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¿Qué efectos ha tenido el contrato de apoyo a emprendedores que el Gobierno va a derogar?

Comienza la demolición de la reforma laboral: Magdalena Valerio acabará con una modalidad que en 2017 generó 247.000 nuevos contratos fijos.

Comienza la demolición de la reforma laboral: Magdalena Valerio acabará con una modalidad que en 2017 generó 247.000 nuevos contratos fijos.
Fátima Báñez saluda a la nueva ministra de Trabajo, Magdalena Valerio, el día de su toma de posesión. | EFE

El Contrato de Apoyo a los Emprendedores tiene los días contados. De todas las novedades que nos trajo la reforma laboral de 2012, parece que será la primera en caer. Lo anunciaba el pasado martes Yolanda Valdeolivas, la secretaria de Estado de Empleo. Y justificaba la medida porque "no es adecuado ni razonable e introduce precariedad". No todos están de acuerdo. Los representantes de las organizaciones empresariales han pedido al Gobierno que reconsidere su propuesta. Así, Juan Rosell, presidente de la CEOE, aseguraba dos días después que esta modalidad sí había servido, que había generado hasta un millón de nuevos contratos indefinidos y que la mayoría de estos empleos se habían mantenido una vez cumplido el primer año (el nuevo límite para el período de prueba en esta modalidad contractual).

En realidad, la medida impulsada por Magdalena Valerio, la nueva ministra de Trabajo, tiene más contenido político que económico. En primer lugar, esta modalidad se suponía que tenía un carácter temporal, hasta que la tasa de paro se situase por debajo del 15%. Según la EPA del primer trimestre, esa tasa ya está en el 16,74% y lo normal es que vuelva a caer en la EPA del segundo trimestre que se publicará en unos días. Con la evolución del mercado laboral de este año, si no cae por debajo del 15% de aquí a diciembre se quedará muy cerca. Quizás por eso Rosell decía que no merece la pena discutir por algo que iba a pasar en cualquier caso.

Además, su incidencia en el mercado también es limitada. En 2017 se firmaron casi 247.000 contratos de este tipo, lo que supone sólo un 13% del total de contratos indefinidos.

Por eso, su derogación inmediata, si se cumple lo anunciado por el Gobierno, parece más un mensaje político-publicitario-electoral que una medida que vaya a cambiar mucho a corto plazo la realidad del mercado laboral. La idea es transmitir que la Reforma Laboral de 2012 está en el punto de mira y que ha comenzado el proceso de demolición de una de las obras más queridas por el Gobierno de Mariano Rajoy y más criticadas por sus opositores.

Dicho esto, ahora que ha vuelto a cobrar actualidad no estaría de más revisar las cifras, para ver si con ellas pueden sacarse conclusiones acerca de si este contrato ha tenido algún efecto, si (como dicen Fátima Báñez o Rosell) es un error derogarlo o si tienen razón aquellos que aseguran que sólo ha servido para precarizar aún más el mercado laboral y hacer que algunos temporales pasen en las estadísticas como indefinidos.

El contrato y las cifras

El Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores entró en nuestras vidas a través del artículo 4 de la Ley 3 /2012 de Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral (la conocida como Reforma Laboral del PP). Desde el principio se planteó como una medida coyuntural, asociada a ese requisito ya visto de una tasa de paro del 15% o superior. Por cierto, una característica que le resta argumentos a sus defensores: si el contrato es bueno en sí mismo, ¿por qué eliminarlo al bajar el paro? Otra de esas preguntas sin respuesta de nuestra normativa laboral.

Tal y como su nombre indica, el Gobierno del PP lo planteó como una nueva modalidad de contrato indefinido para empresas que tuvieran menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación: aproximadamente el 51-52% de los asalariados españoles trabaja en una empresa de 50 empleados o menos (aunque estas suponen el 99% del total de las empresas).

Además, se fomentaba su uso con una serie de bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante tres años (bonificaciones asociadas al mantenimiento del empleo durante esos mismos tres años). Y el empresario obtenía una última ventaja, la más polémica desde su concepción: la ampliación del período de prueba a doce meses. Durante ese tiempo, podría despedir al trabajador sin que hubiese generado derecho a indemnización (como, por otra parte, ocurre siempre en el período de prueba, aunque en los demás contratos es más corto, normalmente de dos, tres o seis meses en función del tipo de contrato y trabajador).

Por eso es importante acudir a las cifras y mirar las estadísticas con cierta perspectiva. Tienen razón los críticos de esta modalidad cuando dicen que el mero hecho de que un contrato se denomine como "indefinido" no lo convierte en tal. Eso sí, que sea un contrato indefinido con estipulaciones diferentes a las habituales tampoco lo convierte automáticamente en un "temporal encubierto", como se ha dicho. En toda esta discusión subyace la habitual (i)lógica que rodea al debate sobre el mercado laboral: parece que lo importante es el nombre y no la realidad que hay tras esa denominación. Por ejemplo, la legislación laboral española siempre se ha dicho (y así lo repiten todos los informes) que es una de las más "garantistas" de Europa porque tiene una muy elevada indemnización por despido para los fijos. Tan "garantista" es que garantiza la tasa de paro, temporalidad y precariedad más elevada de la UE junto a Grecia desde hace más de tres décadas. De nuevo, ¿lo importante son las palabras o los resultados?

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Como vemos en la tabla, tanto el número de contratos indefinidos como el de esta modalidad de apoyo a los emprendedores han ido creciendo año a año desde 2012. La "Memoria sobre la situación socioeconómica y laboral de España 2017" del Consejo Económico y Social, hace un pequeño resumen de la evolución de esta modalidad: "En 2017 se celebraron 246.827 contratos de apoyo a emprendedores, lo que supuso un 39% más que el año anterior, siguiendo la tendencia de continuo aumento en el número de contratos de este tipo realizados desde su puesta en marcha (…) Por grupos de edad, este contrato se realiza mayoritariamente con jóvenes (37%) y trabajadores entre 30 y 44 años (36%), que concentran casi tres cuartas partes del total de contratos realizados, siendo el 26,8 por 100 de los contratos realizados con trabajadores mayores de 45 años".

También es cierto que esto no nos dice mucho sobre las bondades del nuevo tipo de contrato. Sus defensores dirán que muchos de esos contratos no se habrían firmado si no hubiera una modalidad algo más flexible. No sólo eso, también se usa como argumento a su favor la facilidad con la que este contrato se convierte en indefinido: en realidad ya es indefinido desde su inicio, por lo que no hace falta hacer nada. Es decir, no es que a los 12 meses, cuando se termina el período de prueba haya que firmar otro contrato: si empresa y trabajador no dicen nada, el empleado sigue en su puesto (y lo hace como fijo). La lógica detrás de esta modalidad es hacer más sencillo este proceso. De esta manera, se conseguiría que muchos contratos que se hubieran firmado como temporales sean fijos. Y al llegar el momento en el que ese contrato temporal hubiera finalizado no hay que renovarlo ni el empresario tiene que tomar una decisión al respecto. Por lo tanto, trabajadores que en un inicio hubieran sido temporales y que incluso el empresario, al contratarles por esta nueva modalidad, piensa que despedirá a los 8-9-10 meses, al final se quedan en la empresa y escapan de ese ciclo de temporalidad tan habitual en nuestro país.

Los críticos aseguran que lo que ocurre es que los empresarios usan este contrato como un recambio de los temporales, que incluso les sale más barato: firman con esta modalidad y pueden echar al trabajador en cualquier momento durante los primeros 12 meses sin más explicaciones y sin pagar indemnización.

La realidad probablemente mezcle ambas situaciones. Habrá casos en los que haya facilitado la entrada al mercado laboral y la transición a un empleo indefinido. Y habrá empresarios que habrán tirado de las facilidades para despedir en esos 12 meses de período de prueba. Tampoco parece que haya sido ésta una tendencia generalizada: por una parte, por el porcentaje que este contrato supone sobre el total de indefinidos. Por otra, porque período de prueba ya hay: si un empresario quiere usar los contratos fijos con la intención de ir encadenando trabajadores a los que despide gratis en los períodos de prueba, ya puede hacerlo. La diferencia entre 6 y 12 meses no parece que cambie tanto las cosas. Por último, la indemnización de los temporales es de 12 días por año trabajado: eso es lo que se ahorraría ese empresario con este contrato. Tampoco parece un coste tan grande como para cambiar todos los contratos temporales anteriores (de hecho, no está ocurriendo) por los actuales de apoyo a los emprendedores. Si quieres un temporal con un contrato por unos pocos días y semanas, lo más sencillo sigue siendo la contratación temporal.

Precariedad y parches

A pesar de todo lo que se ha escrito en España en los últimos años, no es cierto que la reforma laboral haya dado paso a un mercado de trabajo especialmente precario. Las cifras de temporalidad y empleo a tiempo parcial son elevadas, pero no más altas que las que había en nuestro país en 2006-07, antes del estallido de la burbuja del ladrillo. Tal y como explicábamos hace unas semanas, en estos momentos España tiene aproximadamente el mismo número de asalariados que en el primer trimestre de 2006 (unos 16 millones en ambos casos), pero el reparto entre fijos y temporales es muy diferente:

Lo que cambia es el reparto: en 2006 había 10,7 millones de fijos y 5,3 millones de temporales; ahora hay 11,7 y 4,1 respectivamente. Es decir, con un número de asalariados muy similar, lo que tenemos es un millón más de indefinidos y 1,2 millones menos de temporales. Y la tasa de temporalidad es 7 puntos inferior. Por lo tanto, esa imagen tan habitual en los medios en los últimos años de que estamos en máximos de precariedad o temporalidad (y asociar esto a la reforma de 2012 del PP) es claramente falsa.

Aunque alguno pueda pensarlo, los 200.000 contratos de apoyo a los emprendedores que se firman cada año no están inflando las cifras de indefinidos de forma artificial (al menos en una proporción significativa). Entre otras cosas porque, si se usaran como temporales, cada año se extinguirían esos empleos fijos: es decir, que sólo 200.000 empleos fijos cada vez pueden atribuirse a esos 12 primeros meses de prueba. El resto del incremento de contratos indefinidos de los últimos años se debe a otras razones.

Dicho todo esto, hay una realidad en el mercado laboral que explican en este artículo para Nada es Gratis Florentino Felgueroso y Marcel Jansen: en España hay un porcentaje relativamente alto de contratos indefinidos que no sobrevive a las primeras semanas de relación entre empresa y trabajador. Alrededor del 40% de los nuevos empleos indefinidos (con una u otra modalidad contractual) no supera el año de duración. Dos apuntes al respecto: el primero sobre si este contrato de apoyo a los emprendedores es responsable de este fenómeno, Jansen responde (al pie, en los comentarios al artículo): "En la actualidad existe un solo tipo de contrato con un período de prueba de un año. Es el llamado contrato de apoyo a emprendedores, pensado para empresas con menos de 50 trabajadores. En su día hemos criticado la introducción del contrato, por permitir terminaciones al cabo de 12 meses a un coste menor que los contratos temporales. Desafortunadamente, no podemos identificar este contrato por la falta del código de este contrato en particular en los datos que tenemos. Lo que sí sabemos es su peso irrisorio en el flujo total de nuevos contratos. Por tanto, posibles abusos en los contratos de emprendedores puede ser parte de la explicación pero no la única".

La segunda pregunta tiene que ver con la lógica de las múltiples modalidades de contratación dentro del conjunto del sistema español. Jansen y Felgueroso se preguntan: "Se comprueba que la terminación de contratos indefinidos no resulta tan complicada en los primeros meses. Y esta evidencia se une a otras tantas que ponen en duda la imperiosa necesidad de que existan diferencias entre contratación temporal e indefinida". Es decir, por qué poner esa enorme barrera normativa entre fijos y temporales, que tantas distorsiones introduce en el mercado laboral y tan dañina es para la productividad de las empresas y las carreras laborales si, al final, también los contratos indefinidos se pueden usar para períodos muy cortos de tiempo.

Al final lo que queda es el mismo sistema viciado de siempre, en el que coexisten dos clases de trabajadores, unos temporales que van encadenando contratos durante años y otros fijos, con una elevada protección por despido que actúa como barrera de entrada. La principal medida que propone el nuevo Gobierno para acabar con esta dualidad (destructiva para la productividad de las empresas y para el desarrollo de carreras laborales convenciones de los trabajadores) es endurecer las inspecciones, para dificultar el recurso a la temporalidad. Por cierto, algo que ya se ha intentado, con un éxito perfectamente descriptible, en el pasado. Mientras, las causas principales de esa dualidad (la falta de flexibilidad de la normativa, que obliga a las empresas a tener una reserva de temporales como elemento de ajuste, y el elevado coste de contratar de forma indefinida) no están sobre la mesa. El parche que supuso el contrato de apoyo a los emprendedores ya no existirá. Ni era la panacea ni parece que su falta vaya a cambiar mucho las cosas. Eso sí, no hay por qué preocuparse, los informes dicen que España tiene el mercado laboral "más garantista" de Europa.

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