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José T. Raga

Cumplir lo prometido

¿Qué tendrá lo financiero para que genere tanta preocupación, tanto descontento y tantas reclamaciones?

Cuando aún están sin cicatrizar las heridas de la última crisis financiera –en la que asumimos vocablos como, preferentes, deuda subordinada, sub-prime, fondos inmobiliarios, etc.–, volvemos a manosear, no con menos preocupación que en la ocasión anterior, nuevas magnitudes.

¿Qué tendrá lo financiero para que genere tanta preocupación, tanto descontento y tantas reclamaciones? Seguramente es el estigma propio de la economía financiera –un a modo de ocultismo característico–, que contrasta con la nitidez y simplicidad de la economía real, lo que hace que aquel transmita oscuridad para el público en genera.

Las magnitudes y parámetros en los que se mueve la economía real son tangibles y fácilmente comprobables en caso de duda, y si del resultado de la comprobación derivase una imperfección o un daño entre lo acordado y lo transmitido, la reclamación no exige, por lo general, grandes esfuerzos.

En el mundo financiero, las cosas son diferentes, apareciendo en la reclamación aquellos términos, usados por el que se considera perjudicado, de "se me dijo", "se me prometió", "de haber sabido que era así no lo habría...". Cuando por parte de la entidad se afirma lo contrario: "Ya le advertí...", "le expliqué que para mayor rendimiento tendría que asumir mayor riesgo", "el mayor tipo de interés exigía mayor plazo de la imposición", etc.

Raro será el caso de quien, bien en sus propias carnes o en las de un pariente o amigo, no haya participado en el escenario que acabo de describir. Se decía por los afectados, y con razón, que estaban en un sistema financiero y bancario plenamente garantista, con reguladores cuyo número y prevalencia eran sobradamente conocidos: el Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el propio Banco Central Europeo y, en su término, el Ministerio de Economía español.

¿Se está fraguando algo semejante en aquellos eufóricos planes de pensiones? ¿Constan fehacientemente las facilidades y promesas publicitadas al momento de la contratación? ¿Por qué la banca parece ser que ha pedido al regulador –siempre el regulador es protagonista en nuestro país– que establezca restricciones al rescate de los planes de pensiones contratados?

El regulador no puede variar las condiciones de lo contratado. Lo que se contrató, y en las condiciones en que se contrató, es lo que debe de llevarse a término. Tanto el regulador –que no es parte en este asunto– como los jueces tendrán que indagar en lo que fueron las condiciones efectivas de contratación.

Con gran probabilidad, la prueba de lo prometido será la piedra angular de cualquier proceso. Nadie, tampoco el regulador, puede cambiar las condiciones de lo ya contratado. Lo prometido se cumple.

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