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Hacienda ignora al Supremo y sigue sancionando a los propietarios de vivienda

En materia inmobiliaria varios asuntos están en manos del Tribunal Supremo, que decidirá si dar la razón a los contribuyentes o dársela a la AEAT.

En materia inmobiliaria varios asuntos están en manos del Tribunal Supremo, que decidirá si dar la razón a los contribuyentes o dársela a la AEAT.
Un bloque de edificios | Alamy

La Agencia Tributaria ha sido doblegada en varias ocasiones ante los tribunales por aplicar criterios excesivos y que no se atienen a las normativas. En esta ocasión, el conflicto se está dando en materia inmobiliaria, donde varios asuntos están en manos del Tribunal Supremo, que decidirá si dar la razón a los contribuyentes o dársela a la AEAT. Sin embargo, pese a que son criterios que están en manos del Alto Tribunal, Hacienda no quiere esperar a la resolución judicial y continúa sancionado a decenas de contribuyentes que no están siguiendo el criterio del fisco y están esperando a lo que dicte el Supremo.

Son varios los criterios que ha seguido la AEAT y que ahora están en manos del Supremo, después de que diferentes tribunales hayan fallado a favor de los contribuyentes. Es el caso de la venta de una vivienda por un copropietario a otro. En este caso, Hacienda entiende que, si dos personas o más compraron una propiedad y en el momento de la venta se ha revalorizado, existe una ganancia patrimonial y se debe tributar como tal en el IRPF. Sin embargo, los tribunales opinan lo contrario y consideran que no se debe tributar. Este asunto está en manos del Supremo después de que tres Tribunales Superiores de Justicia fallasen en favor del contribuyente. Pese a ello, Hacienda sigue sancionando sin esperar al Alto Tribunal.

También está en manos de los tribunales la exención de los gastos de amortización de un inmueble cuando se alquila. Según la Ley, se puede deducir el 3% del coste de adquisición o valor catastral en el en el IRPF cuando se alquila una vivienda. Sin embargo, Hacienda entiende que esta deducción no es aplicable a los bienes recibidos por herencia o donación dado que no se ha pagado nada por ellos. El Supremo también está estudiando este conflicto. Pero, el fisco está sancionando a los contribuyentes sin esperar a que la Justicia dicte sentencia.

Por ello, "actuaciones como las descritas, que son reales, y han ocurrido a clientes del despacho, suponen una flagrante vulneración del principio de buena administración, implícito principalmente en el artículo 9.3 de la Constitución, y que proscribe la arbitrariedad", comentan desde Ático Jurídico. "De nada sirve que estas sanciones acaben siendo anuladas por los Tribunales. Y es que muchos son los contribuyentes desinformados, que no conocen la discusión jurídica existente sobre esta materia, y que por ello se conformarán y pagarán", añaden.

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