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Los expertos alertan: la solución de Fomento a la huelga del taxi es una chapuza jurídica

Transferir las competencias de los VTCs a autonomías y ayuntamientos por real-decreto no es aceptable desde el punto de vista jurídico.

El Ministerio de Fomento propone dos medidas concretas para tratar de calmar a un gremio, el del taxi, que se ha levantado en armas contra la competencia proveniente de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) mediante un paro indefinido que, entre otros efectos, ha colapsado el centro de grandes ciudades como Madrid y Barcelona, además de protagonizar diversos actos violentos.

El departamento que dirige José Luis Ábalos plantea, por un lado, transferir a las CCAA las competencias regulatorias en materia de VTC, hoy en manos del Estado, tal y como solicitan los taxistas, y, por otro, que los ayuntamientos incluso puedan exigir una segunda licencia a estos vehículos para poder operar a nivel municipal, en línea con el reglamento que aprobó Barcelona el pasado junio, pero que, finalmente, fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

El problema, sin embargo, es que ambas medidas presentan graves problemas desde el punto de vista jurídico, según un informe elaborado por Santiago Muñoz Machado, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense, un referente en materia de competencias legislativas. El estudio, presentado por Unauto, la patronal de VTCs, al secretario de Estado Infraestructuras, Pedro Saura, en la reunión que mantuvieron el martes, cuestiona la legalidad de esta solución en base a los siguientes motivos:

1. No se puede aprobar mediante decreto-ley

El Gobierno de Pedro Sánchez estudia la posibilidad de aprobar un real decreto con carácter de urgencia para transferir las competencias legislativas y regulatorias en materia de VTC a las CCAA y, de ahí, pasar incluso a manos municipales, tal y como sucede con los taxis. Es una de las principales reivindicaciones del gremio, confiado en que los gobiernos regionales y locales blindarán el monopolio que ejercen desde hace décadas en este ámbito.

Pero dicha transferencia no es tan sencilla, ya que resulta "inadecuada desde el punto de vista constitucional". Por un lado, "no concurren en este caso las razones de urgencia y necesidad" a que se refiere el artículo 86 de la Constitución para emplear la vía del decreto ley. Las algaradas y los quebrantos del orden público que han protagonizado los taxistas sí podrían encuadrarse en este ámbito, pero sería una mera cuestión de orden público, mientras que la transferencia de las citadas competencias tendría que llevarse a cabo de otro modo, ya que supondría modificar una ley orgánica, la referida a la ordenación de transportes terrestres de 1987.

"Una ley orgánica no puede modificarse mediante un decreto-ley porque los decretos-leyes [...] no pueden desde luego regular materias reservadas por la Constitución a la ley orgánica, para cuya adopción, modificación o derogación el artículo 81.2 de la Constitución establece un procedimiento específico [la aprobación de un nuevo proyecto de ley]", según aclara Muñoz Machado. Y es que, entre las leyes orgánicas previstas en la Constitución están las que transfieren o delegan competencias a las Comunidades Autónomas, que es justo lo que propone el PSOE en este caso.

2. Las autonomías son reticentes a esta delegación

Además, por si fuera poco, ninguna autonomía ha solicitado dicha transferencia y, aunque existen posiciones diferentes según la región de que se trate, algunas son muy reticentes a asumir el marrón regulatorio concerniente a este conflicto sectorial, de modo que, hoy por hoy, no existe un consenso claro al respecto.

Dado que el transporte urbano es una materia que excede el marco de los estatutos autonómicos, ésta sólo puede transferirse mediante ley orgánica, previa aprobación por mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, y, en todo caso, tiene que contar con la aceptación de cada una de las CCAA implicadas.

3. Exigir una doble licencia es ilegal

Fomento también baraja la posibilidad de que, una vez sea transferida esta competencia, los ayuntamientos puedan exigir una segunda licencia a los VTCs para poder operar en las ciudades, a imagen y semejanza de lo que proponía la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau. Pero, una vez más, esta pretensión chocaría frontalmente con algunos fundamentos del Derecho.

Según Muñoz Machado, la imposición de una doble licencia para los VTCs "resulta contrario al ordenamiento jurídico europeo y al español". Para empezar, la Directiva de Servicios de la UE recoge un buen ramillete de razones contrarias a la implantación de una segunda licencia para una misma actividad. Además, la legislación española prohíbe "establecer revocaciones puramente discrecionales y de oportunidad", como sería este caso, de modo que cualquier efecto revocatorio de licencias siempre tendría que acompañarse de una indemnización acorde al daño ocasionado. Y ello sin contar que dicha restricción también vulneraría la Ley de unidad de mercado y la Ley de contratos del sector público.

"Lo que en ningún caso sería jurídicamente aceptable es la revocación de las licencias que excedan de la mencionada cuota [ratio de una VTC por cada 30 taxis], porque se trataría de una revocación discrecional jurídicamente injustificable de una autorización legítimamente obtenida", alerta este experto.

Así pues, la solución ideada por Fomento tendría un complejo recurrido jurídico, de modo que podría ser recurrida y fácilmente ganada en los tribunales por parte de los afectados.

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