El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de este martes medidas para facilitar el cobro del Ingreso Mínimo Vital (IMV), tras el fracaso de la prestación. Cuando ya han pasado tres meses desde que el Ejecutivo diera luz verde a las solicitudes -el plazo para pedirlo arrancó el 15 de junio- el dinero sigue si llegar a sus destinatarios.
Tal y como reconoció hace unos días el propio ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, de las 900.000 solicitudes que ha recibido su organismo, sólo 90.000 familias han recibido la prestación a día de hoy, apenas el 10% del total. Según el Ejecutivo de Sánchez, al menos 850.000 hogares podrán ser perceptores del IMV. Si tenemos en cuenta que, de esa cifra, 75.000 rentas empezaron a pagarse de oficio a finales de junio, vemos que el Ejecutivo de Pedro Sánchez sólo ha sido capaz de dar luz verde a 15.000 solicitudes nuevas en estos tres meses.
Como ya publicamos en Libre Mercado, esta irrisoria cuantía revela el colapso de los servicios de Seguridad Social y el fiasco de la gran medida social del Gobierno. En muchos casos, la situación económica de los beneficiarios del IMV es límite, por lo que el carácter urgente de su cobro es evidente. Lo corroboran testimonios como el de Tamara, una madre soltera con un hijo pequeño, que el pasado 11 de marzo se quedó de un plumazo sin todos los ingresos que le proporcionaba su empleo como camarera y azafata de eventos. "Es el cumpleaños de mi hijo y el regalo de mis amigas ha sido una compra del supermercado", lamentaba esta mujer desesperada por la paga que le prometió el Gobierno y que anunció a bombo y platillo. Cobra un paro de 75 euros al mes.
Ya no tendrán que buscar el padrón
Hasta Pablo Iglesias ha calificado de "intolerables" estos retrasos, lo que ha generado un nuevo roce con el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá. Por todo ello, el Gobierno ha decidido a última hora modificar la normativa del IMV para dotar de agilidad su tramitación. La complejidad del formulario de solicitud, los documentos exigidos en su presentación y los problemas telemáticos han sido uno de los aspectos más criticados de este subsidio.
"Las mejoras se han introducido en la norma después de realizar una evaluación del funcionamiento de la prestación durante sus primeros tres meses de vigencia y permitirán facilitar su tramitación", señala el Ministerio de Seguridad Social.
Una de las medidas adoptadas permitirá el cruce masivo de datos de titulares y beneficiarios de las solicitudes con los que obran en el padrón, para poder obtener la información padronal de forma automática en el caso en que coincida la información entre el Padrón y la solicitud. "Con ello, se evitará que el ciudadano tenga que solicitar estos documentos a los municipios. No se requerirá, en relación con estos datos, el consentimiento de las personas empadronadas en el domicilio del solicitante", explican.
Además, los cambios procedimentales aprobados facilitarán la gestión del Ingreso Mínimo Vital a los beneficiarios de las rentas mínimas de inserción de las comunidades autónomas y de otras prestaciones estatales. En concreto, sobre las rentas de las CCAA, el INSS podrá reconocer a estas personas hasta el 31 de diciembre de 2020 si la comunidad autónoma certifica la constitución de la unidad de convivencia y tiene en su poder la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos de la prestación (salvo el de vulnerabilidad económica, que se comprueba con la Agencia Tributaria o con las haciendas forales).
"En materia de gestión también se priorizará el examen del criterio de vulnerabilidad al tramitar las solicitudes. Dado que su no concurrencia es el principal motivo de denegación de solicitudes, se establece el trámite de inadmisión previa para la situación vinculada exclusivamente a la situación de vulnerabilidad económica", explican.
Menos requisitos
También, se ha extendido el periodo de retroactividad del 15 de septiembre al 31 de diciembre. De esta forma, las solicitudes que se presenten hasta final de año tendrán efectos económicos desde el 1 de junio si en esa fecha se cumplían todos los requisitos. Si no se cumplían en esa fecha, los efectos económicos serán retroactivos al primer día del mes siguiente en que se cumplan los requisitos. "Con esta medida se pretende evitar que los problemas que han tenido los ciudadanos para obtener toda la documentación, especialmente en el contexto de pandemia, les haga perder derechos económicos", señala el departamento de Escrivá.
Además, se ha ampliado el plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes hasta 6 meses. Otra de las modificaciones que se realizar en la normativa es la eliminación del requisito previo de estar inscrito en los Servicios Públicos de Empleo, que pasa ahora a ser una obligación a posteriori que el beneficiario deberá cumplir en los 6 meses siguientes al reconocimiento del Ingreso Mínimo Vital. Estarán exentos de esta obligación los estudiantes de estudios reglados menores de 28 años, los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia, así como a personas mayores de 65 años, discapacitadas en un grado igual o superior al 65%, en situación de dependencia reconocida o perceptoras de pensiones contributivas de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez; de invalidez no contributiva o jubilación no contributiva.