Menú

Las cuatro vías por las que Puigdemont y Junqueras pueden ser destituidos de sus cargos

La ley permite suspender e inhabilitar a los miembros de la Generalidad por diversas vías, tanto a nivel judicial como administrativo.

La ley permite suspender e inhabilitar a los miembros de la Generalidad por diversas vías, tanto a nivel judicial como administrativo.

Más allá de la intervención total o parcial de la cuentas autonómicas y de las responsabilidades penales en las que pudieran incurrir los altos cargos de la Generalidad por incumplir la ley en su intento por celebrar el referéndum del próximo 1 de octubre, el presidente de Cataluña, Carles Puigdemont, y su segundo de a bordo, el vicepresidente Oriol Junqueras, podrían ser destituidos de sus funciones, junto al resto de consejeros, secretarios, directores generales y demás autoridades públicas que colaboren en el "procés".

En este sentido, la cercanía del 1-O ha disparado el debate acerca de lo que sucederá el día después de tan señalada fecha, incluyendo la opción de que se convoquen elecciones anticipadas en Cataluña en un intento por evitar la inhabilitación de la cúpula independentista para ejercer como cargos públicos, tal y como publica El Mundo este lunes. Sin embargo, existen, al menos, cuatro vías que dejarían sin efecto esta estrategia: dos estrictamente judiciales y otras dos administrativas.

1. Tribunal Constitucional

Tanto el proyecto de Ley del Referéndum como el de Transitoriedad presentados por la Generalidad han sido suspendidos cautelarmente por el Tribunal Constitucional (TC) tras admitir a trámite los recursos presentados por el Gobierno.

Y puesto que sus decisiones son de obligado cumplimiento, puede adoptar diversas medidas para garantizar su ejecución en caso de que los responsables públicos desobedezcan. En concreto, según el artículo 92.4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional:

En caso de advertirse que una resolución dictada en el ejercicio de su jurisdicción pudiera estar siendo incumplida, el Tribunal, de oficio o a instancia de alguna de las partes del proceso en que hubiera recaído, requerirá a las instituciones, autoridades, empleados públicos o particulares a quienes corresponda llevar a cabo su cumplimiento para que en el plazo que se les fije informen al respecto.

Recibido el informe o transcurrido el plazo fijado, si el Tribunal apreciase el incumplimiento total o parcial de su resolución, podrá adoptar cualesquiera de las medidas siguientes [...]:

b) Acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos de la Administración responsable del incumplimiento, durante el tiempo preciso para asegurar la observancia de los pronunciamientos del Tribunal.

Y en su artículo 92.5:

Si se tratara de la ejecución de las resoluciones que acuerden la suspensión de las disposiciones, actos o actuaciones impugnadas y concurrieran circunstancias de especial transcendencia constitucional, el Tribunal, de oficio o a instancia del Gobierno, adoptará las medidas necesarias [incluyendo la destitución de los cargos] para asegurar su debido cumplimiento [...]

2. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña

Hace apenas diez días, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) admitió a trámite las dos querellas presentadas por la Fiscalía contra los 14 miembros del Gobierno catalán, con Puigdemont al frente, y los cinco integrantes de la Mesa del Parlamento autonómico que acordaron tramitar las leyes del referéndum suspendidas por el TC.

Estos 19 altos cargos están siendo investigados por los delitos de desobediencia, prevaricación y malversación de caudales públicos. Se enfrentan a penas de cárcel, multas e inhabilitación para cargo público. La cuestión es que, aunque Junqueras sea elegido presidente de la Generalidad en caso de nuevas elecciones, podría ser igualmente destituido por sentencia firme, tal y como ha advertido este lunes el fiscal general del Estado, José Manuel Maza.

"El Estado de Derecho es muy fuerte y por mucho que haya sido elegido hay otras leyes también. El hecho de que una persona salga elegida no le autoriza a hacer lo que quiera [...] No sería la primera vez que se aparta a alguien de su cargo", ha recordado en una entrevista con Antena 3.

3. Artículo 155 de la Constitución

El famoso precepto es muy claro al respecto. Si una comunidad autónoma "no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan", el Gobierno, previa aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las "medidas necesarias para obligar a aquélla al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones", otorgándole la facultad para "dar instrucciones a todas las autoridades" de la autonomía en cuestión. Esto significa que el Ejecutivo sustituiría a la Generalidad en sus funciones, vaciando de poder y contenido los altos cargos autonómicos.

4. Ley de Transparencia

Por último, la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en sus artículos 25 a 32, otorga rango de ley a los principios éticos y de actuación que deben regir la labor de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Administración del Estado, CCAA y entidades locales. Asimismo, se clarifica y refuerza el régimen sancionador que les resulta de aplicación.

Ese régimen sancionador se aplica en tres ámbitos: conflictos de intereses, gestión económico presupuestaria y ámbito disciplinario. Además, se incorporan infracciones derivadas del incumplimiento de la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Así, en el ámbito económico-presupuestario, la norma establece que se impondrán sanciones a quienes comprometan gastos sin crédito suficiente para realizarlos o con infracción de lo dispuesto en la normativa presupuestaria o bien incumplan las obligaciones de suministro de información que fije la ley, tal y como hizo Junqueras la semana pasada.

Todo ello puede ser estipulado como una infracción muy grave, cuyas consecuencias serían las siguientes:

  • Los sancionados por la comisión de una infracción muy grave serán destituidos del cargo que ocupen salvo que ya hubiesen cesado y no podrán ser nombrados para ocupar ningún puesto de alto cargo o asimilado durante un periodo de entre cinco y diez años.
  • La no percepción, en el caso de que la llevara aparejada, de la correspondiente indemnización para el caso de cese en el cargo.
  • La obligación de restituir, en su caso, las cantidades percibidas o satisfechas indebidamente.
  • La obligación de indemnizar a la Hacienda Pública.

Así pues, con la ley en la mano, Puigdemont, Junqueras y el resto de altos cargos catalanes implicados en el "procés" podrían ser suspendidos de sus funciones en, al menos, cuatro supuestos: por incumplir las resoluciones del TC; en caso de ser condenados por los delitos que investiga la Justicia; debido a la activación del artículo 155 por parte del Gobierno; o bien por la comisión de una infracción muy grave en materia presupuestaria.

Temas

En Libre Mercado

    0
    comentarios