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¿Y si apostamos por un tipo único en el IRPF?

Si España apostara por un IRPF único del 24%, con un mínimo exento de tributación de 12.000 euros, la recaudación incluso aumentaría.

Si España apostara por un IRPF único del 24%, con un mínimo exento de tributación de 12.000 euros, la recaudación incluso aumentaría.

Se percibe en muchos ciudadanos la idea, equivocada o no, de que los "ricos" no pagan impuestos. El hecho de que determinadas personas famosas, artistas, empresarios y deportistas de alto nivel con elevados ingresos que realizan su actividad a nivel mundial, hayan elegido fijar (en la mayoría de casos, cabe decirlo, de manera legal) su residencia fuera de España, no contribuye a mitigar esta idea.

El caso es que, como recientemente manifestó un deportista ya retirado, para ellos no tiene sentido tener su residencia a efectos fiscales en España, donde el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) alcanza casi el 50% en varias Comunidades Autónomas (recuérdese que el IRPF es un impuesto estatal parcialmente cedido a las CCAA, teniendo éstas capacidad normativa sobre la escala autonómica).

Ante esta circunstancia, uno se plantea si es posible mantener nuestro actual nivel del Estado del Bienestar (sistema nacional de salud gratuito, educación obligatoria gratuita, dependencia, etc). Y la respuesta es que sí, con independencia de que sería necesario acometer ciertas reformas desde el punto de vista del gasto para prestar de manera más eficiente los principales servicios del Estado del Bienestar, tan necesarios en un Estado moderno, puntero y desarrollado como es España.

Para ello, se trataría de conseguir un impuesto de la renta que grave las rentas a tipos marginales no superiores al 24% y conseguir una expansión o incremento de las bases tributarias por dicho impuesto, consiguiendo o haciendo atractivo a esas grandes rentas deslocalizadas tributar en España.

Imaginen ustedes un IRPF donde el tipo único fuese del 24%, se estableciese un mínimo exento de tributación suficiente para gastos indispensables (por ejemplo 12.000 euros), dándole, por lo tanto, la progresividad necesaria que requiere todo impuesto sobre la renta que se precie (es decir, que a mayor nivel de renta se pague un tipo medio más que proporcional) y contribuyendo desde esta figura tributaria (la principal de nuestro sistema) a facilitar el cumplimiento del artículo 31 de nuestra Carta Magna.

Estoy seguro que con ello se conseguiría que gran parte de las bases imponibles que hoy no tributan en España, acaben planteándose si vale la pena trasladar su residencia al extranjero (de manera efectiva o en algunos casos de forma ficticia asumiendo un elevado riesgo fiscal) con un tipo de gravamen único del 24% en España. Es decir, se trataría de que el Estado pensase como un empresario estratega y viese que se puede ingresar lo mismo (o muy probablemente más) vendiendo más unidades (incrementando bases tributarias) con menor margen o beneficio por unidad (tipo de gravamen inferior).

Por otro lado, el Estado reduciría sus costes de gestión del impuesto al reducir su simplicidad, liberando, por lo tanto, recursos personales y materiales para poder perseguir el fraude más sofisticado, que es el fraude que no se detecta cruzando datos obtenidos de terceros con datos declarados por el contribuyente, sino investigando hechos imponibles ocultos al Fisco.

Javier Collado Muñoz es Inspector de Hacienda del Estado, Economista, MBA por ESADE y profesor.

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