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Hacienda quiere un ejército de ciudadanos chivatos por toda España con su teléfono móvil

Las empresas y autónomos tienen hasta el 1 de julio de 2025 para meter en sus facturas un código QR que el cliente final podrá mandar al fisco.

Las empresas y autónomos tienen hasta el 1 de julio de 2025 para meter en sus facturas un código QR que el cliente final podrá mandar al fisco.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero | Archivo

Cerco de Hacienda a la facturación de empresarios y autónomos. El pasado mes de diciembre, la Agencia Tributaria (AEAT) aprobó el Reglamento Verifactu, un nuevo sistema tributario para controlar todas las facturas de forma exhaustiva.

Con su puesta en marcha, casi todas las operaciones que se hagan en comercios o bares se notificarán a Hacienda en tiempo real a partir del ticket de compra. "Los registros de facturación se enviarán a la sede electrónica de la Agencia Tributaria en el momento de su producción" explica el fisco. Así, la Agencia Tributaria estará al tanto a cada instante de, por ejemplo, los cafés con leche que se están comercializando en el país o las barras de pan que se dispensan.

Como viene siendo habitual, el objetivo de Hacienda con esta puesta en marcha es "prevenir y luchar contra el fraude fiscal". Tal y como señalaba el BOE, "este real decreto pretende conseguir la modernización de la dotación digital de pymes, microempresas y autónomos, a la vez que una mejora en el cumplimiento tributario y en la lucha contra el incumplimiento". Para ello "es preciso conseguir el abandono a corto plazo de técnicas de registro y gestión de facturación obsoletas, que van desde el uso de sistemas no digitales, hasta el empleo de sistemas no interoperables ni conectados entre sí", añadían.

Hasta el 1 de julio de 2025

Todas las empresas y autónomos obligados a cumplir la norma tienen de plazo hasta el 1 de julio de 2025 para adaptarse a ella. La nueva norma se aplicará a todos los empresarios y por todas sus operaciones, con la excepción de aquellos que ya estén sometidos al Suministro Inmediato de Información (SII), que son grandes empresas que ya informaban, o de los que no tengan obligación de facturación

Como ya publicamos en Libre Mercado, este cerco sin precedentes a la actividad empresarial nacional comenzó en el País Vasco en el año 2022, con el llamado Ticketbai, y no tardaría en extenderse por toda España. Ya entonces, los empresarios y autónomos vascos no daban crédito ante esta nueva herramienta fiscalizadora que, además de relegarles al papel de presuntos defraudadores, les obligaría a asumir todavía más costes económicos y burocráticos para cumplir con el fisco vasco. Y es que, además de hostigar a los contribuyentes, este sistema de control digital de facturas requiere de una inversión mínima en software para empresarios y autónomos. Algunos la cifraban en unos 1.000 euros.

Ahora, el Gobierno ha previsto que "pymes y autónomos puedan utilizar el kit digital del Plan de Recuperación" para financiar "las modificaciones en los programas informáticos que sean necesarias para adaptarse a la nueva reglamentación". Es decir, el Ejecutivo pretende que pidan la subvención pública para cumplir con el fisco. Además, Hacienda ha establecido una serie de requisitos para que las empresas que hacen cada software adapten sus productos a la nueva norma. Tienen 9 meses para adaptarse. Además, la Administración tributaria podrá desarrollar su propia aplicación informática. Empresas privadas como Declarando cuentan que "ya nos están están preguntando muchos autónomos inquietos por estos cambios". En su servicio de pago lo tendrán que incorporar.

Ciudadanos chivatos a golpe de QR

Al igual que ocurriera en el País Vasco, el principal cambio de este peculiar "gran hermano tributario" es que las facturas van a llevar integrado un código QR para que el ciudadano particular pueda comprobar si su refresco o la camiseta que acaba de comprar ha sido declarada a Hacienda. Además, también les permitirá ejercer de chivatos. Y es que, con solo usar su teléfono móvil, el consumidor de a pie podrá denunciar ante el fisco si la empresa en cuestión no ha hecho los deberes tributarios con la Administración. Así lo explica la propia AEAT.

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"El receptor de la factura, ya sea empresario o consumidor final, podrá proporcionar de forma voluntaria determinada información de la misma a la Agencia Estatal de Administración Tributaria facilitando los datos contenidos en el código «QR» de la factura, lo que puede realizarse con un dispositivo con capacidad para la lectura del código y de transmisión y recepción de datos" reza también el BOE. Hay que "incentivar al consumidor final para que solicite los comprobantes de sus operaciones y pueda remitir voluntariamente a la Administración tributaria la información básica de esas facturas para verificar su registro y la exactitud de los datos reflejados en las mismas" insisten.

Por lo que se refiere a su ámbito territorial, "es aplicable en toda España salvo en los territorios de régimen fiscal foral. En los Territorios Históricos de Vizcaya, Guipúzcoa y Álava, desde fechas recientes son aplicables los sistemas denominados Ticket Bai, cuyo funcionamiento es análogo al aprobado ahora para el resto de España", explican.

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