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¿Qué se puede hacer con el Impuesto de Sociedades?

Cristóbal Montoro habló el lunes de bajar tipos. La Comisión Lagares ha propuesto eliminar deducciones. ¿Hay más opciones?

Cristóbal Montoro no tuvo el lunes su mejor día. Al menos en lo que hace referencia a la comunicación. El ministro de Hacienda aprovechó un encuentro organizado por PwC y la Asociación para el Progreso de la Dirección para anunciar novedades en materia fiscal. Habló de cambios en el IRPF y de impuestos negativos para madres trabajadoras. Luego tuvo que desdecirse, más o menos, y reconocer que era "un anuncio, no anuncio".

Todo el ruido que se generó alrededor de esta cuestión ocultó otra novedad al menos igual de importante. Montoro habló, no por primera vez pero sí de manera más concreta, de "bajar el tipo" del Impuestos de Sociedades. En la línea sugerida por los expertos de la Comisión Lagares, el ministro insinuó que podría haber una rebaja, a cambio de la eliminación de deducciones, bonificaciones o exenciones. Eso sí, no dio más detalles.

El Impuesto de Sociedades es, probablemente, el más desconocido de los tres grandes tributos estatales (IRPF, IVA, IS). En la prensa, casi siempre que se cita es para hablar de una compañía que paga un porcentaje ínfimo de los beneficios, gracias a sus filiales en paraísos fiscales, o de las diferencias en la tributación efectiva entre las pymes y las multinacionales.

Y sin embargo, las empresas, grandes y pequeñas, siempre recuerdan que España es uno de los países con los tipos más elevados de Europa, lo que no ayuda nada al sector privado a generar riqueza.

En Libre Mercado nos hemos puesto en contacto con algunos de los más reconocidos expertos en fiscalidad de España. Y les hemos hecho tres preguntas (las mismas a todos) sobre cómo reformarían este impuesto. Éstas son sus respuestas.

Las preguntas

  1. Tras ver la propuesta de la Comisión Lagares y escuchar al ministro Montoro, la reforma del Impuesto sobre Sociedades parece que irá en la dirección de reducir los tipos a cambio de eliminar las deducciones, ¿Qué le parece la propuesta? ¿Hasta dónde bajaría usted los tipos?
  2. Se habla mucho de eliminar deducciones, exenciones o bonificaciones. ¿Qué beneficios fiscales cree usted que se pueden quitar¿ ¿Cuáles no tocaría? ¿Es peligroso cambiar estas reglas de juego en este momento?
  3. ¿Qué otras medidas fiscales en el ámbito empresarial tomaría para incentivar la creación de riqueza?

Ignacio Ruiz-Jarabo

Presidente de la Asociación del Club del Asesor (ADECLA) y exdirector de la Agencia Tributaria.

1. Empecemos por señalar que la propuesta enunciada es compatible con dos escenarios distintos. Un primer escenario en el que la bajada de tipos fuera (en términos de recaudación) equivalente a la eliminación de deducciones, es decir, manteniendo constante la recaudación del impuesto. Es evidente que, con ello, unas sociedades pasarían a pagar menos (las que no acceden a las deducciones) y otras pagarían más (las que actualmente sí lo hacen).

Además de lo anterior, este escenario propicia tres comentarios: 1º) En términos globales no habría rebaja fiscal, lo que sería negativo (se perdería una oportunidad para incentivar la actividad empresarial; 2º) se renunciaría a la disposición de los incentivos fiscales eliminados, lo que también sería negativo (se perdería el instrumento para favorecer, por ejemplo, la inversión en I+D); y 3º) la comprobación del impuesto por la Inspección Tributaria sería menos conflictiva, lo que sería positivo (habría menos margen para la subjetividad que aplican los inspectores para rechazar las deducciones aplicadas por las sociedades).

Un segundo escenario en el que las dos medidas propuestas (descenso de tipos, eliminación deducciones) no anulen sus efectos, sino que la recaudación aumente o disminuya respecto a la actual. Evidentemente, sería negativo lo primero (el aumento) y positivo lo segundo (la disminución). No obstante, si desaparecieran todas las deducciones, la neutralidad recaudatoria se conseguiría estableciendo como tipo del Impuesto el actual tipo efectivo.

Parece que no van por ahí las intenciones de los decisores. En definitiva, con independencia de otros aspectos (unos mejores y otros peores), mucho me temo que la Hacienda Pública pretende sacar tajada con lo anunciado.

2. En mi opinión, la economía española tiene determinados retos concretos, respecto a los que sería una pena perder los incentivos fiscales como instrumento para favorecer su consecución. Veamos.

¿Puede negarse que España necesite perentoriamente crear empleo o dedicar más recursos a la Investigación? Pues es evidente que unas deducciones bien diseñadas pueden ayudar a ambos retos.

Respecto al cambio de las reglas, no es lo malo que éstas cambien, sino que lo hagan constantemente. Lo de peor de una política fiscal es el Stop and go (ahora paro, luego arranco, después vuelvo a parar, posteriormente vuelvo a arrancar).

Hace apenas dos años que, por poner un ejemplo, el Gobierno prometió un tratamiento fiscal más favorable para las reinversiones empresariales de beneficios. Ahora, proyecta eliminar dicha deducción (anuncio que arranco, aviso que paro).

3. De entrada, iniciaría un proceso serio e intenso de desfiscalización (parcial) del trabajo. Pensemos que los impuestos sobre el alcohol persiguen que se beba menos, que la imposición sobre el tabaco aspira a que se fume menos, que los tributos ecológicos pretenden que se contamine menos ¿Queremos acaso que con la actual sobreimposición sobre las rentas del trabajo, haya menos empleo? Pues si no es ese el objetivo (que no debe serlo), debemos bajar la fiscalidad que las grava, hacerlo cuanto antes y, desde luego, en una medida mayor que la parece proyectarse.

En segundo término, anularía todas las subidas de impuestos realizadas por el Gobierno Rajoy (todas) y, a continuación, aplicaría disminuciones adicionales en todas las figuras impositivas (en todas). Es lo que se nos prometió y, sobre todo y especialmente, es lo que necesita la economía española.

Por último, abordaría la otra reforma fiscal, la que afecta a la manera en la que se exigen los impuestos. Sucede que la creciente agresividad empleada por la Agencia Tributaria, unida a la presunción de veracidad que legalmente tienen las actas de inspección (de ahí la ejecutividad de sus liquidaciones) constituye una auténtica espada de Damocles para el pequeño empresario. En ADECLA nuestros asociados (3.500) lo ven a diario con sus clientes.

Pues bien. ¿Tiene sentido que siga concediéndose la presunción de veracidad a las actas de Inspección que son recurridas? Pensemos que en el 50% de los casos, la citada veracidad acaba siendo desmentida por los propios órganos del Ministerio de Hacienda (Tribunales Económicos Administrativos). A su vez, las que no son desmentidas por éstos lo son, después, en buena parte por los Tribunales de Justicia. Es decir, cuando hay litigio entre Agencia Tributaria y contribuyente, se presume veracidad a lo mantenido por aquélla, aunque en la mayoría de los casos la razón acaba estando de parte del contribuyente.

Ante dicho panorama, una de dos: o la Inspección ejerce con más responsabilidad sus potestades, o debe desaparecer la presunción de veracidad de sus actas. ADECLA ya le ha hecho partícipe del problema al Ministro de Hacienda, pero estamos meditando la posibilidad de aportarle un informe detallado sobre la cuestión.

José Félix Sanz

Catedrático de Economía Aplicada por la Universidad Complutense de Madrid. Coordinador del informe de FAES Una reforma fiscal para el crecimiento y el empleo.

1. Como filosofía general, creo que es correcta. Sustituir deducciones, bonificaciones y exenciones a cambio de una reducción significativa del tipo del impuesto creo que es una medida correcta. ¿Qué deducciones deberían eliminarse? Pues todas aquellas que se demuestren ineficaces para el objetivo para el que fueron creadas. Podrían ser todas. Y esto nos podría llevar a reducciones de tipos muy importantes. Quizás en un primer momento nos podríamos situar en el 20% y luego en la banda del 15-20%, en función de cómo evolucione la recaudación.

Los márgenes de distorsión del impuesto de sociedades son muy variados. La actuación de una empresa está afectada por distintos factores. Por ejemplo, a la ubicación geográfica le afecta fundamentalmente el tipo medio; a los proyectos de inversión les afecta sobre todo el tipo marginal; y las multinacionales, que tienen la posibilidad de transferir beneficios, toman esa decisión en función del tipo nominal. Todo esto es muy importante. Por eso es fundamental intentar bajar el tipo nominal lo máximo posible, porque también tiene consecuencias sobre el medio y el marginal. Ganaríamos competitividad en los tres frentes.

2. Cualquier deducción ineficaz debería utilizarse para financiar el tipo nominal. ¿Por qué se da una deducción? No la dé y aplique un tipo más reducido. La ventaja la va a obtener el contribuyente con un impuesto más liviano. Para qué elevarlo, generando costes de administración y circuitos de elusión. Mejor un impuesto transparente con una base amplia.

El famoso argumento de la retroactividad está muy manido. Por ejemplo, en el IRPF se utiliza para defender que no se quite la deducción por vivienda. Pero esa actitud no sólo vale para las deducciones. También debería valer en IRPF para los tipos o los mínimos personales y familiares. ¿Tenemos que invalidad los planes de pensiones porque yo el mío lo he constituido con otros tipos nominales?

El argumento de la seguridad jurídica, si lo aplicásemos a rajatabla, invalidaría cualquier procedimiento de reforma. No me vale este argumento. No hay derechos adquiridos en las deducciones del Impuesto de Sociedades. En ningún sitio dice que tengan que permanecer de manera.

3. Una cuestión fundamental es no discriminar por tamaño de empresa. En España hemos elevado a los altares a las pymes y así creamos incentivos para que las empresas no crezcan y compitan internacionalmente. El objetivo de la pyme tiene que ser convertirse en una gran empresa. Fiscalmente no se puede favorecer ni a unas ni a otras. Debemos tener un impuesto transparente, simple, igual para todas las empresas, que parta del resultado contable con mínimos apuntes y que se sitúe en tipos de entre el 15 y el 20%.

Otra cuestión fundamental, es que posiblemente sea necesario ajustar los sistemas de amortización Hacer lo mismo que se hace en otros países. Olvidemos sistemas extravagantes: suma de dígitos, porcentaje contante... Aparentemente favorecen la inversión, pero al final no es así. Mejor establecer un sistema lineal con vidas útiles ajustadas a la realidad.

Otra cosa que ayudaría a reducir los tipos es eliminar la deducibilidad de los intereses. La deuda ha tenido un sesgo favorable fiscalmente en España. Se ha incentivado el endeudamiento frente a los recursos propios. Hay dos alternativas: o permitir la deducibilidad de los recursos propios o quitar la de los intereses. Opto por la segunda, que me permitirá bajar aún más los nominales.

Bernardo Soto Siles

Jefe del área Fiscal de CEOE.

1. Desde CEOE, en nuestro Documento para la Reforma Fiscal, proponíamos una bajada del tipo nominal del Impuesto sobre Sociedades para acercarlo más al tipo real de gravamen ya que la existencia de numerosas deducciones y bonificaciones provoca en ocasiones diferencias significativas entre el tipo nominal y el tipo efectivo. No proponemos un porcentaje concreto, aunque la propuesta de un tipo del 20% como la que realiza el informe de la Comisión puede ser adecuada.

La reducción del tipo nominal, buscando un acercamiento al tipo efectivo, es claramente deseable, ya que es cierto que es un indicativo usado a la hora de la toma de decisiones de inversión internacional. Sin embargo, si se produce una reducción de tipos nominales es imprescindible minimizar el efecto contable del cambio en empresas que tienen contabilizados activos fiscales mediante medidas que compensen el impacto contable de la medida que debería ser necesaria y adecuadamente valorado.

En cuanto a las deducciones, es necesaria su revisión y valoración para ver si efectivamente cumplen su función y sirven a los fines para los que fueron introducidas, pero somos contrarios a su supresión de manera radical tal y como propone el informe de la Comisión Lagares, en concreto, consideramos algunas de las deducciones, como la relativa al I+D+i, especialmente necesarias. En todo caso la regulación de las deducciones han de simplificarse, evitando la aplicación de conceptos jurídicos indeterminados, minimizando el número de requisitos y fomentando la claridad de los mismos, reduciendo así la litigiosidad.

2. La contestación a esta pregunta queda incluida en la primera. En todo caso no somos partidarios de modificaciones normativas retroactivas en el sentido de que muchas de ellas, afectan a decisiones de inversión tomadas en el pasado y provocan una falta de seguridad jurídica que no solamente tiene efectos en la coyuntura actual, provocando reducción de la competitividad de las empresas y aumentando la presión fiscal hasta extremos difícilmente soportables, sino que también perjudican la inversión futura, nacional y extranjera, que necesariamente desconfiará de cualquier medida o incentivo que se adopte puesto que no tendrá seguridad en que permanezca estable en el tiempo.

Cualquier modificación de deducciones o bonificaciones debería hacerse a futuro, para nuevas inversiones, sin afectar a aquellos sujetos pasivos que estén disfrutando actualmente de las mismas por decisiones de inversión tomadas en el pasado.

3. En nuestro documento para la reforma fiscal recogemos una serie de medidas que tienen, precisamente, ese objetivo, entre ellas podemos destacar las siguientes:

  • Reducción de las tasas de economía sumergida para que el sistema tributario sea más justo, distribuya la presión fiscal de manera más equitativa y reduzca el déficit presupuestario sin incrementar la presión fiscal. Para ello, junto con la actuación de la Inspección Tributaria, es necesario el desarrollo de un sistema tributario justo, eficiente y estable acompañado de una profunda simplificación normativa.
  • No es posible subir los impuestos sobre las empresas y resulta urgente reducir las cotizaciones a la Seguridad Social, cumpliendo los compromisos adoptados por el Gobierno. En la actualidad, la presión fiscal sobre las empresas, incluyendo cotizaciones a la Seguridad Social, es superior a la media europea.
  • Simplificación normativa, mejora de las fórmulas de colaboración con la Administración y establecimiento de criterios interpretativos para reducir la excesiva litigiosidad, introduciendo además un procedimiento de arbitraje en el ámbito tributario.
  • Coordinación de las políticas tributarias centrales y autonómicas, evitando la proliferación de impuestos y tasas de las Autonomías. Es necesario establecer unos principios básicos para los tributos de carácter medioambiental y reformar el artículo 6 de la LOFCA para evitar la generación de situaciones anticompetitivas y la ruptura de la unidad de mercado o, alternativamente, modificar la Ley General Tributaria para definir de manera estricta el marco para el diseño de este tipo de tributos.
  • Establecimiento de un sistema de compensación o "cuenta de compensación tributaria" mediante el cual las empresas puedan compensar sus créditos reconocidos contra cualquier Administración, contra los pagos a realizar por impuestos o cotizaciones a la Seguridad Social. Se evitaría la situación injusta en la que un empresario con créditos vencidos y no pagados por la Administración tiene, sin embargo, que satisfacer los tributos y cotizaciones sociales.

Francisco de la Torre Díaz

Inspector de Hacienda. Acaba de publicar ¿Hacienda somos todos? Impuestos y fraude en España (Editorial Debate).

1. La propuesta en cuanto al planteamiento me parece correcta. Sin embargo, creo que hay fallos de diseño. El primer problema es el tema de los DTAs de la Banca. Para cumplir con los requisitos internacionales de solvencia (Basilea III) el Estado ha garantizado los activos fiscales diferidos (DTAs en jerga), es decir los menores impuestos que pagarán los bancos en el futuro por algunos gastos y pérdidas en los que han incurrido. Esta cifra asciende a más de 51.000 millones de euros. Por cada punto de bajada del impuesto de sociedades, como el impuesto que se compensarán los bancos es menor, el Estado debe compensar a la Banca en 1.000 millones de euros. Esta cuestión capital no está bien resuelta en el informe. En mi opinión, habría que establecer un recargo al tipo del impuesto de sociedades de los bancos; entre otras cuestiones como parte del precio del apoyo público al sector, que además resolvería este problema.

Por otra parte, la limitación de deducibilidad de gastos financieros que propone el comité es claramente contraria al principio de capacidad económica y drenaría drásticamente las inversiones en España.

En líneas generales yo creo que no se puede bajar el tipo más allá del 25%, suprimiendo todas las deducciones, para mantener un mínimo de recaudación que necesitamos imperiosamente, ganando a la vez competitividad y seguridad jurídica.

2. Creo que habría que eliminar la totalidad de las deducciones (salvo, evidentemente, las de doble imposición) y otros beneficios fiscales (bonificaciones, amortizaciones aceleradas, regímenes especiales como el de las ETVEs y algunos tipos reducidos) si se quiere mantener la recaudación, bajando a la vez los tipos impositivos.

El impuesto de sociedades es el tributo que peor se ha comportado en términos recaudatorios durante esta crisis. Habría que reformarlo en profundidad, con el máximo consenso posible, y luego mantener esta regulación en el tiempo, porque las empresas necesitan seguridad jurídica y que no se cambien las reglas del juego cada seis meses. España ya fue capaz de hacerlo, la última norma que aprobó el Gobierno de Felipe González fue la vigente ley 43/95 del impuesto de sociedades, con el apoyo del PP, que la mantuvo. Ahora esta norma está obsoleta, pero deberíamos ser capaces de redactar una norma que fije las reglas de juego en esta importantísima materia, con vocación de permanencia.

Aún así, no nos engañemos, las grandes empresas obtienen cada vez más sus beneficios en el exterior, donde pagan su correspondiente impuesto. Si se quiere que este beneficio se repatríe no queda más remedio que no gravar este reparto de dividendos de las filiales extranjeras de las multinacionales españolas. Mientras el beneficio en España de las empresas no se recupere no podremos obtener los niveles de recaudación de antes de la crisis.

3. Creo que el punto clave son las cotizaciones a la Seguridad Social, que son extraordinariamente elevadas y lastran la competitividad de las empresas y la creación de empleo. Sin embargo, estas cotizaciones son el principal recurso del Sector Público y financian el sistema de pensiones, que es deficitario y sometido a graves riesgos. La principal medida para crear empleo y riqueza sería reducir cotizaciones con carácter general. Para que esto sea compatible con el control del déficit, que es irrenunciable, habría que mejorar sustancialmente la lucha contra el fraude fiscal y reducir el gasto público simultáneamente. No es fácil, pero debería ser el camino.

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