LD (EFE) Así lo ha acordado la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en un auto en el que desestima los recursos interpuestos por los 8 imputados, salvo De la Rosa, y los representantes de 6 empresas, que constan en las actuaciones como responsables civiles, contra el que dictó el juez Baltasar Garzón transformando las diligencias previas en procedimiento abreviado, como paso previo a la apertura de juicio oral contra ellos. No obstante, el tribunal estima en su resolución el recurso presentado por la ONCE contra el auto de Garzón, "dejando, en consecuencia, sin efecto la declaración directa o subsidiaria de la misma en el presente procedimiento".
El pasado 28 de febrero, Garzón decidió dar por concluidas las investigaciones y mantuvo así las imputaciones contra De la Rosa, Durán, el ex vicepresidente y el ex secretario general de la cadena de televisión, Santiago Muñoz Machado y Juan Carlos López Cid-Fuentes, respectivamente; el ex consejero delegado y el ex abogado de Fininvest, Alfredo Messina y Giovanni Acampora; y los empresarios Rafael Alvarez-Buiza y Angel Medrano.
En sus recursos, los imputados apelaban a la "necesidad de decretar el archivo total de las actuaciones al afectar a la inmunidad de un jefe de Estado", el primer ministro italiano y propietario del grupo empresarial Fininvest Silvio Berlusconi. Según el tribunal, "la posibilidad de enjuiciar por separado a los coimputados en una misma causa penal es una posibilidad prevista en el artículo 784 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que resulta ajustado a derecho la posibilidad de que uno de ellos pueda ser juzgado por otro lado". Tampoco aprecia el tribunal que el enjuiciamiento por separado de los no aforados vulnere su derecho de defensa, al no poder contrastar sus declaraciones con las de los aforados.
En cuanto a la supuesta prescripción de los delitos, alegada por los recurrentes, la Sala recuerda que en este momento procesal no puede adentrarse "a conocer del fondo debatido" y señala que esta alegación la podrán realizar en el momento del juicio.
El auto recurrido
En el auto recurrido, Garzón decidió mantener la suspensión de la tramitación de la causa -acordada en octubre de 2001- para Berlusconi y su hombre de confianza y miembro del Parlamento Europeo Marcello Dell'Utri, "en tanto se remuevan los obstáculos procesales que impiden dirigir contra ellos la acción penal".
Garzón consideraba en su resolución que los ocho imputados para los que dio por concluida la investigación, junto a otros como Berlusconi, contribuyeron a elaborar "el diseño de una estrategia" que garantizara "el ocultamiento de las infracciones fiscales y de la legislación administrativa" que se estaban cometiendo a través de una serie de operaciones mercantiles de carácter ilícito.
Entre 1988 y 1996, los acusados defraudaron presuntamente a Hacienda más de 90.151.815 euros, cometiendo así, según el juez, diecisiete delitos contra la hacienda pública, seis de falsedad en documentos públicos y mercantiles, uno de administración desleal y otro de otorgamiento de contrato simulado.
El pasado 28 de febrero, Garzón decidió dar por concluidas las investigaciones y mantuvo así las imputaciones contra De la Rosa, Durán, el ex vicepresidente y el ex secretario general de la cadena de televisión, Santiago Muñoz Machado y Juan Carlos López Cid-Fuentes, respectivamente; el ex consejero delegado y el ex abogado de Fininvest, Alfredo Messina y Giovanni Acampora; y los empresarios Rafael Alvarez-Buiza y Angel Medrano.
En sus recursos, los imputados apelaban a la "necesidad de decretar el archivo total de las actuaciones al afectar a la inmunidad de un jefe de Estado", el primer ministro italiano y propietario del grupo empresarial Fininvest Silvio Berlusconi. Según el tribunal, "la posibilidad de enjuiciar por separado a los coimputados en una misma causa penal es una posibilidad prevista en el artículo 784 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que resulta ajustado a derecho la posibilidad de que uno de ellos pueda ser juzgado por otro lado". Tampoco aprecia el tribunal que el enjuiciamiento por separado de los no aforados vulnere su derecho de defensa, al no poder contrastar sus declaraciones con las de los aforados.
En cuanto a la supuesta prescripción de los delitos, alegada por los recurrentes, la Sala recuerda que en este momento procesal no puede adentrarse "a conocer del fondo debatido" y señala que esta alegación la podrán realizar en el momento del juicio.
El auto recurrido
En el auto recurrido, Garzón decidió mantener la suspensión de la tramitación de la causa -acordada en octubre de 2001- para Berlusconi y su hombre de confianza y miembro del Parlamento Europeo Marcello Dell'Utri, "en tanto se remuevan los obstáculos procesales que impiden dirigir contra ellos la acción penal".
Garzón consideraba en su resolución que los ocho imputados para los que dio por concluida la investigación, junto a otros como Berlusconi, contribuyeron a elaborar "el diseño de una estrategia" que garantizara "el ocultamiento de las infracciones fiscales y de la legislación administrativa" que se estaban cometiendo a través de una serie de operaciones mercantiles de carácter ilícito.
Entre 1988 y 1996, los acusados defraudaron presuntamente a Hacienda más de 90.151.815 euros, cometiendo así, según el juez, diecisiete delitos contra la hacienda pública, seis de falsedad en documentos públicos y mercantiles, uno de administración desleal y otro de otorgamiento de contrato simulado.