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El Gobierno prohíbe los despidos objetivos y pide "ejemplaridad" a los empresarios

La medida se aplica "desde hoy", no es retroactiva. Todo apunta a que los despidos improcedentes seguirán en vigor como hasta ahora.

La medida se aplica "desde hoy", no es retroactiva. Todo apunta a que los despidos improcedentes seguirán en vigor como hasta ahora.

"Lo hemos dicho de manera reiterada estos días, el Gobierno no va a dejar nadie atrás". Así presumía la ministra de Trabajo Yolanda Díaz, uno de los miembros del Gobierno que pertenece a Podemos, de una de las principales medidas adoptadas este viernes por el Consejo de Ministros extraordinario, y que no es otra que la de prohibir los despidos.

"En nuestro país nadie puede aprovecharse de esta crisis sanitaria" aseveraba Díaz en la sala de prensa de La Moncloa, donde comparecía junto a la portavoz y titular de Hacienda, María Jesús Montero, y junto al responsable de Sanidad, Salvador Illa.

En concreto, y según desgranaba, el Ejecutivo da luz verde a un paquete de medidas que impedirá a los empresarios despedir "por causas de fuerza mayor, técnicas, económicas, organizativas y de producción. No se puede despedir, porque hemos puesto los mecanismos legales y los recursos públicos ingentes, para que puedan acudir a los expedientes temporales de regulación de empleo" los ERTE. Estas causas son las causas del despido objetivo, pero lo que queda en el aire es qué pasa con los despidos improcedentes o los disciplinarios porque la ministra no lo ha aclarado. La medida se aplica "desde hoy", ha asegurado Díaz, por lo que no afectará a los despidos objetivos que se hayan producido anteriormente.

Díaz decía que no se debe aprovechar la pandemia del Covid-19 para extinguir tampoco contratos temporales ya que, a su juicio, sólo deben interrumpirse para "continuar" una vez se supere esta crisis sanitaria y económica. En este caso, están incluidos los formativos, de relevo e interinidad.

Habrá un nuevo formulario

Lo hacía pidiendo "ejemplaridad" a los empresarios y presumiendo también de que el proceso para los ERTE se "simplifica" con un "formulario" que permitirá tramitar "inmediatamente" esos expedientes.

Serán las empresas que pretendan llevar a cabo el ERTE las que tengan que rellenar estas plantillas para facilitárselas inmediatamente al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El antiguo Inem, que ha reforzado su plantilla con un millar de interinos ante la cascada de ERTE que se están produciendo en nuestro país, será el que se encargue de tramitarlos. En España el número de empleados afectados por estos expedientes ya supera el millón de personas y las empresas, las 200.000.

Según el Gobierno, una vez se notifique el ERTE, el procedimiento debe quedar resuelto en 5 días. Si el trabajador no tiene noticias del SEPE pasados esos 5 días, el silencio de la Administración es positivo y el empleado quedará automáticamente dado de alta en el ERTE, según explicaban fuentes del Ministerio de Trabajo hace unos días.

Asimismo, se establece que la fecha de inicio de la prestación de desempleo será la del momento en que se haya producido la suspensión por fuerza mayor o la fecha en que la empresa comunique su decisión a la autoridad, con lo que se garantiza la percepción desde el momento en que se produce la falta de actividad.

Este nuevo Consejo de Ministros ha decidido que los ERTE también se extenderán a los "socios cooperativistas". En síntesis, que nadie despida a nadie, sino que el ERTE sea la fórmula con la que se atraviese una crisis cuyo fin es incierto.

Las inspecciones de Trabajo

Díaz también ha asegurado que piensa reforzar "con nuevas herramientas" la Inspección de Trabajo para detectar procesos fraudulentos. "Vamos a revisar de oficio todos y cada uno de los ERTE que se están aprobando" y "como veamos un tipo de fraude, las empresas afectadas tendrán que devolver hasta las prestaciones por desempleo".

Con los nuevos ERTE del Gobierno, todos los trabajadores afectados tendrán derecho a cobrar la prestación por desempleo aunque carezcan del período de ocupación cotizada mínimo necesario para ello, que antes era de un año. Lleven los meses que lleven en la empresa, los empleados afectados cobrarán el 70% de la base reguladora los seis primeros meses, y del 50%, a partir del séptimo mes. Además, el tiempo que se perciba la prestación por desempleo durante un ERTE no se comerá el paro del trabajador.

Para las empresas también hay un beneficio. Se exonera a las empresas del pago del 75% de la aportación empresarial a la Seguridad Social alcanzando dicha exoneración el 100% de la cuota cuando se trate de empresas de menos de 50 trabajadores. La legislación anterior obligaba al empleador a seguir pagando las cotizaciones sociales de su empleado afectado por el ERTE. Si trabajo descubre un ERTE ilegal, tendrán que devolverlo todo y podrán ser sancionados.

Yolanda Díaz lleva semanas avisando a empresas como Burger King, que han presentado un ERTE para 14.000 empleados en nuestro país, mientras han decidido suspender el servicio a domicilio, un servicio que sí era aceptado por el Gobierno. Así, el Gobierno estará muy pendiente de las empresas que sí puedan operar y no lo estén haciendo, mientras se debate la paralización de todas las actividades que no sean consideradas esenciales.

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