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El Gobierno crea la figura del "consumidor vulnerable"

Se trata de los consumidores que se encuentran en "una situación de desventaja, desprotección, indefensión o subordinación frente a las empresas".

Se trata de los consumidores que se encuentran en "una situación de desventaja, desprotección, indefensión o subordinación frente a las empresas".
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, interviene durante una rueda de prensa de este martes | Europa Press

El Consejo de Ministros crea por decreto ley la figura del "consumidor vulnerable". Esta nueva nomenclatura hace referencia no sólo a personas con rentas bajas, sino a todo tipo de clientes, como menores, personas de avanzada edad o que el Gobierno considere que tienen bajo nivel de digitalización o de formación.

El Real Decreto-ley establece que las empresas tendrán la obligación de dar apoyo, a la hora de firmar un contrato, a estos consumidores. "Son episodios que nos pueden afectar a cada uno de nosotros a lo largo de la vida", ha explicado el ministro de Consumo, Alberto Garzón, este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Por tanto, según Garzón, nadie estaría exento de ser consumidor vulnerable. Puede ser usted.

A través de la modificación de la Ley General de Derechos de los Consumidores y Usuarios (LGDCU), el real decreto-ley desarrolla el concepto de consumidor vulnerable como aquel que, en sus relaciones de consumo, se encuentra en "una situación de desventaja, desprotección, indefensión o subordinación frente a empresas" y se ve expuesto a "abusos, fraudes, estafas y engaños".

Así, a partir de ahora, se crea un marco que permite a las administraciones públicas corregir estas supuestas situaciones de indefensión, "que se han visto agravadas en el último año por el aislamiento social y las restricciones a la movilidad a causa de la Covid-19", según precisa el Ministerio de Consumo en un comunicado.

Además, se incluye por primera vez en la ley de forma expresa la obligación, por parte de las empresas, de prestar los apoyos necesarios a los consumidores vulnerables para que puedan comprender correctamente el contenido de los contratos que firman.

El Real Decreto también establece que las campañas informativas o educativas divulgadas por las administraciones deberán prestar especial atención a sectores que cuenten con mayor proporción de consumidores vulnerables, como el financiero; y señala que las especificidades de los consumidores vulnerables tendrán que ser tenidas en cuenta por parte de las administraciones a la hora de establecer mecanismos para la resolución de controversias entre el consumidor vulnerable y las empresas.

Por otra parte, sienta las bases necesarias para desarrollos reglamentarios posteriores en aspectos como el etiquetado de productos, la información previa al contrato y la que debe incluirse en el mismo, la gestión de reclamaciones y la atención al cliente.

Entre los colectivos vulnerables que el Gobierno quiere proteger también se encuentran los más feminizados, los del ámbito rural o aquellos con bajo nivel educativo a la hora de firmar contratos complejos.

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