
La pasada semana, Libre Mercado informaba sobre la histórica decisión del gobierno español de resolver uno de los 27 laudos de las renovables que estaban en situación técnica de impago. Con este paso, el Ejecutivo da un paso atrás en su estrategia de incumplimientos y confirma que la estrategia de embargos de activos soberanos que han venido persiguiendo los acreedores en distintas jurisdicciones internacionales ha sido lo suficientemente exitosa como para motivar este primer acuerdo.
Desde el Ministerio de Transición Ecológica han querido quitarle hierro al asunto y han difundido algunos mensajes que pretenden confundir a la opinión pública. El argumentario empleado por el Ejecutivo incluye al menos tres bulos: el primero, la afirmación de que los cambios en los incentivos de las renovables se produjeron exclusivamente bajo un gobierno del PP; el segundo, la aseveración de que el gobierno de Pedro Sánchez ha reducido la litigiosidad en los tribunales de arbitraje internacional al ofrecer un acuerdo a los inversores afectados; y el tercero, la tesis de que la salida del Tratado de la Carta de la Energía respalda la estrategia de impagos que había venido siguiendo el Ejecutivo.
Vayamos al primero de estos tres bulos. En efecto, el gobierno español ha venido insistiendo en que los procesos de arbitraje internacional que han resultado en 27 sentencias adversas emanan de los cambios introducidos durante el mandato de Mariano Rajoy. Y es cierto que, en 2013 y 2014, las medidas que adoptó el PP propiciaron buena parte de las denuncias contra España, en la medida en que la Ley 15/2012, el Real Decreto-ley 2/2013, el Real Decreto-ley 9/2013, la Ley 24/2013, el Real Decreto 413/2014 y la Orden 1045/2014 revirtieron de manera retroactiva las primas renovables, situando asimismo su remuneración a futuro muy por debajo de lo prometido a las empresas y fondos internacionales que invirtieron 70.000 millones en el sector.
No obstante, no hay que olvidar que, bajo gobierno de Rodríguez Zapatero, el PSOE también aprobó medidas que afectaron al sector de manera muy similar, caso Del Real Decreto 1564/2010 o el Real Decreto-ley 14/2010. Dos de los arbitrajes iniciados contra España (los casos Charanne y PV Investors) se iniciaron precisamente por este motivo. Por lo tanto, no es cierto que la modificación de las condiciones de inversión sea responsabilidad exclusiva del PP, sino que también se han producido distintas denuncias por los cambios que introdujo el PSOE.
Dicho esto, la actual controversia no está relacionada con los cambios que afectaron tan negativamente a la seguridad jurídica de quienes invirtieron en España, sino con la decisión del gobierno de Pedro Sánchez de incumplir durante años todos y cada uno de los laudos dictados en contra del Reino. Esta decisión se corresponde exclusivamente con la acción del actual gobierno del PSOE y, más específicamente, con la insistencia de la ex ministra Teresa Ribera en no cumplir con estas obligaciones. Dicho esto, es cierto que su sucesora en el cargo, Sara Aagesen, ha empezado a revertir esta política y, tras el registro del caso JGC ante los tribunales de Estados Unidos, ha llegado a un acuerdo con la compañía nipona que ha supuesto el primer pago de un laudo de las renovables.
El pacto fallido de Ribera
Pasemos ahora a la segunda falsedad que ha puesto encima de la mesa el Ejecutivo. En su respuesta a medios, el ministerio de Transición Ecológica apunta que su anterior equipo "aprobó medidas compensatorias en 2019 que han frenado las reclamaciones en contra del Reino de España y que han conseguido que las indemnizaciones reconocidas en los arbitrajes sean menores". La primera de las dos afirmaciones que hace el ministerio alude al Real Decreto-ley 17/2019, mediante el cual Teresa Ribera quiso poner fin a los litigios ofreciendo un acuerdo a los inversores.
Sin embargo, la evidencia muestra que la aprobación del RDL 17/2019 no tuvo como resultado la terminación anticipada de ningún arbitraje, puesto que ni uno solo de los inversores optó por acogerse a la solución propuesta por Ribera. De hecho, dos de los tres desistimientos conocidos (Alten y TS Villalba) se dieron después del periodo de aplicación del procedimiento de Ribera, que expiraba en diciembre de 2020. Para ser precisos, TS Villalba acabó su batalla legal en marzo de 2022, mientras que Alten puso fin al litigio en junio de 2022.
Además, es importante tener en cuenta que el "decretazo" propuesto por Ribera recortaba adicionalmente las primas renovables, pasando del 7,3% al 7,1%. Este tajo se tradujo en una actualización de las indemnizaciones reclamadas en los arbitrajes internacionales, al considerar los afectados que el marco propuesto por el gobierno resultaba aún más lesivo. Por lo tanto, las cuantías exigidas en los procedimientos más recientes fueron aún mayores.
La falsedad del TCE
En tercer lugar, desde el gobierno han insistido en que "la UE en su conjunto decidió abandonar el Tratado de la Carta de la Energía (TCE) en abril de 2024, al considerar que su aplicación impediría cumplir los objetivos ambientales de la UE y lastraría la acción climática de los gobiernos, con demandas millonarias para proteger los intereses de la industria de los combustibles fósiles". De nuevo, el argumentario del Ejecutivo es falaz, puesto que las inversiones objeto de protección del TCE fueron realizadas cuando dicho acuerdo estaba plenamente en vigor. Así, que la UE deje el Tratado en 2025 resulta a todas luces irrelevante, puesto que hablamos de disposiciones normativas aprobadas entre 2010 y 2014. De hecho, también es importante recalcar que el TCE incluye una cláusula de abandono que reconoce la debida protección de las inversiones realizadas en el campo de la energía durante los veinte años posteriores a la salida del tratado.
Cabe apuntar, por otro lado, que el TCE no impide la acción climática, puesto que su articulado no establece diferencias entre unas y otras formas de energía. Simplemente se trata de un acuerdo internacional que regula la aplicación de principios básicos como la seguridad jurídica, el imperio de la ley y la estabilidad regulatoria.