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José María de Azpilcueta

Ventas a corto

Los que se oponen a las ventas a corto se olvidan frecuentemente de que éstas, por sí mismas, no generan una caída permanente en el precio de las acciones. Son un camino de ida y vuelta: hay una venta inicial pero también una compra posterior.

Los índices de las principales bolsas mundiales han descendido cerca de un 50% desde los comienzos de 2008. En el caso concreto del sector financiero, el descalabro bursátil es todavía mayor. En este contexto, no son pocos los que han apuntado al mecanismo de las venta a corto de acciones como uno de los principales causantes de las fuertes caídas de la renta variable en los últimos meses. La venta a corto es parte integrante de ese grupo de elementos que, como en la película de Kevin Spacey, son "sospechosos habituales": las agencias de rating, la titulización, los banqueros de inversión... Y es que mientras haya suficientes chivos expiatorios que ofrecer a la ciudadanía por parte de los políticos, se evita señalar con el dedo a los verdaderos culpables de esta crisis: los bancos centrales y su política de tipos de interés.

Una venta a corto de una acción es una operativa bursátil por la cual alguien pide prestado a un tercero una acción con el objetivo de venderla y comprarla –posteriormente– a un precio inferior y con el compromiso de devolvérsela a su propietario en el plazo convenido. El potencial beneficio se obtendrá si el precio al que se vende inicialmente la acción es superior al precio de compra posterior. Una operativa similar –no permitida, sin embargo, por la regulación española– es la "venta a descubierto" (naked short selling en inglés). La principal diferencia con la venta a corto es que las acciones pueden ser vendidas sin necesidad de pedirlas prestadas.

Curiosamente, mientras que hasta hace bien poco las compras apalancadas o financiadas abundaban en el mercado sin que nadie exigiera su supresión, la operación opuesta –ventas a corto– está siendo injustamente vilipendiada. La razón fundamental –afirman sus detractores– para exigir su prohibición es que las ventas a corto generan una espiral de sucesivos descensos en las cotizaciones y, como consecuencia, el mercado podría interpretarlo como una indicación infundada de la dudosa solvencia de la empresa o institución financiera en cuestión.

Los que se oponen a las ventas a corto se olvidan frecuentemente de que éstas, por sí mismas, no generan una caída permanente en el precio de las acciones. No debe olvidarse que una venta a corto es un camino de ida y vuelta: hay una venta inicial pero también una compra posterior. Los precios bajarán si la oferta de acciones es superior a su demanda. En cualquier caso, si muchos inversores –o pocos, pero grandes– desean vender, aunque sea a corto, una acción, es porque piensan que ésta bajará en un futuro. De esta forma, las ventas a corto proporcionan una valiosa información al mercado.

Sin embargo, el principal argumento en contra de la prohibición de las ventas a corto es simple pero contundente: si una persona quiere vender una acción que ha recibido prestada, y sobre la que su propietario únicamente exige su devolución al final de un plazo acordado, esa persona está en su pleno derecho de vender y comprar la acción cuantas veces desee. Bajo mi punto de vista, aún siendo consciente de la situación que se vive actualmente en los mercados, si los reguladores sucumben a las presiones y deciden poner restricciones adicionales a la venta de acciones por temor a que se produzcan caídas terribles en las bolsas, entonces... el control sobre los precios bursátiles sería una triste realidad.  

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