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Más quiebras y menos bancos centrales

Los bancos centrales han causado la crisis mediante la manipulación arbitraria de los tipos de interés y, además, no han permitido que los procesos de mercado depuren y eliminan las malas prácticas bancarias. Juan Morillo Bentué.

Vinicius dijo el día 25 de Agosto de 2009 a las 14:10:

¡Y venga con el mantra del descalze de plazos! ; con esta cantinela pretendeis cohonestar , cosa imposible, la existencia de un sistema financiero basado en la reserva fraccionaria (con o sin Bancos Centrales) con la Teoria monetaria Austriaca o del credito circulatorio del ciclo enonomico; ¡que no!; el descalze de plazos o arbitraje de tipos de interes no es la causa sino el efecto de la existencia del coeficiente de reserva fraccionaria, en virtud del cual los banqueros usando un privilegio monopolista puden apropiarse indebidamente de una gran parte (actualmente aproximadamente del 98%) de los depositos a la vista de sus clientes; es mas, incluso pueden crear exnovo , de la nada , depositos a la vista (dinero) con cargo a Créditos mediante simples asientos contables; es el famoso multiplicador bancario; y esto ocurre con o sin descalze de plazos, si bien es cierto que cuanto mayor sea el descalze mas grave será la situación; es metafisicamente imposible que una misma cantidad de dinero (el 98% del deposito a la vista) este plenamente disponible para ambos contratantes (el depositante y el banco); un contrato de deposito a la vista sin la reserva del 100% por parte del banco, se convierte en un aborto juridico , en palabras del jurista Clemente de Diego, ya que una cosa no puede ser A y B al mismo tiempo, es decir al la vez un contrato de prestamo y de deposito a la vista cuyas causas son radicalmente incompatibles; o es A, o es B ; lo que no puede ser no puede ser y ademas es ontologicamente imposible; de ahi que cuando este aborto juridico se permite, se generen profundas descoordinaciones en el proceso de interacción social, mediante incrementos artificiales y coactivos de la oferta monetaria porque hay dos personas que subjetivamente se creen poseedores de la misma cantidad de dinero, el depositante inicial y el prestatario final a quien el banco, previa disposicion indebida del deposito, le presto dinero con cago a este; ese deposito inicial a la vista es dinero, pero no capital o si se prefiere fondos prestables; lo será cuando el depositante decida invertirlo mediante la concesión de un prestamo al banco, a un fondo de inversión , a un emisor de bonos o acciones o en su propia empresa para la adquisicion de bienes de capital y/o trabajo; y si no hace nada de esto, suponiendo que ese deposito proceda de rentas no gastadas, el proceso inversor no se detiene, ya que los bienes del orden primero que el depositante renuncia a consumir (ahorro) seran adquiridos por los capitalistas y/o empresarios interesados en expandir sus negocios.; este atesoramiento, si fuese generalizado, lo unico que provocaria es una disminución en el precio relativo tanto de los bienes de consumo como de los bienes de capital y un correlativo incremento en el poder adquisitivo del dinero; nada mas