
El exdiputado y Policía Nacional Pablo Cambronero ha realizado un seguimiento de determinadas ayudas a países. En concreto, de los pagos realizados desde España y por medio de la Agencia Española de Cooperación (AECID) a la muy polémica República Dominicana -la parada estrella de los más de 60 vuelos del Falcon presidencial y epicentro del sistema de blanqueo de la trama del PSOE, Koldo y Aldama-. Y la recopilación de ayudas públicas a ese país ha sido llamativa: se han realizado más de treinta pagos con subvenciones a diversos organismos de República Dominicana.
Subvenciones muy llamativas
Entre esas subvenciones figura, por ejemplo, "una cuantiosa a la Fundación Inicia Educación, para supuestamente fomentar la educación en República Dominicana", señala Cambronero: "610.000€. Sin contraprestación", añade.
AECID también ha otorgado más de "170.000 € a la Fundación Dominicana de Ciegos" y ha entregado "187.753 € a la Fundación Solidaridad para gastar en República Dominicana". Otros "155.500 € para la Asociación de Municipios de la región de Enriquillo". "250.000€ a la Policía Nacional Dominicana en 2021". Y, "en consonancia con las ayudas a la Policía y la Procuraduría, AECID otorgó 238.421 € al Consejo del Poder Judicial de la República Dominicana".
"También recibieron dinero público español de AECID entidades locales dominicanas como el "Ayuntamiento de Santo Domingo Norte", añade Cambronero en su seguimiento. Igual que "AECID otorgó 350.000€ al Ministerio de la Mujer de la República Dominicana en 2022". La "Confederación de Mujeres del Campo" de la República Dominicana; el propio "Ministerio de Agricultura de la República Dominicana"; la "Junta Agroempresarial Dominicana" o la "Oficina Nacional de Estadística" se suman a esta larga lista de 30 partidas de subvenciones del Gobierno de España a uno de los países más polémicos en estos momentos por sus relaciones con las tramas del PSOE.
Y hay que recordar que la elección de este país por las tramas en cuestión ha despertado ya las dudas máximas de la UCO. En concreto, por su baja tributación, su colaboración con muchos matices en materia judicial -como están experimentando ya los agentes de la UCO enviados a República Dominicana- o la opacidad financiera que se han convertido en parte de los atractivos de este país a ojos de las tramas. Y, obviamente, también de la trama socialista.
La extradición como refugio de emergencia
Y hay un factor más muy delicado en los casos que investiga la Justicia española: una extradición con obstáculos políticos que se obtiene al tener la nacionalidad dominicana. Y esa condición se salva con una inversión mínima de tan sólo 200.000 dólares. La UCO teme que este factor esté en la mente de algunos de los integrantes de la trama como refugio de emergencia. Las posibilidades de extradición entre República Dominicana y España están recogidas en el Instrumento de Ratificación de 24 de febrero de 1984 del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en Materia Penal entre España y la República Dominicana, firmado en Madrid el 4 de mayo de 1981. El Título Primero recoge expresamente las posibilidades de activar el mecanismo de extradición:
"Artículo 1. Las Partes contratantes se obligan a entregarse recíprocamente, según las reglas y bajo las condiciones determinadas en los artículos siguientes, los individuos contra los cuales se haya iniciado un procedimiento penal o sean requeridos para la ejecución de una pena privativa de libertad impuesta judicialmente como consecuencia de un hecho punible cometido en su territorio o sobre el que el Estado requirente tenga jurisdicción". Por lo tanto, mandan las reglas determinadas. ¿Y cuáles son esas? Para empezar —artículo 2. 1—, "darán lugar a la extradición los hechos sancionados, según las Leyes de ambas Partes, con pena privativa de libertad cuyo máximo [de la pena] sea superior a dos años". Por debajo, quedan fuera del procedimiento de entrega.
El artículo 4. 1 introduce otro matiz importante: "La extradición no será concedida por delitos considerados como políticos por la Parte requerida o conexos con delitos de esta naturaleza. A los fines de la aplicación de este Tratado, el homicidio u otro delito contra la vida, la integridad física o la libertad de un jefe de Estado o de Gobierno o de un miembro de su familia o de persona constituida en Autoridad no será considerado como delito político". Pero este último supuesto no se daría en los casos de la trama socialista, por lo tanto, la extradición quedaría a valoración del contenido "político" de los delitos esgrimidos en la acusación. Y hay que recordar que la gran defensa del Gobierno de Pedro Sánchez es afirmar que se trata de una cacería y acoso "político", no de aplicación judicial sana por corrupción real.
El 4.2 aclara más: "Tampoco se concederá la extradición si la Parte requerida tiene fundados motivos para suponer que la solicitud de extradición, motivada por delito común, ha sido presentada con la finalidad de perseguir o castigar a un individuo a causa de su raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas, o bien que la situación de este individuo pueda ser agravada por estos motivos". Y, de nuevo, eso lo decide el mismo Gobierno que querrá demostrar, obviamente, que protege a sus contribuyentes y nacionalizados.
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