés y que amparen las legítimas expectativas de los socios minoritarios.

- Se hará especial hincapié en asegurar que la información suministrada en todo momento por los administradores a los socios y a los mercados sea veraz y comprensible y se delimitará el papel de los auditores para coadyuvar a tal fin.

- Se perfeccionarán y ampliarán las recomendaciones del actual Código Unificado de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas, haciendo especial hincapié en la supervisión y en la calidad de la información que otorgan las sociedades sobre su nivel de cumplimiento.

Por último, el Ejecutivo también estudia la posibilidad de elaborar un "Código de Buenas Prácticas" para las empresas no cotizadas (incluyendo pymes), que representan más del 75% del PIB y del empleo en España, y propone introducir nuevos cambios en la gestión de las entidades financieras (más allá de las nacionalizadas).

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