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La Audiencia Nacional anula 156 despidos previstos por Panrico para 2015 y 2016

Para la sala de lo social de la Audiencia Nacional los despidos en Panrico no se ajustan a derecho.

La Audiencia Nacional ha tumbado este lunes parcialmente el ERE de la empresa Panrico que afecta a 745 trabajadores. Por un lado, en una sentencia la Sala de lo Social considera injustificados 156 despidos que estaban fijados para acometerse en los años 2015 y 2016, y que supondrían que 79 y 77 personas, respectivamente, abandonaran la empresa alimentaria en los próximos dos años.

Por otro lado, en la resolución con ponencia del magistrado José Pablo Aramendi, se sostiene que tampoco se ajusta a derecho diferir el pago de la indemnización hasta su tope legal (20 días año y máximo 12 mensualidades). Excepto estos dos aspectos, el tribunal rechaza el resto de cuestiones planteadas por los sindicatos contra el ERE de Panrico y avala el mismo.

La resolución, contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, explica que "en el presente caso no se ofrece justificación razonable de carácter organizativo para que de los 745 despidos previstos, 79 se pospongan a 2015 y 77 a 2016". "Carecen de justificación", subraya la Audiencia.

La Sala de lo Social explica que si existen previsiones de futuro sobre la situación económica o productiva de Panrico para los dos próximos años "lo coherente será que llegado el momento se inicie en su caso un nuevo proceso que verifique la concurrencias de las causas, su intensidad y las medidas proporcionadas que entonces deberán adoptarse sin que quepa emplear hoy a modo de bola de cristal unas previsiones imposibles de contrastar".

Los jueces entienden que si la empresa pospone esos 156 rescisiones contractuales "lo que está demostrando es que no son precisos para conjugar la causa objetiva en la actualidad"; tal y como señalaba CC.OO.

Asimismo, la Audiencia también considera no ajustado a derecho la decisión de abonar en diferido las indemnizaciones a los 745 trabajadores de Panrico, al no haber acreditado la compañía la situación real de falta de liquidez. "Una ausencia de liquidez no demostrada en cuanto que, contando 30 millones de la venta de Artiach, pudo destinarlos a la devolución de los préstamos pretiriendo injustificadamente el pago de las indemnizaciones", reza la sentencia.

Sin embargo, en líneas generales la Sala sostiene que en el ERE de Panrico concurrieron causas económicas, pérdidas contables y productivas.

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