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Carlos Cuesta y Beatriz García analizan la nueva propuesta de Sánchez sobre vivienda.

El último ataque de Sánchez: favorece la okupación y toma el pelo al propietario

Carlos Cuesta y Beatriz García analizan la nueva propuesta de Sánchez sobre vivienda.

La línea de avales anunciada a bombo y platillo por el Gobierno para tratar de aplacar las críticas por la nueva prórroga de la suspensión de los desahucios esconde dos sorpresas: tan solo podrán beneficiarse de este seguro de impagos los propietarios que tengan alquilada su casa a los precios marcados por el Gobierno y solo lo podrán cobrar una vez que hayan logrado a echar a sus inquiokupas.

Así se desprende del texto publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, que recoge todos los requisitos de una medida con la que Pedro Sánchez busca convencer a Junts y PNV, los socios de investidura más críticos con la impunidad okupa que reina desde que el PSOE llegó a la Moncloa.

la literalidad del texto echa un jarro de agua fría a la causa. Para empezar, se establece que "para la obtención del aval el inquilino deberá cumplir, como mínimo, uno de los dos requisitos siguientes, tanto en el momento de suscripción del contrato de arrendamiento como del documento de compromiso del aval: a) Ser menor de treinta y cinco años. b) Tratarse de personas vulnerables de acuerdo con los criterios establecidos reglamentariamente". Hasta aquí, no habría problema, puesto que es precisamente por dicha vulnerabilidad por la que miles de propietarios no pueden recuperar sus casas.

El problema llega a continuación: "Asimismo, el otorgamiento del aval requerirá: a) Que la renta del alquiler no supere el índice estatal de referencia al alquiler. b) Depositar la fianza legal obligatoria del contrato de alquiler y sus actualizaciones. c) Suscribir por arrendador y arrendatario el compromiso relativo al aval al alquiler, con arreglo al modelo aprobado por la Administración". De esta forma, solo podrán beneficiarse del seguro de impagos aquellos propietarios que fijen una renta dentro de los límites marcados por el Gobierno.

La última sorpresa, y que choca de lleno con las reiteradas peticiones de las víctimas de la okupación, es que dicho seguro solo podrá cobrarse una vez que se haya logrado echar al inquiokupa, algo que, gracias a este decreto, vuelve a quedar en el aire. "La solicitud para el cobro de las cantidades debidas y avaladas se podrá realizar en el plazo de 6 meses desde que la propiedad recupere la posesión de la vivienda, ya sea, mediante resolución judicial de lanzamiento, ya sea mediante acuerdo judicial o extrajudicial que acredite dicha recuperación de la posesión", explicita el Boletín Oficial del Estado.

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