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Hacienda se salta las recomendaciones de la OCDE para dar un palo fiscal a los extranjeros

La DGT ya ha asegurado que contabilizará los días que los extranjeros hayan estado en España en 2020.

La DGT ya ha asegurado que contabilizará los días que los extranjeros hayan estado en España en 2020.
Una terraza con turistas extranjeros, en Estepona (Málaga) | LD

La Agencia Tributaria ha confirmado que va a ir en contra de los criterios de la OCDE mediante una resolución de la Dirección General de Tributos (DGT). El motivo del desencuentro se explica en los días que un extranjero pasa en un tercer país para considerarse residente fiscal en este territorio o no. Si bien la suma establece que toda persona que pase 183 días o más en un país pasa a ser de manera automática residente fiscal en este territorio, la OCDE ha mantenido que no se tengan en cuenta los días comprendidos durante la vigencia del estado de alarma.

Sin embargo, la DGT ya ha asegurado que contabilizará los días que los extranjeros hayan estado en España en 2020 independientemente de si se han tenido que quedar en nuestro país debido a la proclamación del estado de alarma. Esto supone que, el fisco tendrá en cuenta a la hora de tributar a todos aquellos que hayan residido en territorio nacional 183 días o más. De esta manera, quienes se tuvieran que quedar confinados en España y superen esta estancia, que es de seis meses naturales, tendrán que tributar para la Hacienda española.

Según El economista, la citada resolución ha rechazado seguir los criterios de la OCDE debido a que estas personas "podrían regresar a sus países una vez que se levantaron las restricciones a la movilidad". El problema es que, quienes se tuvieran que quedar en territorio español desde el principio del año hasta el final del estado de alarma, pasaron 174 días residiendo en suelo español, solo nueve días menos de lo que establece el límite. Sin embargo, la falta de vuelos, conexiones y medios de transporte no hizo fácil la salida y muchos superaron los 183 días.

Aunque quedará por ver si los extranjeros en esta situación pueden presentar posteriores alegaciones, a los que se les aplique la norma tendrán que tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España. De esta manera, tendrían que declarar todas sus rentas mundiales y pagar por ellas a la Hacienda española. Además, también tendrían que hacer frente al Impuesto sobre el Patrimonio o el Impuesto de Sucesiones o Donaciones, en caso de que en 2020 recibieran una herencia o una donación.

De esta manera, España irá en contra de lo que ya han anunciado en Reino Unido, Irlanda o Australia, países que ya han afirmado que no contabilizarán los días que los extranjeros han pasado dentro de sus fronteras durante la vigencia de las restricciones a la movilidad internacional.

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