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José T. Raga

Para qué otra reforma laboral

¿Para qué necesitamos otra reforma laboral? ¿Por qué no hacemos cada uno lo que se supone que tenemos que hacer, y no más?

La respuesta no es la que cualquier persona sensata podría imaginar. No se trata de averiguar el objetivo social que se pretende cumplir con la reforma instada desde el FMI; lo que planteamos son las dudas respecto a la utilidad de la reforma en sí. Ello no proviene de que la reforma no sea precisa, sino de que, aun gozando de la máxima justificación, algún órgano o institución pondrá todo su empeño en convertir en estéril la mejor de las reformas.

Es evidente que cualquier norma o disposición está impregnada de una motivación, que tiene en cuenta el legislador para, interpretando la necesidad social, conformar el precepto, bien punitivo, para castigar conductas delictivas, bien simplemente regulatorio, para ordenar las relaciones entre la administración y el administrado o entre los propios administrados.

A partir de ahí, serán los jueces los que, conociendo su espíritu y su letra, apliquen los preceptos sin consideración a personas ni a intereses específicos. No es misión del juzgador determinar si la promulgación de la norma fue acertada o desacertada, menos aún si el precepto es conveniente o deja de serlo. Su misión es juzgar el hecho acaecido y aplicar el patrón que establece la norma, considerando su espíritu para una más correcta interpretación de la misma.

Ante la información difundida de ciertas sentencia y resoluciones, parece poderse afirmar que el juzgador va un poco más lejos de su estricta función. Diríamos que se inclina, bien por juzgar la procedencia de la norma en sí, bien por contravenirla, en aras de la protección sui generis de un mejor derecho.

Así, hemos visto la denegación de expedientes de regulación de empleo cuando la inviabilidad económica de la empresa era más que evidente; o que se ha dejado en libertad a un condenado porque el juez competente –el de Vigilancia Penitenciaria–comprobó que estaba en fase terminal quien para nada lo estaba.

¿Cuál es realmente el problema? No puedo suponer que sea un acto de soberbia, y menos de prevaricación. Lo atribuyo a la difícil consideración de dos planos en conflicto: el del deber ser, al que están acostumbrados los juristas, y el del ser, al que pertenece el mundo de los hechos económicos, científicos, etc. Cuando las cosas son (la quiebra), no cabe el juicio de que no deberían ser. Los hechos económicos, como ocurre con los de la física, corresponden al ser, no al deber ser. La ley de la gravedad seguirá vigente aunque el poder legislativo, el judicial o el ejecutivo decidan lo contrario.

Por ello, ¿para qué necesitamos otra reforma laboral? ¿Por qué no hacemos cada uno lo que se supone que tenemos que hacer, y no más? Seguro que todo iba mejor.

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