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El presidente del TJUE reconoce que pudo equivocarse en la sentencia de los interinos

"Es posible, somos humanos", ha dicho Koen Lenaerts admitiendo la posibilidad de que no se hubiera comprendido completamente el concepto.

El presidente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Koen Lenaerts, ha indicado este viernes que la cuestión acerca de la indemnización que debe corresponder a los trabajadores interinos "no ha terminado", reconociendo que se trata de un asunto "muy delicado" y controvertido en el que pudo llegar a existir un malentendido entre tribunales.

"Hemos enviado este caso a una sala de tres jueces pensando que el asunto estaba claramente expuesto en el informe y la respuesta era correcta", afirmó Lenaerts durante su intervención en un coloquio organizado por el Club Siglo XXI al comentar la sentencia del pasado mes de septiembre sobre el caso de la ciudadana española Ana de Diego, contratada por el Ministerio de Defensa en 2003 y que perdió su puesto de trabajo nueve años después y en la que el TJUE dictaminó que no existen razones objetivas que justifiquen una diferencia de trato entre trabajadores con contrato temporal y trabajadores con contrato fijo en cuanto a las indemnizaciones por fin de contrato.

"Esta historia no ha terminado", reconoció Lenaerts admitiendo la posibilidad de que no se hubiera comprendido completamente el contexto del asunto de referencia. "Es posible, somos humanos", apuntó, añadiendo que en casos así la cuestión es reenviada a una sala de cinco jueces para realizar un pronunciamiento con mayor número de Estados miembros y ordenamientos jurídicos presentes.

"Estando advertidos de posibles problemas de implementación normalmente dejaríamos una mayor libertad a los tribunales nacionales para fijar criterios legales que desarrollen una interpretación uniforme de la legislación europea que permita un mayor margen de apreciación a las cortes aplicándola sobre el terreno", añadió.

En este sentido, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia planteó a finales del pasado año ante el TJUE tres cuestiones prejudiciales solicitando aclaraciones sobre el fallo del pasado 14 de septiembre.

Por su parte, la semana pasada el grupo de expertos nombrado por el Ministerio de Empleo, los sindicatos CCOO y UGT y las patronales CEOE y Cepyme para analizar dicha sentencia del TJUE coincidió en la necesidad de realizar una "revisión profunda" del contrato de interinidad para mejorar su regulación y que tenga una indemnización por finalización de contrato de al menos 12 días por año, la misma que la de los trabajadores temporales.

La legislación actual no contempla ninguna indemnización para los interinos al acabar su contrato pero sí para los trabajadores temporales (12 días por año). Ahora bien, cuando entran en juego las causas, la cosa cambia, pues si el interino es despedido por causas objetivas tiene derecho a una indemnización de 20 días por año y si el despido es improcedente, de 33 días por año de servicio.

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