(Libertad Digital) Según asegura la agencia de noticias Europa Press , la reforma pretende mejorar la puesta en marcha de mecanismos internos de control de operaciones de riesgo por parte de las entidades financieras, desde que empiezan a operar. Además, introduce importante novedades en la composición de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales. Los puntos de mayor interés de la reforma son: la inclusión del ordenante en las transferencias, la intensificación de la obligación de identificación, la verificación de los procedimientos y órganos internos de prevención del blanqueo de las entidades financieras en el momento de su autorización, y la incorporación del director del Centro Nacional de Inteligencia a la Comisión de Prevención del Blanqueo.
Economía considera que la inclusión del ordenante en toda transferencia incrementará "notablemente" la transparencia de los movimientos internacionales de fondos, "reforzando la capacidad de los poderes públicos para prevenir e investigar tanto el blanqueo de capitales como la financiación del terrorismo". Además, el Ministerio de Economía cree que se ha de exigir a los sujetos obligados el conocimiento de la actividad profesional o empresarial de sus clientes.
Otro punto sobre el que incide la reforma es la verificación de los procedimientos y órganos internos de prevención del blanqueo de las entidades financieras en el momento de su autorización. Por eso, el Ministerio de Economía cree conveniente que las entidades financieras cuenten con procedimientos y órganos "adecuados" de control de operaciones de riesgo de blanqueo, desde el mismo momento que empiecen a operar.
Otra de las medidas de más calado es la incorporación del director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, órgano colegiado presidido por el secretario de Estado de Economía e integrado por representantes de la Fiscalía, de la Administración General del Estado, de comunidades autónomas y del Banco de España.
Economía considera que la inclusión del ordenante en toda transferencia incrementará "notablemente" la transparencia de los movimientos internacionales de fondos, "reforzando la capacidad de los poderes públicos para prevenir e investigar tanto el blanqueo de capitales como la financiación del terrorismo". Además, el Ministerio de Economía cree que se ha de exigir a los sujetos obligados el conocimiento de la actividad profesional o empresarial de sus clientes.
Otro punto sobre el que incide la reforma es la verificación de los procedimientos y órganos internos de prevención del blanqueo de las entidades financieras en el momento de su autorización. Por eso, el Ministerio de Economía cree conveniente que las entidades financieras cuenten con procedimientos y órganos "adecuados" de control de operaciones de riesgo de blanqueo, desde el mismo momento que empiecen a operar.
Otra de las medidas de más calado es la incorporación del director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, órgano colegiado presidido por el secretario de Estado de Economía e integrado por representantes de la Fiscalía, de la Administración General del Estado, de comunidades autónomas y del Banco de España.