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Pedraz ordena la busca y captura del auditor de Gowex

Por no haber sido localizado por la Policía Judicial en ninguno de sus domicilios para notificarle su citación.

El juez Santiago Pedraz ha ordenado este jueves la busca y captura del socio de M&A José Antonio Díaz Villanueva, auditor de las cuentas de Gowex, al no haber sido localizado por la Policía Judicial en ninguno de sus domicilios y teléfonos para notificarle su citación para declarar este viernes como imputado en la causa abierta por el fraude en torno a la empresa de wifi.

Asimismo, el magistrado ha interrogado este jueves durante dos horas al director financiero y consejero de Gowex, Francisco Manuel Martínez Marugán, al que ha dejado en libertad condicional con la condición de que en el plazo de quince días aporte una fianza de 50.000 euros en el juzgado. Si no lo hace Martínez Marugán ingresará en prisión.

El imputado ha reconocido ante Pedraz que existía una doble facturación en la compañía aunque ha subrayado que si el contribuyó al falseamiento de las cuentas de Gowex fue siguiendo órdenes del expresidente Jenaro García, al que ha descrito como un hombre con "una fuerte personalidad".

El imputado ha precisado que era el responsable de la empresa de WiFi el que le ordenaba cómo debía proceder y ha concretado que la facturación manipulada comenzó con sólo tres compañías y fue aumentando hasta alcanzar la veintena. "Yo me quise salir pero me dijo que ya no podía", ha alegado Martínez Marugán ante Santiago Pedraz.

Además, el magistrado de la Audiencia Nacional ha aplazado al próximo día 28 la comparecencia de la exconsejera de la empresa de redes wifi y mujer de su fundador Florencia Maté, que estaba prevista para esta mañana, después de que la imputada haya comunicado al Juzgado a través de su abogado que se encuentra en su país natal Costa Rica.

Por otro lado, Pedraz ha ordenado este jueves el embargo de la cuenta en el Banco Popular de Luxemburgo en la que el expresidente de Gowex Jenaro García reconoció el pasado lunes durante su declaración judicial que tenía depositados más de tres millones de euros.

El instructor sostiene que los hechos inicialmente relatados en el fraude de Gowex pueden constituir delitos societarios en su modalidad de falseamiento de cuentas (art. 290 del Código Penal) y delitos relativos al mercado de los consumidores, en concreto el delito de falseamiento de información económica y financiera, así como uno de uso de información relevante.

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