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El Gobierno sabía desde mayo que Bruselas no multaría a los países que bajaran el IVA de las mascarillas

El Gobierno ha ido engordando las arcas del Estado con el IVA de las mascarillas cuando hace 6 meses que sabía que podía reducir el impuesto.

El Gobierno ha ido engordando las arcas del Estado con el IVA de las mascarillas cuando hace 6 meses que sabía que podía reducir el impuesto.
Mascarillas higiénicas en Mercadona | Europa Press

La Comisión Europea informó en mayo de que no iniciaría procedimientos de infracción contra aquellos países del bloque que decidiesen reducir el IVA de las mascarillas, a pesar de que se trata de una medida que impide la normativa comunitaria vigente sobre este gravamen.

El Gobierno lleva varias semanas insistiendo en que Bruselas le impedía rebajar el impuesto, cuando hace 6 meses que la Comisión informó de que no pensaba multar a ningún país por ello. De hecho, otros socios, como Italia o Portugal bajaron desde hace meses el IVA de este producto básico, dejando a España como el país que más carga fiscal aplicaba a las mascarillas.

Al fin, por presión popular, el Gobierno ha anunciado este miércoles una rebaja del IVA de las mascarillas desde el 21% hasta el 4% a partir del martes, una decisión que ha tomado tras consultar a la Dirección General de Fiscalidad del Ejecutivo comunitario. Según ha informado el Ministerio de Hacienda, Bruselas contestó este martes que la directiva actual no lo permite, pero también que no tiene intención de abrir expedientes contra los Estados miembros que decidan adoptar una modificación en esta dirección. Así, Hacienda lleva 6 meses haciendo caja.

6 meses haciendo caja

Sin embargo, esta información ya constaba en un documento con "orientaciones" sobre la aplicación del IVA a productos necesarios para combatir la pandemia de coronavirus que el Ejecutivo comunitario publicó el 5 de mayo este año y está disponible en la página web de la institución desde entonces, según señalan a Europa Press fuentes comunitarias.

De hecho, el texto versa principalmente sobre el tratamiento fiscal de las importaciones de productos sanitarios vitales durante la pandemia, pero Bruselas incluyó la referencia a comercio doméstico del IVA tras haber sido consultada al respecto por algunos Estados miembros.

En el documento, la Comisión Europea reitera que la compraventa en bloque de estos bienes no puede estar gravada por tipos reducidos o cero del IVA, porque los productos sanitarios no están en la lista de aquellos a los que la normativa permite beneficiarse de un tipo del IVA inferior al general.

Pero a continuación recuerda que hace cuatro años planteó una modificación legislativa que permitiría a todos los países fijar un tipo reducido o nulo a los productos que desearan. Es decir, en la práctica eliminaría la lista de bienes a los que los países pueden gravar con un tipo reducido.

Como todas las propuestas legislativas en materia fiscal, la reforma comunitaria del IVA debe recibir el visto bueno de todos los Estados miembros, algo muy complicado de conseguir, y por eso no ha sido todavía aprobada.

A pesar de ello, Bruselas se remite a un documento también de 2016, en el que ya avanzó su renuncia a iniciar infracciones que "estén en contradicción con la línea adoptada" por una propuesta legislativa presentada por el colegio de comisarios. De esta forma, la Comisión Europea confirmó hace seis meses que no iniciaría procedimientos de infracción contra los gobiernos que optasen por saltarse una normativa comunitaria.

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