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Blanco ocultó infracciones de Ryanair el año que le concedió subvenciones

El ministro de Fomento ocultó infracciones cometidas por la compañía en 2009, cuando el Gobierno aprobó una subvención aeroportuaria.

Nueva polémica en curso para el ministro de Fomento, José Blanco. AENA, el gestor público aeroportuario dependiente de Fomento, ocultó infracciones de la compañía aérea Ryanair cometidas durante la temporada de verano de 2009, ejercicio en el que recibió una subvención pública por parte del Gobierno. Preguntado sobre esta cuestión en una sesión plenaria celebrada el 17 de noviembre de 2009, Blanco, contestando al senador del PP Ignacio Burgos, afirmó que tanto su Ministerio como AENA no detectaron "irregularidad alguna" por parte de Ryanair. Sin embargo, varios documentos oficiales demuestran lo contrario.

En el Debate de la Nación del año 2009, el Gobierno anunció la aprobación de una bonificación general del "cien por cien" en el pago de tasas aeroportuarias para aquellas compañías que transportasen más pasajeros respecto a 2008. Ryanair fue una de las más beneficiadas. Dichas tasas afectan al aterrizaje, pasajeros y seguridad y son abonadas mensualmente por las aerolíneas por utilizar todas las infraestructuras de los aeropuertos. Blanco precisó por entonces que la eliminación de estas tasas generaría un incremento "sustancial" del número de pasajeros que viajan en avión, lo que supondría un importante estímulo para el sector turístico español.

Poco después, el 5 de octubre de 2009, seis sindicatos profesionales del sector aeronáutico enviaron un escrito a Fomento, y expresamente a Blanco, en el que denunciaban el trato de favor que diversas Administraciones Públicas, entre ellas AENA, estaban otorgando a Ryanair. La empresa pública negó tales acusaciones, afirmando que las condiciones de operación eran idénticas a las de sus competidores.

La polémica que suscitó dicha denuncia llegó a la arena política un mes más tarde, en noviembre de 2009, cuando el senador Burgos preguntó sobre esta cuestión a Blanco en una sesión plenaria. En concreto, Burgos aseveró sobre "una supuesta falta de supervisión a esta compañía" por parte de la Dirección General de la Aviación Civil y de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea), dependientes de Fomento. Blanco contestó lo siguiente:

Yo le he de decir que [Ryanair] no tiene ninguna ventaja, que todas las actuaciones del Ministerio en relación con esta compañía son idénticas a las actuaciones en relación con otras compañías [...] Y en lo que respecta al Ministerio de Fomento, éste y AENA están analizando todo lo referente a esa compañía en relación con la autorización de las infraestructuras aeroportuarias, y la Agencia de Seguridad Aérea [...] está vigilando la normativa de seguridad y protección de los derechos de pasajeros para ver si se cumplen o no en la relación con la denuncia [...]

Y le tengo que decir que Ryanair es la compañía extranjera que más inspecciones ha tenido en el año 2009, y hasta el momento no se ha detectado irregularidad alguna, y si en algún momento la detectamos actuaremos en consecuencia, sobre todo para garantizar las normas de seguridad que tenemos establecidas. Además, le puedo asegurar dos cosas: que ninguna compañía aérea tiene trato de favor y, por supuesto, Ryanair tampoco, y que la seguridad aérea es prioritaria para este Gobierno.

Sin embargo, la División de Coordinación de Slots Aeroportuarios de AENA, cuyo máximo responsable es Ignacio Monasterio Díez, ya había detectado durante la campaña veraniega (de marzo a octubre de 2009) numerosas infracciones en materia de franjas horarias (slots en terminología internacional) cometidas por Ryanair en el Aeropuerto de Alicante.

Este servicio, dependiente de AENA, es el responsable de proporcionar los horarios exactos para autorizar despegues y aterrizajes en la red de aeropuertos coordinados españoles, y su funcionamiento se rige por normativa comunitaria Reglamento (CEE) nº 95/93 (y modificaciones posteriores) y nacional (Ley 21/2003 de Seguridad Aérea). En concreto, el slot aeroportuario o "franja horaria" es el permiso oficial que se otorga a una compañía para utilizar toda la infraestructura aeroportuaria necesaria con fines de aterrizaje y despegue en una fecha y hora determinadas.

Su incumplimiento por parte de la aerolínea (despegar a una hora distinta a la asignada) conlleva una sanción de entre 3.000 y 30.000 euros por vuelo (artículo 49 de la Ley 21/2003). Por poner un ejemplo, AENA denunció a Vueling que, finalmente, fue multada con un millón de euros por incumplir sus horarios en el Aeropuerto de Barcelona en 2007. La coordinación de slots es una competencia exclusiva y monopolística de AENA a fin de optimizar la capacidad en los aeropuertos españoles, al igual que su supervisión y la comunicación de apertura de expedientes sancionadores.

La cuestión es que la División de Slots que dirige Monasterio ya había detectado desde finales de marzo de 2009 numerosas irregularidades de este tipo en el uso de las infraestructuras del Aeropuerto de Alicante. Según ha podido saber Libre Mercado, la entidad solicitó la apertura de un expediente con un número de presuntas infracciones superior a las 50, con una sanción que podría oscilar entre los 150.000 y el millón y medio de euros.

Sin embargo, según fuentes conocedoras del proceso, la División suprimió vuelos infractores del borrador de la denuncia original: otros 60, con una sanción estimada de entre 180.000 euros y 1.800.000 euros; es decir que no todas las infracciones fueron finalmente denunciadas a la autoridad competente (AESA). Además, la solicitud de expediente sancionador pudo retrasarse a 2010 con objeto de que no coincidieran con el ejercicio en que Ryanair recibió las citadas subvenciones.

Tres documentos demuestran este punto. Por un lado, la base de datos de Geslot (confidencial), la herramienta informática de AENA en donde se vuelcan las franjas horarias solicitadas por la aerolínea (verde claro), las adjudicadas por la entidad pública (rojo) y la hora exacta a la que operó realmente la compañía (verde oscuro). Libre Mercado ha tenido acceso a algunas de las infracciones no denunciadas que fueron cometidas por Ryanair en el aeropuerto de Alicante durante la temporada de verano de 2009.

Así, se observa que los vuelos efectuados no coinciden con el horario oficial asignado -y sí con los slots solicitados por la aerolínea-, lo cual conllevaría una sanción por cada "vuelo operado fuera del slot asignado". Esto constituye, además, un peligro para la seguridad aérea ya que, por un lado, no se utiliza el slot del que se dispone y, por otro, se usa uno que no se tiene, coincidiendo entonces el vuelo infractor con el vuelo que tiene el slot correcto.

Por otro lado, según declaró Monasterio ante el Magistrado D. Miguel Moreiras Caballero el pasado 18 de febrero de 2010, en el año 2009 se había iniciado un expediente sancionador "por sólo cuatro vuelos" [refiriéndose a rutas], dando así a entender que sí existía un proceso abierto -los más de 50 vuelos citados-. Pese a ello, de la denuncia original se excluyeron otros tantos vuelos infractores, según las fuentes consultadas. Además, en cuanto a Ryanair, reconoció que había un borrador de "denuncia" preparado contra esta compañía desde octubre de 2009. Sin embargo, semanas después el ministro Blanco (como hemos visto) lo negaría tajantemente en el Senado.

Hace unas semanas, Monasterio en comparecencia ante el Juzgado de Instrucción nº 18 de Madrid, manifestó que las personas responsables de detectar estos incumplimientos eran la Jefa del Departamento de Seguimiento de Slots (P.E.B. por sus iniciales) y una empleada de AENA (L.G.F.). P.E.B. causó baja médica desde marzo de 2009, lo cual indica que toda la responsabilidad de detectar esos incumplimientos en la temporada de verano de 2009 y de notificarlos a la Autoridad Aeronáutica debía recaer en L.G.F., según Monasterio, que tendrá que explicar cómo con dos millones de vuelos operando en los aeropuertos de AENA sólo se detectaron cuatro rutas infractoras en 2009.

Posteriormente, una Abogada de AENA negará en junio de 2010, ante el mismo Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que existiera denuncia alguna contra esta compañía aérea por infracciones cometidas en la temporada de verano de 2009. Sin embargo, en respuesta a una denuncia interna, la Comisión Europea (CE) señaló que Ryanair sí fue sancionada por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea por incumplimientos en la temporada de verano de 2009, según le comunicaron las autoridades españolas, en contra de lo manifestado por Blanco.

Por último, la propia Ryanair remitió una carta al Ministerio de Industria en enero de 2011 exigiendo la retirada de 65 multas por un valor total de 1,23 millones de euros por considerarlas "discriminatorias", bajo la amenaza de cerrar de forma generalizada rutas y recortar tráfico y puestos de trabajo en España.

La misiva incluía una relación de los procedimientos sancionadores abiertos en el que se aprecia un expediente concreto, el número 61 denominado "007-10" (Slot Deviation), lo cual indica que fue iniciado en 2010 en lugar de en 2009 para que no se relacionaran estos incumplimientos con las subvenciones otorgadas a esta compañía en 2009, según estas mismas fuentes.

En definitiva, de los documentos citados se desprende que AENA hizo la vista gorda con las infracciones en materia de slots cometidas por Ryanair en 2009, y el procedimiento sancionador que sí se aplicó (aunque por bastantes menos infracciones que las detectadas y cometidas) finalmente fue retrasado a 2010 con objeto de que fuera desligado de las subvenciones de 2009. Todo ello, sin embargo, fue negado por el ministro Blanco en el Senado.

Respuesta de AENA

La entidad pública, en respuesta a esta información, aclara que Ryanair no fue la única compañía que se benefició en 2009 de la exención de tasas aeroporturarias sino que fueron "más de 40". Reafirma, además, el cumplimiento estricto de las inspecciones por parte de las autoridades competentes, según la normativa vigente, siendo Ryanair la que más controles registra, por ser una de las que más vuelos opera a lo largo del año.

AENA añade, además, que el incumplimiento de slots no afecta en ningún caso a la seguridad aeroportuaria, y que los expedientes sancionadores se aplican cuando el incumplimiento es "reiterado y significativo".

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