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La fórmula que emplean en Baleares para desalojar en 24 horas: "Funciona con 'okupas de patada'"

Los propietarios pueden ver recuperada su vivienda sin orden judicial, pero debe haber habido intimidación o violencia.

Los propietarios pueden ver recuperada su vivienda sin orden judicial, pero debe haber habido intimidación o violencia.
Agentes de la policía intentan detener a los manifestantes en un desahucio (Lavapiés, Madrid) | EFE

El caso de una vecina de Palma prendió la mecha de la indignación vecinal en las islas. Al regresar de un viaje, la mujer se encontró que un okupa había invadido su salón y se había apoderado de sus cosas. Ni siquiera pensaba abandonar el domicilio de la propietaria en S'Olivaret. El okupa le dijo que la vivienda se la había alquilado una persona, cuyos datos no pudo proporcionar, a la que había pagado 3.000 euros. La mujer, que había accedido por la planta superior, tuvo que irse varios meses a otro inmueble. Ocurrió en 2019.

Ese mismo año, la presión de los vecinos ante esta injusticia legal llevó al fiscal superior de Baleares, Bartolomé Barceló, a realizar una reinterpretación de las leyes vigentes, concluyendo que los agentes podrían desalojar a los okupas sin necesidad de una orden judicial y en 24 horas. Eso sí, debería haber "naturaleza delictiva", para que policía y guardia civil pudieran proceder al desalojo.

En principio, esta fórmula legal parecía música celestial para los propietarios víctimas de okupación. También beneficiaría a los dueños de vivienda en Baleares que, aunque no hubieran sufrido las consecuencias de ver su casa usurpada, podrían vivir tranquilos, sabiendo que los delincuentes serían echados de inmediato. Pero hete aquí el quid de la cuestión. En España, adueñarse de una propiedad ajena no hace al okupa delicuente, excepto en algunos casos. Entonces, ¿en qué circunstancias se ha podido aplicar esta instrucción que lleva un año funcionando en Baleares?

Para 'okupas de patada'

Blanca Llopis, abogada especializada en casos de okupación en edificios de entidades bancarias en Palma, comenta que la instrucción de la Fiscalía está sirviendo a abogados y agentes, pero no es oro todo lo que reluce. "Por suerte, el confinamiento no ha favorecido el incremento de okupas en las islas. La instrucción que dictó la Fiscalía balear para desalojar una vivienda está ayudando, pero relativamente. Digamos que se trata de una herramienta, se aplica de forma excepcional y no es la norma. En cuanto la policía ve algún resquicio de duda, no se arriesga a desalojar. Si en el inmueble okupado hay una familia, si encuentran menores, o les salen los okupas con una factura, no van a actuar. Esta fórmula solo vale para okupas de patada, si no la policía no se la juega. Los agentes prefieren dar parte al juzgado, con el atestado y listo", expone la letrada.

Los destinos turísticos, como las Islas Baleares, repletos de pisos de segunda residencia, a pie de playa, con jardines y piscinas, suelen ser una golosina para los okupas. El objetivo, para ralentizar lo máximo posible la ejecución de lanzamiento, es el del empadronamiento. "Como el okupa obtenga el padrón municipal en el piso okupado, de nada sirve esta herramienta judicial para desalojarlos en el momento", comenta la jurista desde su despacho BM Abogadas, ubicado en Palma.

"Los okupas se las saben todas. Rápidamente te traen una factura de luz, agua... En algunos casos te traen un recibí falso hecho por ellos mismos, alegando que han pagado la comunidad del bloque. Sean o no verdaderas esas facturas, anula la efectividad de la herramienta legal y, por lo tanto, no hay nada que hacer", añade Llopis.

No obstante, los agentes sí han echado mano en los casos claros. Cuando ha habido robo, violencia vecinal, intimidación en el bloque y amenazas de los okupas, entran y los desalojan. Para ello solo será necesario interponer una denuncia en la comisaria más cercana y demostrar con escrituras o contrato de alquiler que el inmueble pertenece al afectado.

"En esos casos sí se procede porque está muy clara la naturaleza delictiva. Pero cabe recordar que el propietario de la vivienda debe ser un particular, nunca una figura jurídica como un banco, las entidades no pueden acudir a esta herramienta de desalojo en 24 horas", matiza la experimentada abogada.

Aumentan las okupaciones

La izquierda política presiona y sigue avalando la okupación de inmuebles, en detrimento de los propietarios, quienes se encuentran indefensos y deben abandonar su casa el tiempo que tarde el procedimiento en el juzgado, pudiéndose demorarse hasta un año o más.

"Mi recomendación es que los propietarios, si no lo tienen claro, acudan a la vía civil. De este modo se aplicará la legislación del desahucio exprés aprobada por Mariano Rajoy en 2018. Es lo más rápido, ya que si no ven que hay indicios de delito, como puede ser entrada a la vivienda mediante la fuerza o la intimidación, no hay otra manera de exigir el desahucio que funcione con más eficacia. Esta ley, al menos, protege tu vivienda, defiende tu posesión", aclara Blanca Llopis.

Sin embargo, dependiendo de la región, el desahucio exprés deja de ser exprés debido a la lentitud del juzgado al que se presente la denuncia. El colapso en las oficinas de Justicia provoca que el procedimiento puede alargarse hasta un año. Por lo que todavía queda mucho por hacer. Baleares ha dado un pequeño paso, pero cabe decir que ninguna comunidad en España ha copiado esta fórmula, mientras que las estadísticas muestran que las okupaciones siguen aumentando.

Según las cifras de condenados por okupación de viviendas publicadas por el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2018 se dictaron 6.028 sentencias por este tipo de infracción y alrededor de 90.000 viviendas fueron okupadas en toda España. Actualmente se calcula que la cifra ronda las 100.000, según datos del comparador de seguros acierto.com. El derecho a la inviolabilidad del domicilio y a la propiedad privada siguen siendo asignaturas pendientes en nuestro país. Entretanto, los propietarios siguen desprotegidos.

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