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La nueva prohibición de la Generalidad que perjudica al comercio catalán: cierre a las 9 de la noche

El comercio catalán tiene que cerrar a las 21:00 horas como máximo.

El comercio catalán tiene que cerrar a las 21:00 horas como máximo.

El pasado 1 de octubre se inició el nuevo horario comercial de invierno, que establece que todos los establecimientos de Cataluña deberán cerrar, como máximo, a las 21:00 horas. Este horario comercial estará vigente desde octubre y hasta mayo de 2018, tal y como establece la Ley de Comercio, Servicios y Ferias de la comunidad autónoma.

Esta ley indica que "los establecimientos comerciales no pueden permanecer abiertos ni llevar a cabo ninguna actividad de venta en los meses de octubre a mayo, ambos incluidos, entre las 21:00 y las 07:00 horas".

La ley catalana de comercio establece asimismo que, de forma general, los comercios catalanes pueden abrir hasta 75 horas semanales, como máximo, repartidas de lunes a sábado, siempre dentro de las franjas horarias indicadas para los horarios comerciales de invierno y verano.

Por otro lado, el número de domingos y festivos que pueden permanecer abiertos los comercios es de ocho al año. En concreto, los establecimientos han de permanecer cerrados con carácter general los días 1 y 6 de enero, el domingo y el lunes de Pascua, el 1 de mayo, el 24 de junio, el 11 de septiembre y los días 25 y 26 de diciembre.

Para 2017, de acuerdo con la normativa catalana, están previstos como festivos de apertura autorizada el 1 de noviembre y los días 6, 8, 10, 17 y 24 de diciembre. Además, cada ayuntamiento fija dos festivos más para su ámbito territorial municipal.

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